Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-14782)
Orden TDF/758/2025, de 11 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante el fomento de la adaptación e incorporación de participantes a los espacios de datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Kit Espacios de Datos).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95856
«promotores», «empresas» e «industria tecnológica». Los otros tres inciden en
actividades transversales, como son «dato público de interés sectorial», «habilitadores y
capacidades comunes» y «promoción, sensibilización y capacitación». En torno a estos
seis grandes ejes, se han desarrollado iniciativas concretas cuyo horizonte temporal
alcanza el periodo 2024-2026 y cuenta con un presupuesto de 500 millones de euros. El
programa Kit Espacios de Datos es una de las iniciativas contempladas en este plan y se
sitúa en el Eje 2 «Empresas», permitiendo financiar a las empresas el coste que implica
prepararse y conectarse a espacios de datos.
En una primera fase del PIEDS, se ha financiado el despliegue de espacios de datos
en todos los sectores económicos. Los espacios de datos sectoriales desplegados
deberán disponer de participantes suficientes que realicen transacciones sobre ellos en
uno o varios casos de uso, como proveedores de datos y que les permita alcanzar la
sostenibilidad financiera de los modelos de negocio desarrollados. Para asegurar el
cumplimiento de los objetivos, dicho plan prevé iniciativas dirigidas a apoyar a los
promotores en el despliegue de estos espacios de datos sectoriales para poner en valor
y demostrar la utilidad e impacto de los casos de uso, así como para ayudar a escalar los
ecosistemas de compartición en número de participantes y en valor de los conjuntos de
datos compartidos.
IV
El programa consiste en una ayuda a las empresas y Administraciones Públicas para
financiar parcialmente los costes incurridos por los participantes de un espacio de datos
en el proceso de incorporación efectiva a los mismos.
Las ayudas serán concedidas por la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. (en
adelante, Red.es, M.P.), adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 210/2024,
de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio
para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Esta iniciativa se enmarca en el Plan de Impulso de los Espacios de Datos
Sectoriales, alineándose con los objetivos establecidos en la Agenda España
Digital 2026 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Además, responde
a las directrices europeas sobre la economía de los datos, destacando la importancia de
fomentar la interoperabilidad y la seguridad en el manejo de la información. La orden que
establece estas bases reguladoras se fundamenta en la Ley 40/2015, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
La incorporación de las entidades solicitantes en los espacios de datos se traducirá
en una serie de beneficios concretos tanto a nivel empresarial como para la economía en
general. Entre ellos, se espera un aumento significativo en la capacidad de innovación
de las entidades beneficiarias, la creación de nuevos productos y servicios basados en el
análisis de datos, y una mejora en la eficiencia operativa y la toma de decisiones. A nivel
macroeconómico, se prevé una dinamización del tejido empresarial y un fortalecimiento
de la competitividad de la economía nacional en el ámbito global.
Las ayudas se concederán por orden de solicitud en régimen de concurrencia no
competitiva, de acuerdo con el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos: tener domicilio
fiscal en la Unión Europea, estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social; no estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas
en la Ley General de Subvenciones; cuando proceda, estar inscrito en el Censo de
empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral; cuando
proceda, no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa
cve: BOE-A-2025-14782
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 170
Miércoles 16 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95856
«promotores», «empresas» e «industria tecnológica». Los otros tres inciden en
actividades transversales, como son «dato público de interés sectorial», «habilitadores y
capacidades comunes» y «promoción, sensibilización y capacitación». En torno a estos
seis grandes ejes, se han desarrollado iniciativas concretas cuyo horizonte temporal
alcanza el periodo 2024-2026 y cuenta con un presupuesto de 500 millones de euros. El
programa Kit Espacios de Datos es una de las iniciativas contempladas en este plan y se
sitúa en el Eje 2 «Empresas», permitiendo financiar a las empresas el coste que implica
prepararse y conectarse a espacios de datos.
En una primera fase del PIEDS, se ha financiado el despliegue de espacios de datos
en todos los sectores económicos. Los espacios de datos sectoriales desplegados
deberán disponer de participantes suficientes que realicen transacciones sobre ellos en
uno o varios casos de uso, como proveedores de datos y que les permita alcanzar la
sostenibilidad financiera de los modelos de negocio desarrollados. Para asegurar el
cumplimiento de los objetivos, dicho plan prevé iniciativas dirigidas a apoyar a los
promotores en el despliegue de estos espacios de datos sectoriales para poner en valor
y demostrar la utilidad e impacto de los casos de uso, así como para ayudar a escalar los
ecosistemas de compartición en número de participantes y en valor de los conjuntos de
datos compartidos.
IV
El programa consiste en una ayuda a las empresas y Administraciones Públicas para
financiar parcialmente los costes incurridos por los participantes de un espacio de datos
en el proceso de incorporación efectiva a los mismos.
Las ayudas serán concedidas por la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. (en
adelante, Red.es, M.P.), adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 210/2024,
de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio
para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Esta iniciativa se enmarca en el Plan de Impulso de los Espacios de Datos
Sectoriales, alineándose con los objetivos establecidos en la Agenda España
Digital 2026 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Además, responde
a las directrices europeas sobre la economía de los datos, destacando la importancia de
fomentar la interoperabilidad y la seguridad en el manejo de la información. La orden que
establece estas bases reguladoras se fundamenta en la Ley 40/2015, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
La incorporación de las entidades solicitantes en los espacios de datos se traducirá
en una serie de beneficios concretos tanto a nivel empresarial como para la economía en
general. Entre ellos, se espera un aumento significativo en la capacidad de innovación
de las entidades beneficiarias, la creación de nuevos productos y servicios basados en el
análisis de datos, y una mejora en la eficiencia operativa y la toma de decisiones. A nivel
macroeconómico, se prevé una dinamización del tejido empresarial y un fortalecimiento
de la competitividad de la economía nacional en el ámbito global.
Las ayudas se concederán por orden de solicitud en régimen de concurrencia no
competitiva, de acuerdo con el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos: tener domicilio
fiscal en la Unión Europea, estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social; no estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas
en la Ley General de Subvenciones; cuando proceda, estar inscrito en el Censo de
empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral; cuando
proceda, no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa
cve: BOE-A-2025-14782
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 170