Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15565)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con Renfe Operadora, E.P.E., Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte, M.P., SA, Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas O.A. y M.P., y ADIF-Alta Velocidad, E.P.E., para el desarrollo del proyecto de la Unión Europea «Grant Agreement N.º 101101966-Europe's Rail Flagship Project 3-Holistic and Integrated Asset Management for Europe's RAIL System-FP3-IAM4RAIL-HORIZON-ER-JU-2022-FA3-01».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Sábado 26 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 100955

De forma adicional, la valoración económica de las aportaciones para el proyecto de
innovación FP3-IAM4RAIL, como costes totales de IKAA, de cada una de las partes en lo
relativo a actividades adicionales sin cofinanciación, se ha estimado en un máximo de:
FP3-IAM4RAIL

ADIF.
ADIF ALTA VELOCIDAD.

1.992.000,00
0,00

RENFE OPERADORA.

321.000,00

INECO.

140.000,00

CEDEX.

0,00

TOTAL.

Quinta.

IKAA

Euros

2.453.000,00

Seguimiento y gestión del convenio.

Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, así como
por la correcta ejecución de las actuaciones recogidas en el presente convenio, se
acuerda la creación de una Comisión de Seguimiento, que estará formada por un
representante de cada una de las partes:

1. Concretar y desarrollar las acciones y los proyectos de actuación en el marco de
los compromisos establecidos en este convenio, atendiendo a las actuaciones
preferentes elegibles enumeradas en la cláusula segunda.
2. Llevar a cabo el seguimiento del cumplimiento del convenio, así como la
coordinación, ejecución y seguimiento del Plan de Trabajo.
3. Adoptar las medidas que estime más adecuadas para la mejor organización y
funcionamiento del convenio.
4. Impulsar, sin perjuicio de los trámites legales correspondientes, los mecanismos
de actuación y planificación que afecten al presente convenio.
5. Realizar el seguimiento técnico de los indicadores de avance o los económicos
de gasto en el proyecto, tanto a nivel global como por cada una de las partes.
6. Informar a la Comisión de Seguimiento del convenio Marco de toda aquella
modificación o redistribución del presupuesto y/o acciones asignadas al proyecto de
innovación FP3-IAM4RAIL.
7. Decidir y realizar el seguimiento de las tareas de las partes respecto a la
comunicación dentro del proyecto, en cuanto a imagen común y externa y a las
actividades de difusión y/o comunicación hacia el exterior.
8. Decidir la formación de comisiones de trabajo sectoriales o grupos de trabajo en
el seno del proyecto.
9. Informar y proponer a la Comisión de Seguimiento del Convenio Marco, en su
caso, las licitaciones conjuntas de acuerdo con lo establecido en la cláusula cuarta del
Convenio Marco.
10. Dar apoyo, si procede, a la Comisión de Seguimiento del Convenio Marco en la
redacción de los contenidos generales del Pliego de Prescripciones Técnicas de los
posibles contratos de Asistencia Técnica de carácter administrativo o de asesoramiento
externo especializado.
11. Recepción del informe de seguimiento mensual de gastos de cada una de las
partes y aprobación de los gastos.
12. Adjudicar, en la misma proporción en la que cada parte haya contribuido a su
adquisición, la propiedad final de los componentes de los sobrantes de adquisiciones de

cve: BOE-A-2025-15565
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de Seguimiento asumirá las siguientes funciones: