Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-15573)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo de SafetyKleen España, SA.
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179
Sábado 26 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101014
Formación: Titulación o conocimientos profesionales equivalentes a Graduado
Escolar, Formación Profesional I o Educación Secundaria Obligatoria.
Grupo profesional III.
Criterios generales: Funciones que suponen coordinación y supervisión de tareas
homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando.
Tareas especializadas pero automáticas que exigen habitualmente iniciativa por parte
de los encargados/as de su ejecución.
Formación: Titulación o conocimientos profesionales equivalentes a BUP, Formación
Profesional II o Formación Profesional de grado medio.
Grupo profesional IV.
Criterios generales: Funciones que suponen la integración, coordinación y
supervisión de tareas diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores/as bajo su
mando, con objetivos definidos y un grado de exigencia en autonomía, iniciativa y
responsabilidad. Tareas complejas pero homogéneas que, aun sin implicar
responsabilidad de mando, tienen un alto grado de contenido intelectual e interrelación
humana en un marco de instrucciones generales de alta complejidad técnica.
Formación: Titulación a nivel de educación universitaria o Formación Profesional de
grado superior, o conocimientos profesionales equivalentes adquiridos tras una
experiencia acreditada.
Grupo profesional V.
Criterios generales: El personal perteneciente a este grupo planifica, organiza, dirige
y coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus
funciones comprenden la elaboración de políticas de la organización, la orientación y el
control de las actividades conforme al programa establecido o la política adoptada; el
establecimiento y mantenimiento de la estructura productiva. Toman decisiones o
participan en su elaboración.
Tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto
grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Formación: Titulación a nivel de educación universitaria, complementada con una
formación específica en el puesto de trabajo o conocimientos profesionales equivalentes
tras una experiencia acreditada.
Definición de funciones:
Se incluyen en los siguientes Grupos Profesionales, y a título meramente
enunciativo, las siguientes funciones y especialidades profesionales para cada grupo:
Auxiliar administrativo/a: realiza las tareas propias de administración, debe tener
conocimientos informáticos generales. Su nivel de autonomía determinará su adecuación
en la categoría de oficial administrativo/a.
Personal de Almacén (almacenero/a de delegación, almacenero/a de centro de
distribución, almacenero/a de residuos): realiza las tareas propias de un almacén de
cualquier tipo y transporte de mercancías interno. Puntualmente puede dar apoyo a
labores externas.
Operario/a de Producción: realiza labores propias de un puesto de producción,
montaje y desmontaje por medios manuales y mecánicos sencillos.
Grupo profesional II.
Personal de Ventas y Servicios (Técnicos/as Comerciales, Comerciales mixtos de
ventas y servicios, Comerciales Postventa de Máquinas y Residuos): realiza las labores
cve: BOE-A-2025-15573
Verificable en https://www.boe.es
Grupo profesional I.
Núm. 179
Sábado 26 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101014
Formación: Titulación o conocimientos profesionales equivalentes a Graduado
Escolar, Formación Profesional I o Educación Secundaria Obligatoria.
Grupo profesional III.
Criterios generales: Funciones que suponen coordinación y supervisión de tareas
homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando.
Tareas especializadas pero automáticas que exigen habitualmente iniciativa por parte
de los encargados/as de su ejecución.
Formación: Titulación o conocimientos profesionales equivalentes a BUP, Formación
Profesional II o Formación Profesional de grado medio.
Grupo profesional IV.
Criterios generales: Funciones que suponen la integración, coordinación y
supervisión de tareas diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores/as bajo su
mando, con objetivos definidos y un grado de exigencia en autonomía, iniciativa y
responsabilidad. Tareas complejas pero homogéneas que, aun sin implicar
responsabilidad de mando, tienen un alto grado de contenido intelectual e interrelación
humana en un marco de instrucciones generales de alta complejidad técnica.
Formación: Titulación a nivel de educación universitaria o Formación Profesional de
grado superior, o conocimientos profesionales equivalentes adquiridos tras una
experiencia acreditada.
Grupo profesional V.
Criterios generales: El personal perteneciente a este grupo planifica, organiza, dirige
y coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus
funciones comprenden la elaboración de políticas de la organización, la orientación y el
control de las actividades conforme al programa establecido o la política adoptada; el
establecimiento y mantenimiento de la estructura productiva. Toman decisiones o
participan en su elaboración.
Tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto
grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Formación: Titulación a nivel de educación universitaria, complementada con una
formación específica en el puesto de trabajo o conocimientos profesionales equivalentes
tras una experiencia acreditada.
Definición de funciones:
Se incluyen en los siguientes Grupos Profesionales, y a título meramente
enunciativo, las siguientes funciones y especialidades profesionales para cada grupo:
Auxiliar administrativo/a: realiza las tareas propias de administración, debe tener
conocimientos informáticos generales. Su nivel de autonomía determinará su adecuación
en la categoría de oficial administrativo/a.
Personal de Almacén (almacenero/a de delegación, almacenero/a de centro de
distribución, almacenero/a de residuos): realiza las tareas propias de un almacén de
cualquier tipo y transporte de mercancías interno. Puntualmente puede dar apoyo a
labores externas.
Operario/a de Producción: realiza labores propias de un puesto de producción,
montaje y desmontaje por medios manuales y mecánicos sencillos.
Grupo profesional II.
Personal de Ventas y Servicios (Técnicos/as Comerciales, Comerciales mixtos de
ventas y servicios, Comerciales Postventa de Máquinas y Residuos): realiza las labores
cve: BOE-A-2025-15573
Verificable en https://www.boe.es
Grupo profesional I.