Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-15440)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, con la titulación universitaria de Titulado Superior, fuera de Convenio FC1.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 100264
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, debiéndose respetar el principio de presencia
equilibrada de mujeres y hombres.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes. Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros
del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.5 Corresponderá a los Tribunales la consideración, verificación y apreciación de
las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.6 Los Tribunales podrán disponer de la incorporación a sus trabajos de personas
especialistas que les asesoren, designadas previamente por la presidencia del Tribunal,
para todos o algunos de sus ejercicios. Estas personas asesoras colaboraran con el
órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
5.7 Se habilita a los Tribunales para que adopten las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas o de alguna de sus fases, teniendo en cuenta lo previsto en el
artículo 114.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su
sede en la Organización Central del CSIC, C/ Serrano 117, Madrid, teléfonos 915680013,
915681863 y 915681853, dirección de correo electrónico: gestion_laboral@csic.es.
5.9 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.10 Los tribunales calificadores publicarán en el Punto de Acceso General
www.administracion.gob.es, y en la página https://sitios.csic.es/web/sede/convocatorias
un cronograma orientativo con las fechas de realización de los procesos selectivos.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de las personas admitidas en el proceso selectivo se
iniciará alfabéticamente en cada especialidad por el primer apellido de la letra V, según lo
establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado
(«Boletín Oficial del Estado» N.º 184, de 31 de julio).
6.2 Las personas aspirantes serán convocadas al ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidas del proceso quienes no comparezcan. El ejercicio deberá ser leído por
las personas opositoras en sesión pública ante el tribunal.
6.3 Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto en la realización de los
ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar
en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su
realización, ajustándose en todo momento a la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por
la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
6.4 Concluido el ejercicio de la oposición, los Tribunales harán pública, en el lugar o
lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de las personas
aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de
la puntuación obtenida. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días
hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las
alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de oposición.
6.5 Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación
cve: BOE-A-2025-15440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 100264
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, debiéndose respetar el principio de presencia
equilibrada de mujeres y hombres.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes. Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros
del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.5 Corresponderá a los Tribunales la consideración, verificación y apreciación de
las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.6 Los Tribunales podrán disponer de la incorporación a sus trabajos de personas
especialistas que les asesoren, designadas previamente por la presidencia del Tribunal,
para todos o algunos de sus ejercicios. Estas personas asesoras colaboraran con el
órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
5.7 Se habilita a los Tribunales para que adopten las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas o de alguna de sus fases, teniendo en cuenta lo previsto en el
artículo 114.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su
sede en la Organización Central del CSIC, C/ Serrano 117, Madrid, teléfonos 915680013,
915681863 y 915681853, dirección de correo electrónico: gestion_laboral@csic.es.
5.9 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.10 Los tribunales calificadores publicarán en el Punto de Acceso General
www.administracion.gob.es, y en la página https://sitios.csic.es/web/sede/convocatorias
un cronograma orientativo con las fechas de realización de los procesos selectivos.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de las personas admitidas en el proceso selectivo se
iniciará alfabéticamente en cada especialidad por el primer apellido de la letra V, según lo
establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado
(«Boletín Oficial del Estado» N.º 184, de 31 de julio).
6.2 Las personas aspirantes serán convocadas al ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidas del proceso quienes no comparezcan. El ejercicio deberá ser leído por
las personas opositoras en sesión pública ante el tribunal.
6.3 Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto en la realización de los
ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar
en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su
realización, ajustándose en todo momento a la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por
la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
6.4 Concluido el ejercicio de la oposición, los Tribunales harán pública, en el lugar o
lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de las personas
aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de
la puntuación obtenida. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días
hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las
alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de oposición.
6.5 Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación
cve: BOE-A-2025-15440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178