Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-14698)
Real Decreto 636/2025, de 15 de julio, por el que se crea el Comité ejecutivo del Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA y se modifican el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170
Miércoles 16 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 95527
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Industria y Turismo, a propuesta del Ministro
para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 15 de julio de 2025,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA
Artículo 1.
Creación del Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA.
Se crea el Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA, como órgano colegiado de los
previstos en el artículo 22.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, encargado de las decisiones relativas a las operaciones que se financien
con cargo al Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, de conformidad con el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 6 de mayo de 2025, por el que se establecen las condiciones
del mecanismo para la financiación de empresas afectadas por la DANA a través del
Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística (FOCIT), F.C.P.J.,
Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, publicado por la Orden PJC/459/2025, de 9 de
mayo.
Artículo 2.
Adscripción.
El Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA estará adscrito al Ministerio de Industria
y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Turismo.
Artículo 3. Composición.
1.
El Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA tendrá la siguiente composición:
1.º La persona titular de la Dirección de Gabinete de la Secretaría de Estado de
Turismo.
2.º La persona titular de la División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos.
3.º Una persona en representación del Instituto de Crédito Oficial, EPE, con rango
mínimo de Subdirector o equivalente.
4.º Una persona en representación de la Subsecretaría del Ministerio de Industria y
con rango mínimo de Subdirector General o asimilado, nombrado por la persona titular
de la Subsecretaría del Ministerio de Industria y Turismo.
5.º Una persona en representación de la Secretaría de Estado de Industria con
rango mínimo de Subdirector General o asimilado, nombrado por la persona titular de la
Secretaría de Estado de Industria.
d) Secretaría: corresponderá a una persona del Instituto de Crédito Oficial, EPE,
con rango mínimo de Subdirector General o asimilado, con voz, pero sin voto.
2. En la designación de las personas vocales y de la persona titular de la
secretaría, se atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo
por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
cve: BOE-A-2025-14698
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de
Turismo. En caso vacante, ausencia o enfermedad del Presidente el Vicepresidente le
sustituirá.
b) Vicepresidencia: corresponde a la persona titular de la Dirección General de
Políticas Turísticas.
c) Vocales, todos ellos con voz y voto:
Núm. 170
Miércoles 16 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 95527
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Industria y Turismo, a propuesta del Ministro
para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 15 de julio de 2025,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA
Artículo 1.
Creación del Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA.
Se crea el Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA, como órgano colegiado de los
previstos en el artículo 22.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, encargado de las decisiones relativas a las operaciones que se financien
con cargo al Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, de conformidad con el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 6 de mayo de 2025, por el que se establecen las condiciones
del mecanismo para la financiación de empresas afectadas por la DANA a través del
Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística (FOCIT), F.C.P.J.,
Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, publicado por la Orden PJC/459/2025, de 9 de
mayo.
Artículo 2.
Adscripción.
El Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA estará adscrito al Ministerio de Industria
y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Turismo.
Artículo 3. Composición.
1.
El Comité Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA tendrá la siguiente composición:
1.º La persona titular de la Dirección de Gabinete de la Secretaría de Estado de
Turismo.
2.º La persona titular de la División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos.
3.º Una persona en representación del Instituto de Crédito Oficial, EPE, con rango
mínimo de Subdirector o equivalente.
4.º Una persona en representación de la Subsecretaría del Ministerio de Industria y
con rango mínimo de Subdirector General o asimilado, nombrado por la persona titular
de la Subsecretaría del Ministerio de Industria y Turismo.
5.º Una persona en representación de la Secretaría de Estado de Industria con
rango mínimo de Subdirector General o asimilado, nombrado por la persona titular de la
Secretaría de Estado de Industria.
d) Secretaría: corresponderá a una persona del Instituto de Crédito Oficial, EPE,
con rango mínimo de Subdirector General o asimilado, con voz, pero sin voto.
2. En la designación de las personas vocales y de la persona titular de la
secretaría, se atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo
por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
cve: BOE-A-2025-14698
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de
Turismo. En caso vacante, ausencia o enfermedad del Presidente el Vicepresidente le
sustituirá.
b) Vicepresidencia: corresponde a la persona titular de la Dirección General de
Políticas Turísticas.
c) Vocales, todos ellos con voz y voto: