Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15410)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Ejecución de línea eléctrica a 132 kV, doble circuito, ST Almansa-ST Alhorines, en las provincias de Alicante y Albacete».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 24 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 99109
Asimismo, no se identificaron aves características o relevantes de humedales o de
riberas fluviales; tampoco se detectó el paso de especies migradoras, ni puede decirse
que utilicen el territorio estudiado para su descanso o alimentación; y la zona carece
de interés para aves necrófagas como el buitre leonado (Gyps fulvus) o el alimoche
(Neophron percnopterus), especialmente sensibles a este tipo de instalaciones debido a
su mayor carga alar.
La distribución de las observaciones es bastante homogénea a lo largo del trazado,
salvo dos tramos de la línea identificados como áreas de máxima concentración: entre
los apoyos Ap.11-Ap.27 y Ap.48-Ap.53, correspondientes a masas forestales (pinar y
encinar y monte mediterráneo) y las áreas agrícolas adyacentes más despejadas.
El ámbito de estudio no coincide con planes de conservación y recuperación de
fauna amenazada. Cabe señalar que la línea eléctrica discurrirá unos 500 m entre los
apoyos Ap.87 y Ap.88 dentro del perímetro de la futura Zona Periférica de Protección
de la ZEPA y ZEC «Els Alforins», actualmente en trámite de aprobación, con presencia
significativa del cernícalo primilla como elemento clave que motiva esta declaración.
A unos 1.500 m de la línea, se encuentran dos cuadrículas correspondientes a la
malla C «Zona de importancia», de la normativa para la protección de la avifauna contra
la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión.
En resumen, el conjunto de la zona de estudio no puede considerarse especialmente
relevante para las aves, ya que presenta una baja abundancia total para el ciclo
fenológico anual estudiado y un grado de biodiversidad medio. Asimismo, no se han
identificado corredores de interés, zonas migratorias relevantes, concentración de flujos
de paso. Tampoco zonas de paso habituales a dormideros, comederos, etc., por lo que
no se prevén alteraciones sobre la conectividad.
El promotor señala como potenciales efectos durante la fase de construcción la
afección de los hábitats faunísticos, por la destrucción de hábitats o disminución de los
recursos tróficos, así como molestias durante los trabajos, que se consideran no
significativos al discurrir la línea por un corredor de infraestructuras lineales situado en
un entorno bastante antropizado y en su mayor parte ocupado por cultivos agrícolas.
Asimismo, la mayoría de los apoyos se ubican sobre áreas agrícolas y con acceso desde
caminos y pistas existentes.
En la fase de explotación, señala el riesgo de colisión de la avifauna con la línea
eléctrica, que se prevé muy bajo por la escasa presencia de especies sensibles, en
especial aves esteparias, y ser poco probable que utilicen el territorio de implantación del
proyecto. En relación con la presencia significativa del cernícalo primilla en el tramo final
de la línea, no se espera una afección importante debido a lo poco susceptible de esta
especie a la colisión y por las medidas anticolisión que se proponen. Respecto del riesgo
de electrocución, el promotor señala que en las líneas eléctricas de 132 kV las cadenas
de aisladores son tan amplias que impiden la electrocución de las aves.
Entre las medidas contempladas para minimizar las molestias a la fauna, se recogen
algunas de las ya indicadas en otros apartados (ruido, limitación de velocidad de
circulación, etc.); en caso de detectarse actividad reproductora en el entorno de 500 m
de la ST Alhorines, se consensuará un calendario de obras durante los períodos
reproductivos del cernícalo primilla en el área de estudio (de marzo a junio); se instalarán
elementos salvapájaros desde el Ap.87 hasta el final de la línea y se realizará un control
visual periódico de los mismos; y se realizará la vigilancia de las posibles colisiones
durante el primer año de funcionamiento.
Como medida compensatoria el promotor propone la corrección de 46 apoyos
peligrosos para la avifauna de líneas antiguas (uno antiguo por cada dos nuevos
instalados), para el cumplimiento de las condiciones técnicas especificadas en el
Decreto 5/1999, de 2 de febrero, y el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por
el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la
electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, que se deberán consensuar con
el Servicio de Medio Natural y Biodiversidad de Albacete, lo más cercanos posible al
proyecto.
cve: BOE-A-2025-15410
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 99109
Asimismo, no se identificaron aves características o relevantes de humedales o de
riberas fluviales; tampoco se detectó el paso de especies migradoras, ni puede decirse
que utilicen el territorio estudiado para su descanso o alimentación; y la zona carece
de interés para aves necrófagas como el buitre leonado (Gyps fulvus) o el alimoche
(Neophron percnopterus), especialmente sensibles a este tipo de instalaciones debido a
su mayor carga alar.
La distribución de las observaciones es bastante homogénea a lo largo del trazado,
salvo dos tramos de la línea identificados como áreas de máxima concentración: entre
los apoyos Ap.11-Ap.27 y Ap.48-Ap.53, correspondientes a masas forestales (pinar y
encinar y monte mediterráneo) y las áreas agrícolas adyacentes más despejadas.
El ámbito de estudio no coincide con planes de conservación y recuperación de
fauna amenazada. Cabe señalar que la línea eléctrica discurrirá unos 500 m entre los
apoyos Ap.87 y Ap.88 dentro del perímetro de la futura Zona Periférica de Protección
de la ZEPA y ZEC «Els Alforins», actualmente en trámite de aprobación, con presencia
significativa del cernícalo primilla como elemento clave que motiva esta declaración.
A unos 1.500 m de la línea, se encuentran dos cuadrículas correspondientes a la
malla C «Zona de importancia», de la normativa para la protección de la avifauna contra
la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión.
En resumen, el conjunto de la zona de estudio no puede considerarse especialmente
relevante para las aves, ya que presenta una baja abundancia total para el ciclo
fenológico anual estudiado y un grado de biodiversidad medio. Asimismo, no se han
identificado corredores de interés, zonas migratorias relevantes, concentración de flujos
de paso. Tampoco zonas de paso habituales a dormideros, comederos, etc., por lo que
no se prevén alteraciones sobre la conectividad.
El promotor señala como potenciales efectos durante la fase de construcción la
afección de los hábitats faunísticos, por la destrucción de hábitats o disminución de los
recursos tróficos, así como molestias durante los trabajos, que se consideran no
significativos al discurrir la línea por un corredor de infraestructuras lineales situado en
un entorno bastante antropizado y en su mayor parte ocupado por cultivos agrícolas.
Asimismo, la mayoría de los apoyos se ubican sobre áreas agrícolas y con acceso desde
caminos y pistas existentes.
En la fase de explotación, señala el riesgo de colisión de la avifauna con la línea
eléctrica, que se prevé muy bajo por la escasa presencia de especies sensibles, en
especial aves esteparias, y ser poco probable que utilicen el territorio de implantación del
proyecto. En relación con la presencia significativa del cernícalo primilla en el tramo final
de la línea, no se espera una afección importante debido a lo poco susceptible de esta
especie a la colisión y por las medidas anticolisión que se proponen. Respecto del riesgo
de electrocución, el promotor señala que en las líneas eléctricas de 132 kV las cadenas
de aisladores son tan amplias que impiden la electrocución de las aves.
Entre las medidas contempladas para minimizar las molestias a la fauna, se recogen
algunas de las ya indicadas en otros apartados (ruido, limitación de velocidad de
circulación, etc.); en caso de detectarse actividad reproductora en el entorno de 500 m
de la ST Alhorines, se consensuará un calendario de obras durante los períodos
reproductivos del cernícalo primilla en el área de estudio (de marzo a junio); se instalarán
elementos salvapájaros desde el Ap.87 hasta el final de la línea y se realizará un control
visual periódico de los mismos; y se realizará la vigilancia de las posibles colisiones
durante el primer año de funcionamiento.
Como medida compensatoria el promotor propone la corrección de 46 apoyos
peligrosos para la avifauna de líneas antiguas (uno antiguo por cada dos nuevos
instalados), para el cumplimiento de las condiciones técnicas especificadas en el
Decreto 5/1999, de 2 de febrero, y el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por
el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la
electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, que se deberán consensuar con
el Servicio de Medio Natural y Biodiversidad de Albacete, lo más cercanos posible al
proyecto.
cve: BOE-A-2025-15410
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 177