Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-14538)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Lunes 14 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 93826

hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso a
puestos de trabajo públicos.
2.2

De carácter específico:

a) Ser personal funcionario de carrera del cuerpo de profesorado catedrático de
universidad con una antigüedad mínima de dos años en el puesto de trabajo de origen,
que será una universidad pública española.
2.3 Los requisitos señalados en la base 2.1 y base 2.2 deben cumplirse, como
máximo, el último día del plazo de presentación de solicitudes y deben seguir
cumpliéndose en el momento de la toma de posesión y durante su vigencia. Asimismo,
deben poder acreditarse fehacientemente en cualquier momento del proceso selectivo
ante los órganos competentes.
2.4 Las personas aspirantes deben poseer un nivel de catalán que asegure la
competencia del profesorado para participar con adecuación y corrección a las
situaciones comunicativas que requieren las tareas académicas, de forma que queden
garantizados los derechos lingüísticos de los estudiantes, tal y como prevé el
Decreto 128/2010, de 14 de septiembre, sobre la acreditación del conocimiento
lingüístico del profesorado. Previamente al nombramiento de funcionario de la
Universidad Pompeu Fabra, la persona candidata escogida podrá optar entre la
acreditación del conocimiento o el aplazamiento de esta acreditación por un período
máximo de dos años. La acreditación de esta competencia lingüística y la participación
en las acciones formativas necesarias para alcanzarla y mantenerla forman parte de las
obligaciones ordinarias y evaluables del profesorado.
2.5 Los méritos alegados se tendrán en cuenta siempre en relación con el último
día de presentación de solicitudes.
Solicitudes

3.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deben dirigirse a la
rectora de la Universidad Pompeu Fabra y deben formalizarse mediante el formulario del
trámite electrónico específico publicado en la web de la Universidad Pompeu Fabra
siguiente: https://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi.
Para realizar el trámite será necesario utilizar los procedimientos de identificación y
firma electrónica.
Al finalizar el trámite, la persona solicitante recibirá por correo electrónico un
comprobante de confirmación del registro de entrada de la solicitud. En caso de no
recibir este correo significará que el registro de entrada no se ha formalizado.
3.2 Las solicitudes deben presentarse a partir del día siguiente de la publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) y dentro del plazo máximo de
quince días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE.
En la página web de la Universidad Pompeu Fabra se puede consultar el calendario
de días inhábiles: https://seuelectronica.upf.edu/registre-electronic#Calendario%20de
%20días%20inh%C3 %A0bils.
A los efectos de esta convocatoria se consideran también inhábiles los períodos de
cierre de la UPF publicados en la siguiente página web: https://www.upf.edu/web/
registre-general.
3.3 Las solicitudes también se pueden presentar de forma presencial en el Registro
de la Universidad Pompeu Fabra (calle de la Mercè, 12, 08002 Barcelona), en cualquiera
de sus sedes, en el horario que se especifica en la web de la Universidad https://
www.upf.edu/web/registre-general. En este caso, deberá presentarse mediante el
formulario específico que se puede obtener en la web de la Universidad Pompeu Fabra
https://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi.

cve: BOE-A-2025-14538
Verificable en https://www.boe.es

3.