Comunidad Autónoma de Las Illes Balears. I. Disposiciones generales. Conciliación de la vida personal, familiar y laboral. (BOE-A-2025-15047)
Ley 3/2025, de 4 de julio, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 97221

La Resolución del Parlamento Europeo de 12 de junio de 2018 reconoce y solicita a
los estados miembros el impulso del sector asistencial infantil, paralelo al educativo,
dada la importancia que este tiene para facilitar la conciliación laboral y familiar. Las
escoletes y centros asistenciales para personas dependientes llevan a cabo un papel
esencial, ya que contribuyen a la conciliación laboral y familiar y cuentan con las
infraestructuras adecuadas y profesionales con la titulación, la capacitación y las
competencias necesarias para ofrecer servicios de cuidado con garantías, tanto en la
atención de menores como de personas mayores o dependientes.
Es necesario reconocer que la falta de sintonía entre estas dos facetas, esto es, la
vida personal y la vida laboral, tiene un impacto negativo y cabe incidir en que ambos
espacios entran en conflicto de manera severa, dada la atribución de roles asignados
tradicionalmente a cada sexo. En el espacio de la vida privada se encuentran las
funciones de cuidado y atención en el ámbito familiar, históricamente cubiertas por las
mujeres, hasta el punto de suponer un serio inconveniente para su incorporación al
mundo del trabajo y también para su participación y promoción en este ámbito, lo que
podrá afectar a su decisión de tener hijos. En este sentido, con las medidas que se
impulsan, además de los objetivos expuestos, se coadyuvará a favorecer el fomento de
la natalidad y la reversión de la tasa de envejecimiento de la población, lo cual afectará,
sin duda, y facilitará el relevo generacional.
II
Por otro lado, junto a medidas de apoyo a la conciliación de la vida familiar, laboral y
personal, es necesario hacer referencia a la legislación estatal relacionada con la
igualdad de trato en el ámbito laboral.
De este modo cabe incidir en la erradicación de la brecha laboral que se manifiesta
como una diferencia que dificulta a las personas trabajadoras que precisen conciliar la
ocupación y/o el desarrollo de una carrera profesional a la par que desarrollar su
proyecto de vida familiar con sus hijos, a los efectos de continuar promoviendo un
entorno que favorezca la igualdad de oportunidades para todos.
Este tipo de situaciones requieren la investigación necesaria que permita determinar la
dimensión y los factores que los afectan, así como proponer las medidas correctoras que,
en función de los análisis y los diagnósticos adecuados, reviertan también en un eficaz
aprovechamiento de las aptitudes y del talento de todas las personas trabajadoras.
Es necesario, por tanto, identificar las causas que provocan desigualdades
retributivas y promover medidas, tanto en el ámbito público como en el privado,
encaminadas a la reducción progresiva de esta diferencia no justificada. La
implementación de medidas eficaces de conciliación puede contribuir positivamente al
desarrollo profesional y personal de las personas trabajadoras y fomentar al mismo
tiempo el aprovechamiento del talento y de las capacidades de cada individuo, sin
imponer cuotas ni limitar la libertad de elección de los ciudadanos.
Es fundamental que tanto las administraciones públicas como el ámbito privado se
impliquen en la creación de condiciones que permitan compatibilizar los diferentes
aspectos de la vida y garantizar así un entorno laboral más equilibrado y justo. La
participación en la igualdad de condiciones debe basarse siempre en la libertad, el mérito
y la capacidad, pilares esenciales de cualquier sociedad verdaderamente justa.
III
En el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, la administración
autonómica, en virtud de lo que disponen los artículos 16 y 17 del Estatuto de
Autonomía, ha impulsado a lo largo de los últimos años varias políticas orientadas al
apoyo de la familia, el fomento de la natalidad y la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral. Estas iniciativas se han articulado, en muchos casos, en colaboración
con las entidades que integran el diálogo social en nuestra comunidad.

cve: BOE-A-2025-15047
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Núm. 174