Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-14782)
Orden TDF/758/2025, de 11 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante el fomento de la adaptación e incorporación de participantes a los espacios de datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Kit Espacios de Datos).
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170
Miércoles 16 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95862
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto.
1. El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de
ayudas destinadas a financiar los costes incurridos por los participantes en el proceso de
incorporación efectiva a un espacio de datos.
2. Estas ayudas son una de las actuaciones que implementan la inversión 1 del
componente 12 y contribuyen al cumplimiento del objetivo CID 180, Espacios de datos
sectoriales, conforme a lo establecido en el anexo de la Decisión de Ejecución del
Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a
la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España COM
(2023) 576 final, y según lo establecido en el correspondiente mecanismo de verificación.
1. Las subvenciones previstas en la presente orden se sujetan a lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de
desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
2. Las subvenciones se sujetarán, también, a la normativa del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en particular, al Reglamento (UE) n.º 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, a la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29
de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y
contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, y a la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático
del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. Dada la financiación de las ayudas a conceder en el marco de esta orden por el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, será de aplicación el Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4. En los casos aplicables, las ayudas a conceder en el marco de esta orden
constituirán ayudas de Estado, por lo que serán de aplicación el Reglamento (UE)
2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis, el Reglamento (UE) 2024/3118 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2024, por
el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis en el sector agrícola, el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de
junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y
de la acuicultura y el Reglamento (UE) 2023/2832 de la Comisión, de 13 de diciembre
de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
cve: BOE-A-2025-14782
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Normativa aplicable.
Núm. 170
Miércoles 16 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95862
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto.
1. El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de
ayudas destinadas a financiar los costes incurridos por los participantes en el proceso de
incorporación efectiva a un espacio de datos.
2. Estas ayudas son una de las actuaciones que implementan la inversión 1 del
componente 12 y contribuyen al cumplimiento del objetivo CID 180, Espacios de datos
sectoriales, conforme a lo establecido en el anexo de la Decisión de Ejecución del
Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a
la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España COM
(2023) 576 final, y según lo establecido en el correspondiente mecanismo de verificación.
1. Las subvenciones previstas en la presente orden se sujetan a lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de
desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
2. Las subvenciones se sujetarán, también, a la normativa del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en particular, al Reglamento (UE) n.º 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, a la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29
de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y
contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, y a la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático
del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
3. Dada la financiación de las ayudas a conceder en el marco de esta orden por el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, será de aplicación el Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4. En los casos aplicables, las ayudas a conceder en el marco de esta orden
constituirán ayudas de Estado, por lo que serán de aplicación el Reglamento (UE)
2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis, el Reglamento (UE) 2024/3118 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2024, por
el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis en el sector agrícola, el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de
junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y
de la acuicultura y el Reglamento (UE) 2023/2832 de la Comisión, de 13 de diciembre
de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
cve: BOE-A-2025-14782
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Normativa aplicable.