Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-15845)
Orden HAC/820/2025, de 16 de julio, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 103248
3. Funciones de relación y coordinación con la Agencia Estatal de Administración
Digital:
a) Estudiar y presentar a la Comisión de Estrategia TIC, a través de la Agencia
Estatal de Administración Digital, las propuestas del Departamento de proyectos de
interés prioritario de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 10 del Real
Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre.
b) Impulsar, ejecutar y supervisar, en el ámbito del departamento, el cumplimiento
de las directrices y el seguimiento de las pautas de actuación recogidas en la Estrategia
TIC de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos aprobada por el
Gobierno a propuesta de la Comisión de Estrategia TIC.
c) Coordinar la recogida, agregación e incorporación de la información requerida
por la Agencia Estatal de Administración Digital, en particular los referidos al
Observatorio de la Administración Electrónica y Transformación Digital, siguiendo los
procedimientos que para ello se definan por la Comisión de Estrategia TIC, y velar por la
exactitud e integridad de los datos correspondientes al departamento.
d) Analizar los proyectos de disposiciones de carácter general de especial
relevancia para el departamento, elaborar un informe en el que se expondrán y valorarán
la oportunidad de la medida, los costes, necesidad de disponibilidad de recursos
humanos y tiempos de desarrollo que se puedan derivar de la aprobación del proyecto
desde la perspectiva de la utilización de medios y servicios TIC. En particular, informará,
cuando sea preceptivo, en lo relativo a los artículos 2.1.d).2.º y 2.1.g) del Real
Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de
Impacto Normativo, sobre el cálculo del impacto presupuestario en los gastos en medios
o servicios de la Administración digital y en lo relativo al impacto que tendrá para la
ciudadanía y para la Administración el desarrollo o uso de los medios y servicios de la
Administración digital que conlleve la norma.
e) Impulsar y coordinar la implantación, en el ámbito del departamento, de cuantas
medidas adopten la Agencia Estatal de Administración Digital, la Comisión de Estrategia
TIC y el Comité de Dirección de las Tecnologías de Información y Comunicaciones sobre
recomendaciones y buenas prácticas en el uso de los servicios digitales y sobre
metodologías, procesos, arquitecturas, normas y buenas prácticas.
f) Colaborar con la Agencia Estatal de Administración Digital en la identificación y la
puesta a disposición común de los medios humanos, materiales y económicos que
puedan ser necesarios para la puesta en funcionamiento o mantenimiento de los medios
o servicios transversales y velar por el uso de los medios y servicios transversales, a los
que se refiere el artículo 9 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre.
g) Recabar y remitir a la Agencia Estatal de Administración Digital el estado de
ejecución de los presupuestos TIC del Departamento y sus organismos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes con la periodicidad y formato que aquella
determine, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 1125/2024, de 5
de noviembre.
Funciones de impulso de la administración digital:
a) Impulsar la aplicación y realizar el seguimiento, de acuerdo con los órganos,
organismos y entidades afectados, del Plan de acción del departamento para la
transformación digital y de los planes que, en aplicación del mismo, puedan desarrollarse
para el impulso de la administración digital en el Ministerio de Hacienda.
b) Garantizar la coordinación de las acciones del departamento con las contenidas
en la Estrategia en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones de la
Administración del Estado («Estrategia TIC») aprobada por el Gobierno y con los planes
de ámbito supranacional cuya ejecución resulte obligatoria para la Administración del
Estado.
c) Informar de forma coordinada los proyectos de disposiciones generales
propuestos por otros departamentos en materia de administración digital, así como las
cve: BOE-A-2025-15845
Verificable en https://www.boe.es
4.
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 103248
3. Funciones de relación y coordinación con la Agencia Estatal de Administración
Digital:
a) Estudiar y presentar a la Comisión de Estrategia TIC, a través de la Agencia
Estatal de Administración Digital, las propuestas del Departamento de proyectos de
interés prioritario de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 10 del Real
Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre.
b) Impulsar, ejecutar y supervisar, en el ámbito del departamento, el cumplimiento
de las directrices y el seguimiento de las pautas de actuación recogidas en la Estrategia
TIC de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos aprobada por el
Gobierno a propuesta de la Comisión de Estrategia TIC.
c) Coordinar la recogida, agregación e incorporación de la información requerida
por la Agencia Estatal de Administración Digital, en particular los referidos al
Observatorio de la Administración Electrónica y Transformación Digital, siguiendo los
procedimientos que para ello se definan por la Comisión de Estrategia TIC, y velar por la
exactitud e integridad de los datos correspondientes al departamento.
d) Analizar los proyectos de disposiciones de carácter general de especial
relevancia para el departamento, elaborar un informe en el que se expondrán y valorarán
la oportunidad de la medida, los costes, necesidad de disponibilidad de recursos
humanos y tiempos de desarrollo que se puedan derivar de la aprobación del proyecto
desde la perspectiva de la utilización de medios y servicios TIC. En particular, informará,
cuando sea preceptivo, en lo relativo a los artículos 2.1.d).2.º y 2.1.g) del Real
Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de
Impacto Normativo, sobre el cálculo del impacto presupuestario en los gastos en medios
o servicios de la Administración digital y en lo relativo al impacto que tendrá para la
ciudadanía y para la Administración el desarrollo o uso de los medios y servicios de la
Administración digital que conlleve la norma.
e) Impulsar y coordinar la implantación, en el ámbito del departamento, de cuantas
medidas adopten la Agencia Estatal de Administración Digital, la Comisión de Estrategia
TIC y el Comité de Dirección de las Tecnologías de Información y Comunicaciones sobre
recomendaciones y buenas prácticas en el uso de los servicios digitales y sobre
metodologías, procesos, arquitecturas, normas y buenas prácticas.
f) Colaborar con la Agencia Estatal de Administración Digital en la identificación y la
puesta a disposición común de los medios humanos, materiales y económicos que
puedan ser necesarios para la puesta en funcionamiento o mantenimiento de los medios
o servicios transversales y velar por el uso de los medios y servicios transversales, a los
que se refiere el artículo 9 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre.
g) Recabar y remitir a la Agencia Estatal de Administración Digital el estado de
ejecución de los presupuestos TIC del Departamento y sus organismos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes con la periodicidad y formato que aquella
determine, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 1125/2024, de 5
de noviembre.
Funciones de impulso de la administración digital:
a) Impulsar la aplicación y realizar el seguimiento, de acuerdo con los órganos,
organismos y entidades afectados, del Plan de acción del departamento para la
transformación digital y de los planes que, en aplicación del mismo, puedan desarrollarse
para el impulso de la administración digital en el Ministerio de Hacienda.
b) Garantizar la coordinación de las acciones del departamento con las contenidas
en la Estrategia en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones de la
Administración del Estado («Estrategia TIC») aprobada por el Gobierno y con los planes
de ámbito supranacional cuya ejecución resulte obligatoria para la Administración del
Estado.
c) Informar de forma coordinada los proyectos de disposiciones generales
propuestos por otros departamentos en materia de administración digital, así como las
cve: BOE-A-2025-15845
Verificable en https://www.boe.es
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