Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15823)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Planta híbrida Coria Villetas, de 156,2 MW de potencia instalada fotovoltaica y 13,75 MW de potencia instalada de almacenamiento con baterías, y su infraestructura de evacuación (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Miércoles 30 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 103079

se considera un área de paso para rapaces y necrófagas que se desplazan entre las
ZEPA ES0000014 Monfragüe y las Dehesas del Entorno, ES0000355 Hurdes y
ES0000370 Sierra de Gata y Valle de Las Pilas. Por ello, considera que se pueden
producir impactos indirectos sobre los espacios de la Red Natura 2000 o sus elementos
clave, informando que resultan de aplicación las medidas ambientales establecidas para
paliar los diferentes impactos caracterizados sobre los factores ambientales.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura informa que la
actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas en su
informe y que se tienen en cuenta en los diversos apartados de esta resolución, así
como en su condicionado.
Suelo, subsuelo y geodiversidad.

Geológicamente el proyecto se encuadra dentro del Macizo Ibérico, concretamente en la
Zona Centro Ibérica. Se asienta sobre materiales de naturaleza sedimentaria (arenas y arcillas)
formados por la acumulación de depósitos de abanicos aluviales. Geomorfológicamente, la zona
de emplazamiento de la PSFV presenta bajas pendientes (0-10 %), entre los 280-380 m.s.n.m.
No se ocupan zonas escarpadas, lo que implica la reducción de los movimientos de tierra.
El EsIA detalla que en el interior del vallado de la alternativa seleccionada se ubica un
Lugar de Interés Geológico (LIG) denominado «Depresión de Coria», cuyo interés principal es
geomorfológico, que según descripción del Instituto Geológico y Minero de España (IGME)
consiste en una cuenca sedimentaria en la que se combinan los valores sedimentológicos,
tectónicos y existen restos de minería romana (explotación de oro). Se incluye una condición
para la protección de este elemento en el condicionado de la presente resolución.
Durante las obras y el desmantelamiento de la instalación, se producirá la modificación de
la geomorfología como consecuencia de los movimientos de tierra, un incremento de los
procesos erosivos, la alteración de la estructura edáfica, afección a elementos geológicos de
interés y contaminación de suelos. Durante el funcionamiento de la instalación, se producirá
la ocupación del suelo y puede haber una contaminación accidental del suelo. Se proponen
medidas de buenas prácticas como el uso de maquinaria adecuada y franjas de ocupación
estrictas para minimizar la compactación y la erosión, circulación por caminos existentes,
balizamiento de terrenos, evitar vertidos, recuperación de la tierra vegetal y la adecuada
gestión de residuos. Como medidas correctoras, se incluye la regeneración de los terrenos
degradados y la gestión de los suelos contaminados.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura incorpora en su
informe una serie de condiciones a asumir por el promotor para paliar los efectos sobre
el suelo, en general relacionadas con buenas prácticas en obra, tratamiento de residuos
y restituciones de terreno, que el promotor acepta en su totalidad e incorpora al proyecto.
En respuesta al requerimiento de información adicional sobre los movimientos de
tierra y las nivelaciones, decapados y compactaciones, el promotor afirma que se
descartan zonas con pendiente actual mayor al 15 % para la implantación de módulos,
con el fin de no alterar la estructura del suelo. Además, se pretende evitar la
compactación del suelo y efectuar el decapado sólo en zonas muy puntuales. Aporta
cartografía de las zonas donde se realizarán movimientos de tierra y los datos de los
volúmenes requeridos, informando que entre el volumen de desmonte y el de terraplén
quedará un excedente de 724,94 m3, que será depositado en vertedero controlado.
El condicionado de la presente resolución incluye una serie de prescripciones para la
protección del suelo y la geodiversidad, así como para la correcta gestión de los residuos
generados, que tienen en cuenta las incluidas en el informe del organismo competente
en medio ambiente de la Junta de Extremadura.
b.7) Aguas.
El EsIA informa que el proyecto se enmarca en la Cuenca Hidrológica del Tajo, más
concretamente, cerca del río Alagón y su afluente, el río Grande. Los cauces situados en el

cve: BOE-A-2025-15823
Verificable en https://www.boe.es

b.6)