Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14678)
Resolución 420/38325/2025, de 9 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la entidad «Proyecto Eduka», para la realización de acciones formativas de interés común en el ámbito sanitario.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 95335
Aportaciones de las partes.
1. Por parte del Ministerio de Defensa, a través de la Brigada «Guadarrama XII
(BRI XII):
a) Permitir el acceso del personal docente y los alumnos a la Base El Goloso
(Madrid) durante la fase presencial del curso.
b) Poner a disposición del personal docente del curso las aulas necesarias para
impartir las sesiones teórico-prácticas de la fase presencial.
c) Poner a disposición del personal docente del curso las instalaciones del polígono
de combate en zonas urbanizadas de la Base El Goloso necesarias para impartir las
sesiones teórico-prácticas de la fase presencial.
d) Poner a disposición del personal docente del curso las instalaciones de pista de
atletismo y campo de fútbol de la Base El Goloso necesarias para impartir las sesiones
teórico-prácticas de la fase presencial.
2.
Por parte de la Cátedra de Estudios Eduka:
a) Proporcionar a la BRI XII los datos del personal docente y alumnos participantes
en el curso para gestionar su acceso a la Base El Goloso.
b) Proporcionar a la BRI XII cuatro (4) plazas de alumnos por cada edición anual
del curso para personal militar de la unidad sin coste alguno y en las mismas condiciones
que el resto de los alumnos civiles.
c) Proporcionar al Ejército de Tierra la posibilidad de monitorizar, durante la fase
presencial, a un máximo de cuatro (4) militares, con la formación requerida, por cada
edición anual del curso para certificarse como instructores National Association of
Emergency Medical Technicians NAEMT.
d) Contar con los seguros necesarios para el desarrollo de todas las actividades del
curso, proporcionando copia de la póliza a la BRI XII.
Tercera.
Financiación.
Las actividades a desarrollar en el ámbito de este convenio no implicarán ningún
compromiso financiero para la BRI XII.
Por su parte, la Cátedra de Estudios Eduka asumirá los gastos derivados de la
matriculación y gestión del alumnado de las 4 plazas reservadas a la unidad
presupuestadas en 10.388 euros por edición anual.
La información que, en el marco de la ejecución de este convenio se obtenga del
Ministerio de Defensa, con la expresa autorización de éste para su explotación, tendrá la
consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente sin restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial», por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el período de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de la
extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente convenio la información clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
cve: BOE-A-2025-14678
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 95335
Aportaciones de las partes.
1. Por parte del Ministerio de Defensa, a través de la Brigada «Guadarrama XII
(BRI XII):
a) Permitir el acceso del personal docente y los alumnos a la Base El Goloso
(Madrid) durante la fase presencial del curso.
b) Poner a disposición del personal docente del curso las aulas necesarias para
impartir las sesiones teórico-prácticas de la fase presencial.
c) Poner a disposición del personal docente del curso las instalaciones del polígono
de combate en zonas urbanizadas de la Base El Goloso necesarias para impartir las
sesiones teórico-prácticas de la fase presencial.
d) Poner a disposición del personal docente del curso las instalaciones de pista de
atletismo y campo de fútbol de la Base El Goloso necesarias para impartir las sesiones
teórico-prácticas de la fase presencial.
2.
Por parte de la Cátedra de Estudios Eduka:
a) Proporcionar a la BRI XII los datos del personal docente y alumnos participantes
en el curso para gestionar su acceso a la Base El Goloso.
b) Proporcionar a la BRI XII cuatro (4) plazas de alumnos por cada edición anual
del curso para personal militar de la unidad sin coste alguno y en las mismas condiciones
que el resto de los alumnos civiles.
c) Proporcionar al Ejército de Tierra la posibilidad de monitorizar, durante la fase
presencial, a un máximo de cuatro (4) militares, con la formación requerida, por cada
edición anual del curso para certificarse como instructores National Association of
Emergency Medical Technicians NAEMT.
d) Contar con los seguros necesarios para el desarrollo de todas las actividades del
curso, proporcionando copia de la póliza a la BRI XII.
Tercera.
Financiación.
Las actividades a desarrollar en el ámbito de este convenio no implicarán ningún
compromiso financiero para la BRI XII.
Por su parte, la Cátedra de Estudios Eduka asumirá los gastos derivados de la
matriculación y gestión del alumnado de las 4 plazas reservadas a la unidad
presupuestadas en 10.388 euros por edición anual.
La información que, en el marco de la ejecución de este convenio se obtenga del
Ministerio de Defensa, con la expresa autorización de éste para su explotación, tendrá la
consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente sin restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial», por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el período de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de la
extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente convenio la información clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
cve: BOE-A-2025-14678
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.