Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15823)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Planta híbrida Coria Villetas, de 156,2 MW de potencia instalada fotovoltaica y 13,75 MW de potencia instalada de almacenamiento con baterías, y su infraestructura de evacuación (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103078
a compensar la superficie ocupada en relación 1:1, mediante acuerdos de custodia del
territorio, para proteger a las aves esteparias.
El promotor muestra su conformidad con todas las medidas indicadas por dicha
Dirección General a excepción de la relacionada con la superficie de compensación
destinada a realizar acuerdo de custodia del territorio para la conservación de aves
esteparias, dado que los resultados de las prospecciones de aves esteparias realizadas
por su parte fueron negativos. Insiste en que no hay registros de sisón y que los datos
presentados por el organismo sobre esa especie datan de hace más de 9 años.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en un segundo
informe, reitera la necesidad de dar cumplimento de la medida indicada de compensar la
superficie ocupada en relación 1:1, mediante acuerdos de custodia del territorio, para
proteger a las aves esteparias.
Debido a lo anterior, esta Dirección General solicita al promotor la aportación de una
propuesta específica de superficies de compensación, para llevar a cabo actuaciones de
conservación de las aves esteparias, y la ubicación precisa del resto de medidas
compensatorias.
El promotor, en respuesta, detalla la ubicación de las medidas solicitadas e informa que la
superficie de compensación es de 112,46 ha, calculada en función de la ocupación de los
diferentes elementos de la instalación, y adjunta un «Plan de Gestión Agroambiental en la zona
de influencia de la instalación solar fotovoltaica HIB Coria Villetas e infraestructura de
evacuación». Este documento informa sobre el hábitat estepario y las especies que le son
propias y recoge la propuesta de superficies de compensación y de las diferentes medidas
agroambientales, con objeto de conservar la ornitofauna esteparia.
La zona de compensación se ha seleccionado teniendo en cuenta los resultados
obtenidos en los estudios de avifauna de otras PSFV en tramitación y pertenecientes al
denominado «Nudo Zarzón», así como la información aportada por la Dirección General de
Sostenibilidad de la Junta de Extremadura. Como resultado, concluye que el área de reserva
más idónea debe ubicarse en la zona del núcleo de avutardas denominado «Guijo de CoriaCalzadilla», dado que es el lugar de mayor presencia de especies esteparias y donde
mayores efectos positivos se espera que provoque la implantación de esas medidas. Esta
área cuenta con más de 690 ha y se presenta en el croquis adjunto, para mayor claridad. Las
medidas a aplicar serán diseñadas de acuerdo con los requerimientos ecológicos y de paisaje
de las especies objetivo. Se incluye el fomento de barbechos de corto y medio plazo, que
permitan el desarrollo de una vegetación variada que sirve de alimento y refugio tanto para
las aves como para sus presas, así como el mantenimiento del rastrojo tras la cosecha y la
adecuación de los calendarios agrícolas y ganaderos a la fenología de las especies.
Asimismo, se contempla la siembra parcial de alfalfa u otras leguminosas, con el fin de
aportar heterogeneidad al paisaje y generar zonas con cobertura herbácea permanente
durante todo el año. Además, se creará una zona de pastizal o cereal alto para favorecer la
nidificación de los aguiluchos cenizo y pálido, así como de otras especies esteparias como
avutarda y sisón. Dentro del área, se conservarán las charcas existentes, que se mantendrán
con agua todo el año y funcionarán como abrevaderos para la fauna.
Esta Dirección General ha incorporado en la presente resolución, condiciones
específicas para garantizar la correcta aplicación de las medidas protectoras, correctoras
y compensatorias sobre la avifauna esteparia, que tienen en cuenta las indicaciones del
organismo autonómico competente en biodiversidad.
b.5) Espacios Naturales Protegidos. Red Natura 2000.
El EsIA indica que la actuación no coincide en superficie con ningún espacio
perteneciente a la Red Natura 2000 ni con ningún otro Espacio Natural Protegido. No
obstante, incluye un anexo específico de Estudio de afecciones a la Red Natura 2000
que indica que los lugares más próximos a la PSFV son la Zona de Especial
Conservación (ZEC) ES4320071 «Ríos Alagón y Jerte», ubicado a 3 km al sur de la
implantación; y la ZEC ES4320061 «Arroyos Patana y Regueros», a unos 5 km al
noroeste del proyecto. Asimismo, el estudio de avifauna indica que la zona de proyecto
cve: BOE-A-2025-15823
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 182
Miércoles 30 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103078
a compensar la superficie ocupada en relación 1:1, mediante acuerdos de custodia del
territorio, para proteger a las aves esteparias.
El promotor muestra su conformidad con todas las medidas indicadas por dicha
Dirección General a excepción de la relacionada con la superficie de compensación
destinada a realizar acuerdo de custodia del territorio para la conservación de aves
esteparias, dado que los resultados de las prospecciones de aves esteparias realizadas
por su parte fueron negativos. Insiste en que no hay registros de sisón y que los datos
presentados por el organismo sobre esa especie datan de hace más de 9 años.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, en un segundo
informe, reitera la necesidad de dar cumplimento de la medida indicada de compensar la
superficie ocupada en relación 1:1, mediante acuerdos de custodia del territorio, para
proteger a las aves esteparias.
Debido a lo anterior, esta Dirección General solicita al promotor la aportación de una
propuesta específica de superficies de compensación, para llevar a cabo actuaciones de
conservación de las aves esteparias, y la ubicación precisa del resto de medidas
compensatorias.
El promotor, en respuesta, detalla la ubicación de las medidas solicitadas e informa que la
superficie de compensación es de 112,46 ha, calculada en función de la ocupación de los
diferentes elementos de la instalación, y adjunta un «Plan de Gestión Agroambiental en la zona
de influencia de la instalación solar fotovoltaica HIB Coria Villetas e infraestructura de
evacuación». Este documento informa sobre el hábitat estepario y las especies que le son
propias y recoge la propuesta de superficies de compensación y de las diferentes medidas
agroambientales, con objeto de conservar la ornitofauna esteparia.
La zona de compensación se ha seleccionado teniendo en cuenta los resultados
obtenidos en los estudios de avifauna de otras PSFV en tramitación y pertenecientes al
denominado «Nudo Zarzón», así como la información aportada por la Dirección General de
Sostenibilidad de la Junta de Extremadura. Como resultado, concluye que el área de reserva
más idónea debe ubicarse en la zona del núcleo de avutardas denominado «Guijo de CoriaCalzadilla», dado que es el lugar de mayor presencia de especies esteparias y donde
mayores efectos positivos se espera que provoque la implantación de esas medidas. Esta
área cuenta con más de 690 ha y se presenta en el croquis adjunto, para mayor claridad. Las
medidas a aplicar serán diseñadas de acuerdo con los requerimientos ecológicos y de paisaje
de las especies objetivo. Se incluye el fomento de barbechos de corto y medio plazo, que
permitan el desarrollo de una vegetación variada que sirve de alimento y refugio tanto para
las aves como para sus presas, así como el mantenimiento del rastrojo tras la cosecha y la
adecuación de los calendarios agrícolas y ganaderos a la fenología de las especies.
Asimismo, se contempla la siembra parcial de alfalfa u otras leguminosas, con el fin de
aportar heterogeneidad al paisaje y generar zonas con cobertura herbácea permanente
durante todo el año. Además, se creará una zona de pastizal o cereal alto para favorecer la
nidificación de los aguiluchos cenizo y pálido, así como de otras especies esteparias como
avutarda y sisón. Dentro del área, se conservarán las charcas existentes, que se mantendrán
con agua todo el año y funcionarán como abrevaderos para la fauna.
Esta Dirección General ha incorporado en la presente resolución, condiciones
específicas para garantizar la correcta aplicación de las medidas protectoras, correctoras
y compensatorias sobre la avifauna esteparia, que tienen en cuenta las indicaciones del
organismo autonómico competente en biodiversidad.
b.5) Espacios Naturales Protegidos. Red Natura 2000.
El EsIA indica que la actuación no coincide en superficie con ningún espacio
perteneciente a la Red Natura 2000 ni con ningún otro Espacio Natural Protegido. No
obstante, incluye un anexo específico de Estudio de afecciones a la Red Natura 2000
que indica que los lugares más próximos a la PSFV son la Zona de Especial
Conservación (ZEC) ES4320071 «Ríos Alagón y Jerte», ubicado a 3 km al sur de la
implantación; y la ZEC ES4320061 «Arroyos Patana y Regueros», a unos 5 km al
noroeste del proyecto. Asimismo, el estudio de avifauna indica que la zona de proyecto
cve: BOE-A-2025-15823
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 182