Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15032)
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque Eólico Campanario IV Híbrido (para su hibridación con el PSF existente Campanario IV) y Parque Eólico Campanario V Híbrido (para su hibridación con el PSF Campanario V), y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Albacete».
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 19 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97136

En el ámbito de estudio se localizan humedales catalogados en el Inventario Español
de Zonas Húmedas. Las más cercanas son pequeñas lagunas dispersas al suroeste de
la poligonal, como «Hoya Hermosa» a 4,3 km, y «Hoyas Cervera» a 4,8 km.
Parte de la línea subterránea de evacuación se encuentra dentro de la IBA n.º 182
«Pétrola-Almansa-Yecla».
Un aerogenerador se encuentra sobre la malla «a» y el resto sobre la «malla c»
contempladas en la Resolución de 28 de agosto de 2009, por la que se delimitan las
áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración
local de las especies de aves incluidas en el catálogo regional de especies amenazadas
de Castilla-La Mancha. La malla «a» recoge los territorios designados como ZEPA. La
malla «c» recoge las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y
concentración local de aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas
o en los catálogos autonómicos, cuando dichas áreas no estén ya comprendidas en las
mallas «a» o «b».
El estudio no considera impactos sobre espacios naturales protegidos o Red
Natura 2000 en fases de construcción y desmantelamiento. En fase de funcionamiento,
considera moderado el impacto por «mortalidad de la fauna objeto de conservación de
los espacios» y por «molestias derivadas del funcionamiento del parque eólico». No
indica medidas preventivas y correctoras específicas para este elemento ambiental.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Castilla-La
Mancha informa que el proyecto afectará de manera indirecta a los espacios de la Red
Natura 2000, al afectar a los elementos clave «Aves acuáticas amenazadas», de la ZEC
ES4210004 «Lagunas Saladas de Pétrola y Salobrejo, y Complejo Lagunar de CorralRubio», y a los elementos clave «Aves esteparias» y «Otros elementos valiosos», de la
ZEPA ES0000153 «Área Esteparia del Este de Albacete».
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO indica que
el Plan de Gestión de la ZEPA ES0000153 «Área esteparia del este de Albacete» incluye
como objetivo «conservar las aves esteparias y sus hábitats» y «eliminar o reducir
factores de mortalidad no natural y otros factores adversos: electrocuciones y colisiones
con líneas eléctricas aéreas, furtivismo y molestias que puedan interferir con las
especies presentes en el espacio». Por tanto, afirma que este espacio se vería
potencialmente afectado de forma indirecta por el aumento de la mortalidad no natural a
causa de la colisión con aerogeneradores, por la pérdida de hábitats y por molestias
producidas por la presencia humana. Continúa indicando que la instalación del proyecto
evaluado podría afectar a la conectividad entre los distintos sectores de las ZEPA de
ambientes esteparios presentes en el territorio. Asimismo, indica que entre los objetivos
finales del Plan de Gestión la ZEC ES4210004 «Lagunas saladas de Pétrola y Salobrejo,
y complejo lagunar de Corral-Rubio» se incluye conseguir un «estado de conservación
favorable para las aves acuáticas amenazadas», siendo fundamental para este objetivo
«la detección y prevención de fenómenos de mortalidad por causas de origen antrópico».
Por lo que, de nuevo, el proyecto podría afectar a este espacio de forma indirecta,
aumentando el riesgo de mortalidad por colisión de las especies de aves acuáticas
presentes.
La revisión del Plan de Gestión de las «ZEPA de ambientes esteparios», realizada
en 2024, destaca la distribución de aerogeneradores alrededor de la ZEPA ES0000153
«Área esteparia del este de Albacete» y en las zonas de comunicación entre los sectores
que la componen. El documento indica que se encuentran cerca de 400
aerogeneradores en un radio de 3 km de los límites de este espacio, aumentando a más
de 900 en un radio de 10 km. El documento continúa resaltando que la presencia de
tendidos eléctricos en su interior puede provocar electrocuciones, en el caso de rapaces,
y colisiones en el caso de aves esteparias, como la avutarda y el sisón. Además, es
necesario tener en cuenta la presencia y creciente proyección de instalaciones
fotovoltaicas, así como los tendidos eléctricos asociados, lo que se considera
preocupante para estas aves en algunas zonas. El documento desaconseja la instalación
de estas infraestructuras en las ZEPA de ambientes agroesteparios, así como en las

cve: BOE-A-2025-15032
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 173