Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-14538)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 93830
la plaza objeto de concurso. En cualquier caso, la experiencia docente y la experiencia
investigadora, incluyendo la transferencia e intercambio del conocimiento, tendrán una
consideración análoga en el conjunto de los criterios de valoración de los méritos.
La puntuación máxima será de 100 puntos. Para superar el concurso se obtendrá
una puntuación mínima de 50 puntos en el conjunto de méritos.
– Méritos de docencia: hasta 40 puntos.
– Méritos de investigación, transferencia e intercambio de conocimiento: hasta 50 puntos.
– Méritos de gestión: hasta 10 puntos.
6.3
Acto de constitución.
Corresponde a la Comisión de Selección, en el acto de constitución y antes de
convocar la primera fase, determinar los criterios específicos para evaluar los méritos de
docencia, investigación, transferencia e intercambio del conocimiento y gestión de las
personas candidatas. Estos criterios tendrán que ser públicos.
6.4
Desarrollo del proceso selectivo.
El concurso de movilidad comprenderá dos fases diferenciadas. En aquellos casos
en los que sólo haya una persona candidata a la plaza, la Comisión de Selección podrá
determinar la celebración de las dos fases en un único día.
El orden de actuación de las personas candidatas se iniciará con aquel aspirante
cuyo apellido comience con la letra que resulte del sorteo realizado para determinar el
orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos para el ingreso en la
función pública de la Generalidad de Cataluña del año corriente y, si no se ha
determinado, según el del año anterior.
6.4.1
Desarrollo de la primera fase.
La primera fase consistirá en la evaluación de las personas candidatas, de acuerdo
con los méritos evaluables generales de estas bases, y los criterios específicos
determinados en el acto de constitución.
Antes de iniciar esta primera fase, y después de la constitución de la Comisión de
Selección, las personas candidatas entregarán a la Comisión de Selección, en formato
digital o papel la siguiente documentación:
– Currículum académico, con detalle de los méritos de docencia, investigación,
transferencia e intercambio del conocimiento y gestión.
En caso de que haya más de una persona candidata, la comisión hará pública la lista
de personas que han superado la primera fase y que son convocadas en la segunda
fase. Si fuera este el caso, entre la fecha de la publicación de las personas que han
superado la primera fase y la convocatoria de la segunda fase deben transcurrir un
mínimo de quince días hábiles.
Desarrollo de la segunda fase.
La segunda fase consistirá en la evaluación de la Comisión de Selección de la
presentación, por parte de los candidatos que hayan superado la primera fase, de un
proyecto o trabajo de investigación en un acto público. Los candidatos dispondrán de un
tiempo máximo de una hora, seguidas de un debate con la Comisión de Selección por
tiempo máximo de una hora.
7.
Valoración de las candidaturas y propuesta de provisión
7.1 La Comisión de Selección elaborará, para cada candidato, un informe razonado
que contenga una explicación motivada y desglosada por cada uno de los aspectos
cve: BOE-A-2025-14538
Verificable en https://www.boe.es
6.4.2
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 93830
la plaza objeto de concurso. En cualquier caso, la experiencia docente y la experiencia
investigadora, incluyendo la transferencia e intercambio del conocimiento, tendrán una
consideración análoga en el conjunto de los criterios de valoración de los méritos.
La puntuación máxima será de 100 puntos. Para superar el concurso se obtendrá
una puntuación mínima de 50 puntos en el conjunto de méritos.
– Méritos de docencia: hasta 40 puntos.
– Méritos de investigación, transferencia e intercambio de conocimiento: hasta 50 puntos.
– Méritos de gestión: hasta 10 puntos.
6.3
Acto de constitución.
Corresponde a la Comisión de Selección, en el acto de constitución y antes de
convocar la primera fase, determinar los criterios específicos para evaluar los méritos de
docencia, investigación, transferencia e intercambio del conocimiento y gestión de las
personas candidatas. Estos criterios tendrán que ser públicos.
6.4
Desarrollo del proceso selectivo.
El concurso de movilidad comprenderá dos fases diferenciadas. En aquellos casos
en los que sólo haya una persona candidata a la plaza, la Comisión de Selección podrá
determinar la celebración de las dos fases en un único día.
El orden de actuación de las personas candidatas se iniciará con aquel aspirante
cuyo apellido comience con la letra que resulte del sorteo realizado para determinar el
orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos para el ingreso en la
función pública de la Generalidad de Cataluña del año corriente y, si no se ha
determinado, según el del año anterior.
6.4.1
Desarrollo de la primera fase.
La primera fase consistirá en la evaluación de las personas candidatas, de acuerdo
con los méritos evaluables generales de estas bases, y los criterios específicos
determinados en el acto de constitución.
Antes de iniciar esta primera fase, y después de la constitución de la Comisión de
Selección, las personas candidatas entregarán a la Comisión de Selección, en formato
digital o papel la siguiente documentación:
– Currículum académico, con detalle de los méritos de docencia, investigación,
transferencia e intercambio del conocimiento y gestión.
En caso de que haya más de una persona candidata, la comisión hará pública la lista
de personas que han superado la primera fase y que son convocadas en la segunda
fase. Si fuera este el caso, entre la fecha de la publicación de las personas que han
superado la primera fase y la convocatoria de la segunda fase deben transcurrir un
mínimo de quince días hábiles.
Desarrollo de la segunda fase.
La segunda fase consistirá en la evaluación de la Comisión de Selección de la
presentación, por parte de los candidatos que hayan superado la primera fase, de un
proyecto o trabajo de investigación en un acto público. Los candidatos dispondrán de un
tiempo máximo de una hora, seguidas de un debate con la Comisión de Selección por
tiempo máximo de una hora.
7.
Valoración de las candidaturas y propuesta de provisión
7.1 La Comisión de Selección elaborará, para cada candidato, un informe razonado
que contenga una explicación motivada y desglosada por cada uno de los aspectos
cve: BOE-A-2025-14538
Verificable en https://www.boe.es
6.4.2