Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-15440)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, con la titulación universitaria de Titulado Superior, fuera de Convenio FC1.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 100261
2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.3 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se
reseña en el anexo II, a fecha fin del periodo de presentación de solicitudes. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar estar en posesión del
certificado de la homologación o la equivalencia a la titulación recogida en el anexo II.
2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado o separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que la persona aspirante hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso
de que la persona aspirante sea nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada, o en
situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.
Solicitudes
3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial,
al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la
siguiente URL: https://ips.redsara.es.
3.2 La presentación de las solicitudes se realizará en el plazo de veinte días
hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de la fecha de la publicación de la
presente convocatoria.
3.3 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, haciendo uso del servicio de
Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es),
siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la
plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus
modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
La documentación adicional que, según lo previsto en el apartado 3.4, deben remitir
junto con la solicitud, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud
telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en el párrafo siguiente.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, junto al
comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente
número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN, ES06; código BIC:
BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un
número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a nombre de «Tesoro Público.
Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema de pago solo será válido para
las solicitudes que sean cursadas en el extranjero. Estas solicitudes se dirigirán, como órgano
convocante, a la Presidencia del CSIC.
3.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
cve: BOE-A-2025-15440
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 100261
2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.3 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se
reseña en el anexo II, a fecha fin del periodo de presentación de solicitudes. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar estar en posesión del
certificado de la homologación o la equivalencia a la titulación recogida en el anexo II.
2.1.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado o separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que la persona aspirante hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso
de que la persona aspirante sea nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada, o en
situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.
Solicitudes
3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial,
al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la
siguiente URL: https://ips.redsara.es.
3.2 La presentación de las solicitudes se realizará en el plazo de veinte días
hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de la fecha de la publicación de la
presente convocatoria.
3.3 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, haciendo uso del servicio de
Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es),
siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la
plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus
modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
La documentación adicional que, según lo previsto en el apartado 3.4, deben remitir
junto con la solicitud, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud
telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en el párrafo siguiente.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, junto al
comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente
número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN, ES06; código BIC:
BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un
número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a nombre de «Tesoro Público.
Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema de pago solo será válido para
las solicitudes que sean cursadas en el extranjero. Estas solicitudes se dirigirán, como órgano
convocante, a la Presidencia del CSIC.
3.4 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
cve: BOE-A-2025-15440
Verificable en https://www.boe.es
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