Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Empleo público. (BOE-A-2025-15426)
Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Viernes 25 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 100233

7. En todo caso, los órganos de selección resolverán sobre los supuestos no
incluidos en la presente orden que puedan surgir, de acuerdo con los principios de
legalidad, proporcionalidad y equidad y siempre del modo más favorable a la garantía de
la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad.
Disposición adicional única.

Manual general orientativo.

En un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta orden, y previa consulta
al Consejo Nacional de la Discapacidad, la persona titular de la Secretaría de Estado de
Función Pública aprobará un Manual general de adaptaciones de medios, tiempos y
otros ajustes razonables en las pruebas selectivas para personas con discapacidad, a
propuesta del Ministerio con competencias en esta materia.
Este manual ofrecerá pautas, información y asesoramiento y recomendaciones
detalladas que los órganos de selección deberán tener en cuenta para garantizar la
participación adecuada de las personas aspirantes con discapacidad en los procesos
selectivos de acceso al empleo público.
Asimismo, incluirá orientaciones a los miembros de los tribunales y órganos de
selección, sobre el uso de dispositivos tecnológicos indispensables para personas con
discapacidad.
El manual incluirá los indicadores específicos que permitan evaluar el impacto de las
medidas adoptadas en las personas con discapacidad. Dicho manual será revisado
periódicamente por la Secretaría de Estado de Función Pública, a propuesta del
Ministerio con competencias en esta materia.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos
para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 23 de julio de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, Félix Bolaños García.
ANEXO I

1. Para la concesión de las adaptaciones de tiempo solicitadas, habrá de tenerse
en cuenta el grado de discapacidad reconocido, que debe ser igual o superior al 33
por 100 y encontrarse en los supuestos incluidos en los artículos 4.2 y 35.1 del texto
refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social.
2. El órgano de selección resolverá la adaptación de tiempo solicitada teniendo en
cuenta las deficiencias incluidas; el grado de discapacidad reconocido, el Dictamen
Técnico Facultativo que deberá aportar la persona candidata y los informes o dictámenes
que considere oportuno recabar, de conformidad con los artículos 7 y 8 de esta orden.
3. Cuando una persona presente dos o más tipos de discapacidad que justifiquen la
adaptación de tiempo, podrán sumarse los tiempos recomendados en la tabla. El tiempo
adicional resultante no podrá superar la duración establecida para la prueba, salvo en
aquellos casos en los que la tabla ya prevea un tiempo superior.

cve: BOE-A-2025-15426
Verificable en https://www.boe.es

Criterios generales para las adaptaciones de tiempos, prueba oral y/o escrita,
según deficiencias y grados de discapacidad