Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-14579)
Sala Primera. Sentencia 126/2025, de 9 de junio de 2025. Recurso de amparo 1269-2023. Promovido por don Florentino Torres del Campo y otras dos personas más en relación con las resoluciones dictadas por un juzgado de instrucción de Bilbao en diligencias previas tramitadas por el fallecimiento de un familiar. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con el derecho a la vida: investigación insuficiente de un posible delito de homicidio, en su caso asesinato; falta de atención debida del derecho de los familiares del fallecido a participar en el proceso penal como víctimas indirectas.
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Lunes 14 de julio de 2025

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a los usuarios […]–; así como al número […] –empleado y titularidad de don Raúl Carlos
Torres Cid».
La parte justificaba el cumplimiento del plazo para interponer el recurso de reforma y
subsidiaria apelación contra la providencia de 5 de julio de 2022: (i) argumentando que la
providencia de 5 de julio de 2022, debió haber revestido la forma de auto, haber sido
notificada a las víctimas y ser susceptible de recurso en aplicación de las normas
procesales que dictaminan los plazos de recurso de las resoluciones que implican el
sobreseimiento parcial o total de la causa; (ii) invocando los arts. 2 b) 1 y 2 y 12 de la
Ley 4/2015, de 27 de abril, del estatuto de la víctima del delito; y los arts. 636 y 779.1.1.2
LECrim; (iii) denunciando que, a pesar de llevar identificados en la causa como víctimas
de los hechos que se investigan desde el 27 de septiembre de 2021, y haber formulado
denuncia, así como haber prestado declaración policial, no se les notificó la providencia
de 5 de julio de 2022 por la que, materialmente, se acordaba circunscribir la causa a
delitos patrimoniales y sobreseer las pesquisas e instrucción relativa al homicidio de don
Raúl Carlos Torres Cid; (iv) y concluyendo que contaba con un plazo de veinte días para
recurrir la resolución, pues no tuvo conocimiento de ella hasta el traslado de la causa
tras su personación.
No obstante, subsidiariamente, y para el caso de que se considerase extemporáneo
su recurso, en el mismo escrito los recurrentes formularon un incidente de nulidad de
actuaciones, denunciando las mismas quejas ya expuestas, añadiendo la vulneración del
derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a los recursos,
argumentando que la falta de notificación de la providencia de 5 de julio de 2022
determinó la imposibilidad para los recurrentes de recurrir la decisión de archivar la
causa por los hechos relativos al posible homicidio de don Raúl Carlos Torres Cid.
v) El 4 de diciembre de 2022 el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Bilbao dictó auto
por el que acordó librar oficio a la Ertzaintza a fin de que remitiese la cumplimentación
del oficio remitidos a Yoigo y el informe pericial realizado al teléfono Apple Iphone 7;
rechazando la petición del resto de documental relativa a la plataforma Bizum y
Bankinter que, según se indicaba, constaban en las actuaciones.
El 5 de diciembre de 2022 se recibió en el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Bilbao
oficio de la Ertzaintza remitiendo el DVD con los datos aportados por la compañía Yoigo
en relación al abonado de la víctima, entre los días 1 y 18 de septiembre y reenviando el
informe pericial emitido por la sección de nuevas tecnologías de la Jefatura de Policía
Científica de la Ertzaintza sobre el teléfono móvil de la víctima Apple Iphone 7.
El 13 de diciembre de 2022 se acordó su unión a los autos y su traslado a las partes
personadas.
w) El 5 de diciembre de 2022, el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Bilbao dictó
providencia inadmitiendo el recurso de reforma y subsidiaria apelación contra la
providencia de 5 de julio de 2022 al considerarlo extemporáneo. En la misma resolución
se acordó la admisión a trámite el incidente de nulidad de actuaciones contra la misma
providencia.
El 13 de diciembre de 2022 el Ministerio Fiscal informó interesando la desestimación
del incidente de nulidad de actuaciones.
x) El 3 de enero de 2023 el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Bilbao dictó auto
acordando la desestimación de la petición de nulidad de actuaciones promovida por los
recurrentes, a quienes impuso las costas del incidente.
En el auto se relata la tramitación de las actuaciones, desde su incoación y las
diligencias que se practicaron, deteniéndose en el auto de 1 de junio de 2022, ya que,
según mantiene la instructora, fue este auto –y no la posterior providencia de 5 de julio
de 2022– la que acordó que continuasen las actuaciones por delito contra el patrimonio,
planteamiento que se sustenta en la resolución en la siguiente argumentación:
«Así se considera, y se hace constar en dicho auto de fecha 01/06/22 que lo más
procedente para una mejor o mayor investigación de los hechos, a la vista de la
denuncia formulada por el hermano del fallecido por supuesto delito de Estafa, era la

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