Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-14538)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 93831

evaluados, tanto de la primera como de la segunda fases, en el que figurará la
baremación obtenida en la primera fase del concurso y, en su caso, en la segunda.
7.2 La propuesta de provisión de la plaza vacante se decidirá por votación de los
miembros de la Comisión de Selección. Cada miembro de la comisión dará su voto
motivado a un solo aspirante por cada vacante. En la decisión del voto, se tendrá en
cuenta todo lo aportado por el candidato en el conjunto del proceso selectivo. El
resultado de las votaciones y motivaciones alegadas por cada miembro de la comisión,
se harán constar en acta. El número de candidatos propuestos no podrá superar el
número de plazas convocadas.
7.3 La propuesta de provisión relacionará a los aspirantes que hayan obtenido
votos y propondrá con carácter vinculante para la provisión de la plaza el aspirante que
haya obtenido, como mínimo, tres votos. En caso de que ninguna persona candidata
haya obtenido los votos necesarios para ser propuesta, la Comisión de Selección
propondrá la no provisión de la plaza y se declarará desierto el concurso.
La propuesta de provisión de la plaza convocada se hará pública en la web de la
Universidad Pompeu Fabra: https://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi.
7.4 De acuerdo con el artículo 73 de la LOSU y el artículo 109 de los Estatutos de
la Universidad Pompeu Fabra, contra la propuesta de la Comisión de Selección, las
personas candidatas pueden presentar reclamación ante la rectora en el plazo de diez
días hábiles a contar desde su publicación.
7.5 Una vez celebrado el concurso, se hará público los resultados de la evaluación
de cada candidato.
8.

Resolución del concurso

La Comisión de Selección elevará la propuesta de provisión a la rectora, que dictará
la correspondiente resolución de nombramiento de funcionario que será publicada en el
«Boletín Oficial del Estado».
Contra esta resolución de la rectora, que agota la vía administrativa, las personas
interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses desde el día siguiente
de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Las personas
interesadas también pueden interponer potestativamente un recurso de reposición ante la
rectora en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta
resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en cuyo caso no se podrá interponer el
recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación por silencio del recurso de reposición.
9.

Verificación de requisitos

9.1 La persona propuesta para la provisión de la plaza deberá presentar en el
registro de la Universidad, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha en
que se haga pública la propuesta de provisión, la documentación que se indica a
continuación:
Se debe presentar en original:
a) Certificado médico oficial que acredite tener la capacidad funcional para el
desarrollo de las tareas objeto del nombramiento. Este certificado deberá tener el sello
del Colegio de Médicos correspondiente y del médico que lo ha expedido para tener
validez.
b) Declaración responsable de incorporación a la plaza (modelo específico que se
facilitará a la persona aspirante propuesta), en la que se acredita no estar incluido en
ninguno de los supuestos de incompatibilidad que prevé la legislación vigente o ejercitar,
en el plazo de toma de posesión, la opción prevista en el artículo 10 de Ley 53/1984,
de 26 de diciembre.

cve: BOE-A-2025-14538
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Núm. 168