Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-14555)
Resolución de 7 de julio de 2025, del Centro Español de Metrología, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Centro Docente IES-San Fernando, para la realización de la fase de formación en empresas u organismos equiparados de las enseñanzas de formación profesional.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Quinta.
Sec. III. Pág. 93916
Compromisos del centro docente.
a) Velar por la calidad de las actividades formativas en empresa u organismo
equiparado con las oportunas acciones en las fases de programación, seguimiento y
evaluación.
b) Comunicar a los alumnos, previamente al proceso de selección, los criterios para
la asignación de las plazas formativas disponibles para la realización de la fase de
formación en empresa u organismo equiparado, que se elaborarán siguiendo principios
de objetividad y transparencia, teniendo en cuenta, como se establece en el artículo 155
del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del
Sistema de Formación Profesional, el rendimiento y la asistencia de los alumnos a las
actividades lectivas del centro de formación profesional, sus competencias personales,
capacidad de trabajo en equipo, capacidad para toma de decisiones y capacidad para la
innovación y la creatividad, entre otros criterios. Los criterios de asignación de plazas
formativas se concretarán en el documento denominado relación de alumnos.
c) Colaborar en la selección de los alumnos y asignación de plazas formativas en
los términos que establezca con la entidad colaboradora.
d) Elaborar el Plan de Formación de conformidad con lo establecido por la
Consejería competente en materia de formación profesional. La programación de las
actividades concretas a realizar en la entidad colaboradora se realizará conjuntamente
con el responsable designado por ésta.
e) Proporcionar asesoría y apoyo a la entidad colaboradora en cualquier aspecto
relacionado con la planificación, gestión y desarrollo de la fase de formación en empresa
u organismo equiparado, especialmente en el seguimiento y valoración de las
actividades de los alumnos.
f) Comunicar a la entidad colaboradora la relación de alumnos que se incorporarán
según modelo establecido por la Comunidad de Madrid.
g) Informar a los alumnos, a través de su tutor, de las condiciones y compromisos
de realización de la fase formativa en la entidad colaboradora, entre otras:
h) Realizar el seguimiento y evaluación de los resultados de aprendizaje
establecidos en el plan de formación de los alumnos, en coordinación con el tutor de
empresa u organismo equiparado, y calificar a los alumnos teniendo en cuenta el informe
del tutor de la entidad colaboradora.
i) Formalizar la documentación en la que se establezca la relación de alumnos que
realizarán la fase de formación en centros de trabajo de la entidad colaboradora, la oferta
formativa cursada, calendario y horario de actividades, el plan de formación a desarrollar
por el alumno, los documentos de seguimiento y evaluación, así como cualquier otro
cve: BOE-A-2025-14555
Verificable en https://www.boe.es
1. Identificarse, durante la estancia en la entidad colaboradora mediante DNI o
documento acreditativo de la identidad y tarjeta de identificación del centro docente.
2. Cumplir las normas de carácter interno de la entidad colaboradora y seguirá las
instrucciones que reciba de sus responsables.
3. Cumplir el calendario, horario y plan de formación acordado con la entidad
colaboradora.
4. Aplicar y cumplir adecuadamente con las tareas formativas que se le
encomienden en la entidad colaboradora, de acuerdo con el plan de formación y la
programación establecida, respetando el régimen interno de funcionamiento de la
misma.
5. Respetar y cuidar los medios materiales que se pongan a su disposición.
6. Comunicar a la entidad colaboradora y al centro docente con la antelación que
sea posible cualquier ausencia.
7. Respetar la normativa de organización, prevención de riesgos laborales,
emergencias y protocolos ambientales establecidos por la entidad colaboradora, así
como la política de confidencialidad aludida en este convenio.
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Quinta.
Sec. III. Pág. 93916
Compromisos del centro docente.
a) Velar por la calidad de las actividades formativas en empresa u organismo
equiparado con las oportunas acciones en las fases de programación, seguimiento y
evaluación.
b) Comunicar a los alumnos, previamente al proceso de selección, los criterios para
la asignación de las plazas formativas disponibles para la realización de la fase de
formación en empresa u organismo equiparado, que se elaborarán siguiendo principios
de objetividad y transparencia, teniendo en cuenta, como se establece en el artículo 155
del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del
Sistema de Formación Profesional, el rendimiento y la asistencia de los alumnos a las
actividades lectivas del centro de formación profesional, sus competencias personales,
capacidad de trabajo en equipo, capacidad para toma de decisiones y capacidad para la
innovación y la creatividad, entre otros criterios. Los criterios de asignación de plazas
formativas se concretarán en el documento denominado relación de alumnos.
c) Colaborar en la selección de los alumnos y asignación de plazas formativas en
los términos que establezca con la entidad colaboradora.
d) Elaborar el Plan de Formación de conformidad con lo establecido por la
Consejería competente en materia de formación profesional. La programación de las
actividades concretas a realizar en la entidad colaboradora se realizará conjuntamente
con el responsable designado por ésta.
e) Proporcionar asesoría y apoyo a la entidad colaboradora en cualquier aspecto
relacionado con la planificación, gestión y desarrollo de la fase de formación en empresa
u organismo equiparado, especialmente en el seguimiento y valoración de las
actividades de los alumnos.
f) Comunicar a la entidad colaboradora la relación de alumnos que se incorporarán
según modelo establecido por la Comunidad de Madrid.
g) Informar a los alumnos, a través de su tutor, de las condiciones y compromisos
de realización de la fase formativa en la entidad colaboradora, entre otras:
h) Realizar el seguimiento y evaluación de los resultados de aprendizaje
establecidos en el plan de formación de los alumnos, en coordinación con el tutor de
empresa u organismo equiparado, y calificar a los alumnos teniendo en cuenta el informe
del tutor de la entidad colaboradora.
i) Formalizar la documentación en la que se establezca la relación de alumnos que
realizarán la fase de formación en centros de trabajo de la entidad colaboradora, la oferta
formativa cursada, calendario y horario de actividades, el plan de formación a desarrollar
por el alumno, los documentos de seguimiento y evaluación, así como cualquier otro
cve: BOE-A-2025-14555
Verificable en https://www.boe.es
1. Identificarse, durante la estancia en la entidad colaboradora mediante DNI o
documento acreditativo de la identidad y tarjeta de identificación del centro docente.
2. Cumplir las normas de carácter interno de la entidad colaboradora y seguirá las
instrucciones que reciba de sus responsables.
3. Cumplir el calendario, horario y plan de formación acordado con la entidad
colaboradora.
4. Aplicar y cumplir adecuadamente con las tareas formativas que se le
encomienden en la entidad colaboradora, de acuerdo con el plan de formación y la
programación establecida, respetando el régimen interno de funcionamiento de la
misma.
5. Respetar y cuidar los medios materiales que se pongan a su disposición.
6. Comunicar a la entidad colaboradora y al centro docente con la antelación que
sea posible cualquier ausencia.
7. Respetar la normativa de organización, prevención de riesgos laborales,
emergencias y protocolos ambientales establecidos por la entidad colaboradora, así
como la política de confidencialidad aludida en este convenio.