Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15823)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Planta híbrida Coria Villetas, de 156,2 MW de potencia instalada fotovoltaica y 13,75 MW de potencia instalada de almacenamiento con baterías, y su infraestructura de evacuación (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Miércoles 30 de julio de 2025

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área de la alternativa seleccionada son los arroyos del Salto, de Torrejoncillo, de las Rozas y
uno innominado, tributario de los anteriores. No obstante, indica que se respetan las
distancias pertinentes para asegurar la no afección a dominio público hidráulico (DPH).
Hidrogeológicamente, el proyecto se asienta sobre materiales permeables.
Asimismo, el área de estudio está salpicada de pequeñas charcas o lagunas endorreicas
de escasa entidad y de carácter temporal.
Durante todas las etapas de desarrollo del proyecto, podrán producirse afecciones
sobre las aguas como la alteración de la red de drenaje por la implantación de los
distintos elementos y los cruzamientos con los cauces, arrastre de sedimentos hacia
estos y la contaminación accidental de cursos de agua superficial y subterránea. Las
medidas preventivas establecidas son la ejecución de las obras en el menor tiempo
posible y en condiciones climáticas favorables, priorizando los periodos secos para evitar
incidencias en el ciclo del agua; establecer zonas específicas para el acopio de
materiales y residuos; la limpieza se realizará en lugares acondicionados; se realizará la
adecuada gestión de las aguas residuales; las instalaciones auxiliares se ubicarán en
áreas alejadas de zonas de escorrentía; los cruces de las canalizaciones eléctricas y
viales respetarán los drenajes naturales, evitando modificar los cauces; y se garantizará
el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.
La Confederación Hidrográfica del Tajo recuerda que se deberá respetar en todo
momento lo indicado en la normativa y legislación vigente, e incluye en su informe una serie
de condiciones de carácter técnico y normativo en el ámbito de sus competencias, que se
incluyen en el condicionado de la presente resolución. El promotor manifiesta su conformidad.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura señala que el
diseño de la infraestructura viaria debe prestar especial atención a los cauces, para
asegurar el paso de las avenidas extraordinarias; se deberá procurar que las
excavaciones no afecten a los niveles freáticos, así como no afectar a la zona de recarga
de acuíferos. En el paso de los cursos de agua y vaguadas afectados por los caminos y
viales, se deberán respetar las capacidades hidráulicas y no se llevará a cabo ninguna
actuación que pueda afectar negativamente a la calidad de las aguas. En relación con
las aguas, insta a proteger los cauces de la llegada de sedimentos mediante la
instalación de barreras. El promotor se muestra de acuerdo con dichas medidas, que son
incluidas en la presente resolución.
En la información adicional aportada, el promotor aclara que, para la propuesta de
implantación de los módulos fotovoltaicos, ha tenido en cuenta el estudio hídrico-hidrológico,
si bien solicitará las autorizaciones pertinentes al organismo competente. Incluye cartografía
donde se muestra la relación de los módulos con la zona de servidumbre (5 m) y la zona de
policía (100 m). Esta Dirección General observa que se respeta la zona de servidumbre,
aunque hay módulos muy próximos, mientras que la zona de policía será ocupada, por lo que
recuerda que deberán obtenerse las autorizaciones pertinentes.

El proyecto se ubica en el Dominio del Paisaje «Cuencas Sedimentarias y Vegas» y en el
Tipo de Paisaje «Bordes de Cuenca, Mesas y Sierros», ambos del Sistema de Información
Territorial de Extremadura. Las unidades de paisaje, según el estado real del terreno son
«agrario», «vegetación natural» y «artificial». El paisaje actual en el que se enmarca la
actuación es un espacio seminatural, se trata de un paisaje natural en el que se han implantado
cultivos y creado infraestructuras como instalaciones agroganaderas, subestaciones eléctricas
y líneas de conducción asociadas, caminos y pistas, embalses, grandes extensiones de
monocultivo, así como residencias rurales, entre otros elementos antrópicos.
Para valorar la perceptibilidad del ámbito de estudio, se calculan las cuencas
visuales, cuya extensión es directamente proporcional a su fragilidad. Según se
desprende del análisis, la cuenca visual del proyecto es relativamente reducida, con
un 28,5 % de áreas visibles debido, fundamentalmente, a la existencia de zonas
alomadas, cerros y pantallas visuales, tanto naturales como antrópicas, que enmascaran

cve: BOE-A-2025-15823
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b.8) Paisaje.