Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2025-15425)
Real Decreto 531/2025, de 24 de junio, por el que se declaran diez zonas especiales de conservación, se aprueban sus medidas de conservación y las de siete zonas de especial protección para las aves, y se propone la modificación de los límites geográficos de doce espacios protegidos de la Red Natura 2000 en la Región Marina Mediterránea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Viernes 25 de julio de 2025
2.

Sec. I. Pág. 99542

Propuesta de ampliación

Tras evaluar las publicaciones y los datos científicos más actuales relativos a este
espacio marino, que aportan un mejor conocimiento de los hábitats y especies, se
procede a proponer la ampliación de los límites del actual espacio protegido; de esta
manera, se pasa de una superficie de 1.317,55 a una superficie total de 4.030,51
hectáreas, aumentando así la superficie protegida de praderas de Posidonia oceanica
en 938,82 ha. Además, se incluye la protección de praderas de Cymodocea nodosa,
hábitat prioritario 1110, no contemplado en el Formulario Normalizado de Datos
elaborado para la declaración inicial del espacio protegido.
La delimitación del nuevo espacio viene determinada por un polígono cuyos vértices
se describen a continuación:
Tabla 1.

Delimitación del Espacio marino de Orpesa y Benicàssim ampliado
Límites y coordenadas ETRS89 (grados minutos decimales)

Línea de costa, desde la coordenada 1 a la coordenada 2
1:

40° 4,38493'N; 0° 0,13300' E.

2:

40° 3,32193'N; 0° 0,09367' E.
Alineación entre las coordenadas 2-3-4-5-6-7-8-9-10-1

3:

40° 3,26211'N; 0° 0,08849' E.

4:

40° 2,10801'N; 0° 0,05351' E.

5:

40° 0,901316526'N; 0° 0,041665987916' E.

6:

40° 0,60905742'N; 0° 0,056827332' E.

7:

40° 0,25302'N; 0° 0,08277' E.

8:

40° 2,05593'N; 0° 0,14332' E.

9:

40° 2,95015'N; 0° 0,16164' E.

10: 40° 4,27501'N; 0° 0,15604' E.

El plan de gestión del espacio ZEC/ZEPA ES0000447 Espacio marino de Orpesa y
Benicàssim, y su ampliación es el objeto del presente documento.
Ámbito territorial

El espacio marino protegido de la Red Natura 2000 denominado Espacio marino de
Orpesa y Benicàssim, se encuentra situado en el Mar Mediterráneo al este de la
Península Ibérica, en la demarcación marina levantino-balear, frente a la costa de la
provincia de Castellón, en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía.
Se sitúa al sur del puerto deportivo de Orpesa del Mar, sito en el municipio del mismo
nombre, hasta playa Heliópolis, situada en el límite meridional del municipio de
Benicàssim. La superficie total del espacio incluyendo la zona de ampliación es
de 4.030,51 hectáreas y alcanza una profundidad máxima de 30 m en aguas situadas
frente a Punta Larga, en Orpesa del Mar.
El espacio marino es coincidente con la ZEPA del mismo nombre y es colindante con
los espacios de la Red Natura 2000 denominados LIC ES5223037 Litoral de Benicàssim
y ZEPA ES0000512 Espacio marino del Delta de l'Ebre-Illes Columbretes.
Convenios Internacionales de Protección:
El espacio marino protegido se encuentra dentro de la Zonas Especiales del mar
Mediterráneo relativas a la prevención de la contaminación por hidrocarburos y la basura

cve: BOE-A-2025-15425
Verificable en https://www.boe.es

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