Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15568)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con ADIF-Alta Velocidad y el Ayuntamiento de Girona, en relación con los suelos municipales afectados por el proyecto de construcción de plataforma y vía de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Frontera Francesa y con los suelos titularidad de ADIF situados en la plaza de España y en la plaza Poeta Marquina, en Girona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179
Sábado 26 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 100986
Ayuntamiento de Girona al amparo de lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley 33/2003,
de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Concluido este proceso de desafectación, se compromete a aceptar un justiprecio
de 10.232.443,51 euros (incluido el premio de afección) en el procedimiento de
expropiación que inicie el Ayuntamiento de Girona por los terrenos descritos en el
Expositivo V. La correspondiente Acta de Ocupación y Pago se firmará el mismo día en
que se proceda al pago por transferencia bancaria de este justiprecio y ello dentro del
plazo máximo de quince días hábiles citado en el apartado 1.º precedente.
– ADIF se obliga a otorgar una concesión administrativa gratuita en favor del
Ayuntamiento de Girona en el plazo de cuatro meses a contar desde la formalización del
presente convenio sobre los suelos de la Plaza Poeta Marquina descritos en el
Expositivo III e incorporados en el anexo 1 por un plazo de cinco años, prorrogable en su
caso, y una nueva concesión administrativa gratuita por un plazo de cinco años en el
plazo de cuatro meses a contar desde la finalización de las obras de reurbanización de la
Plaza de Espanya, prorrogable en su caso, sobre los suelos de las Plazas de Espanya
descritos en el Expositivo III e incorporados en el anexo 1.
Obligaciones de ADIF-AV.
– Una vez aprobada definitivamente la modificación del planeamiento urbanístico del
plan general de ordenación urbanística y publicado el acuerdo en el «Diario Oficial de la
Generalitat de Catalunya» a los efectos de proceder a la calificación como sistema
ferroviario los suelos a adquirir por ADIF-AV en cumplimiento de este convenio y
descritos gráficamente en el anexo 1 por parte del Ayuntamiento de Girona y
comunicado el acuerdo en los términos previstos en el apartado primero de la presente
cláusula, se obliga continuar con el expediente expropiatorio incoado sobre los mismos
(con n.º expediente expropiatorio: 170ADIF0701) abonando al Ayuntamiento un
justiprecio de 10.232.443,51 euros (incluido el premio de afección). La correspondiente
Acta de Ocupación y Pago se suscribirá entre el Ayuntamiento y ADIF-AV en el plazo
máximo de dos (2) meses hábiles a contar desde la comunicación de la aprobación
definitiva de la modificación del plan general de ordenación urbanística antes
mencionada.
No obstante, con carácter previo a continuar con el expediente expropiatorio ADIFAV ha de llevar a cabo todos aquellos tramites y actuaciones necesarias para la
incorporación dentro del proyecto expropiatorio los terrenos efectivamente ocupados
para la ejecución del proyecto de construcción de plataforma y vía de la línea de alta
velocidad Madrid-Zaragoza-Frontera francesa. Tramo túneles urbanos y estación de
Girona. Fase 1.
– Para concluir las obras reposición no incluidas en el citado proyecto de construcción
de plataforma y vía de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Frontera francesa.
Tramo túneles urbanos y estación de Girona. Fase 1 y mencionadas en el Expositivo VI,
se obliga a iniciar la licitación de las obras para la ejecución del «Proyecto de Construcción
de Urbanización de Plaza de España, Girona» en el plazo de cuatro meses a contar desde
la formalización del presente convenio, debiendo éstas estar finalizadas con carácter
previo a la expropiación de los terrenos que forman la plaza de España por parte del
Ayuntamiento de Girona atendiendo a la calificación urbanística de los mismos. En caso
de no poder finalizarse antes de la expropiación prevista, se procederá a ésta en la forma
acordada, otorgándose por el Ayuntamiento de Girona la correspondiente autorización a
ADIF-AV para garantizar la disponibilidad física de los terrenos a los únicos efectos de la
conclusión de la ejecución de las obras anteriormente citadas.
– ADIF-AV reconoce la titularidad del Ayuntamiento de Girona sobre los terrenos a
expropiar, por lo que no exigirá a esta Administración la modificación registral de los
mismos antes de la suscripción del acta de ocupación.
– ADIF-AV se obliga a aceptar la concesión administrativa gratuita otorgada por el
Ayuntamiento de Girona sobre los suelos descritos en el Expositivo III e incorporados en
cve: BOE-A-2025-15568
Verificable en https://www.boe.es
3.º
Núm. 179
Sábado 26 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 100986
Ayuntamiento de Girona al amparo de lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley 33/2003,
de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Concluido este proceso de desafectación, se compromete a aceptar un justiprecio
de 10.232.443,51 euros (incluido el premio de afección) en el procedimiento de
expropiación que inicie el Ayuntamiento de Girona por los terrenos descritos en el
Expositivo V. La correspondiente Acta de Ocupación y Pago se firmará el mismo día en
que se proceda al pago por transferencia bancaria de este justiprecio y ello dentro del
plazo máximo de quince días hábiles citado en el apartado 1.º precedente.
– ADIF se obliga a otorgar una concesión administrativa gratuita en favor del
Ayuntamiento de Girona en el plazo de cuatro meses a contar desde la formalización del
presente convenio sobre los suelos de la Plaza Poeta Marquina descritos en el
Expositivo III e incorporados en el anexo 1 por un plazo de cinco años, prorrogable en su
caso, y una nueva concesión administrativa gratuita por un plazo de cinco años en el
plazo de cuatro meses a contar desde la finalización de las obras de reurbanización de la
Plaza de Espanya, prorrogable en su caso, sobre los suelos de las Plazas de Espanya
descritos en el Expositivo III e incorporados en el anexo 1.
Obligaciones de ADIF-AV.
– Una vez aprobada definitivamente la modificación del planeamiento urbanístico del
plan general de ordenación urbanística y publicado el acuerdo en el «Diario Oficial de la
Generalitat de Catalunya» a los efectos de proceder a la calificación como sistema
ferroviario los suelos a adquirir por ADIF-AV en cumplimiento de este convenio y
descritos gráficamente en el anexo 1 por parte del Ayuntamiento de Girona y
comunicado el acuerdo en los términos previstos en el apartado primero de la presente
cláusula, se obliga continuar con el expediente expropiatorio incoado sobre los mismos
(con n.º expediente expropiatorio: 170ADIF0701) abonando al Ayuntamiento un
justiprecio de 10.232.443,51 euros (incluido el premio de afección). La correspondiente
Acta de Ocupación y Pago se suscribirá entre el Ayuntamiento y ADIF-AV en el plazo
máximo de dos (2) meses hábiles a contar desde la comunicación de la aprobación
definitiva de la modificación del plan general de ordenación urbanística antes
mencionada.
No obstante, con carácter previo a continuar con el expediente expropiatorio ADIFAV ha de llevar a cabo todos aquellos tramites y actuaciones necesarias para la
incorporación dentro del proyecto expropiatorio los terrenos efectivamente ocupados
para la ejecución del proyecto de construcción de plataforma y vía de la línea de alta
velocidad Madrid-Zaragoza-Frontera francesa. Tramo túneles urbanos y estación de
Girona. Fase 1.
– Para concluir las obras reposición no incluidas en el citado proyecto de construcción
de plataforma y vía de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Frontera francesa.
Tramo túneles urbanos y estación de Girona. Fase 1 y mencionadas en el Expositivo VI,
se obliga a iniciar la licitación de las obras para la ejecución del «Proyecto de Construcción
de Urbanización de Plaza de España, Girona» en el plazo de cuatro meses a contar desde
la formalización del presente convenio, debiendo éstas estar finalizadas con carácter
previo a la expropiación de los terrenos que forman la plaza de España por parte del
Ayuntamiento de Girona atendiendo a la calificación urbanística de los mismos. En caso
de no poder finalizarse antes de la expropiación prevista, se procederá a ésta en la forma
acordada, otorgándose por el Ayuntamiento de Girona la correspondiente autorización a
ADIF-AV para garantizar la disponibilidad física de los terrenos a los únicos efectos de la
conclusión de la ejecución de las obras anteriormente citadas.
– ADIF-AV reconoce la titularidad del Ayuntamiento de Girona sobre los terrenos a
expropiar, por lo que no exigirá a esta Administración la modificación registral de los
mismos antes de la suscripción del acta de ocupación.
– ADIF-AV se obliga a aceptar la concesión administrativa gratuita otorgada por el
Ayuntamiento de Girona sobre los suelos descritos en el Expositivo III e incorporados en
cve: BOE-A-2025-15568
Verificable en https://www.boe.es
3.º