Comunidad Autónoma de Galicia. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2025-14502)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Justicia, de la Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto de Medicina Legal de Galicia, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
3.
Sec. II.B. Pág. 93730
No podrán tomar parte en este concurso:
a) El personal declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión.
b) Los médicos forenses que se encuentren en situación de excedencia voluntaria
por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de
permanencia en dicha situación.
c) El personal sancionado con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres
años, para destino en la misma localidad en la que se le impuso la sanción, si se trata de
falta grave o muy grave, respectivamente.
d) Las personas que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan
tomado posesión del destino que les fue adjudicado.
Tercera.
Puestos que se pueden solicitar.
1. Las personas participantes podrán solicitar los puestos de trabajo relacionados
en anexo I.
Cada uno de los puestos se identificará por un número de orden.
2. También se podrán solicitar los puestos genéricos que queden vacantes como
consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto
de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que se pretendan amortizar ante un proyecto
de modificación de las relaciones de puestos de trabajo o reordenación de efectivos de
un centro de trabajo en que no se anunciará ninguna resulta correspondiente al cuerpo.
Cada una de las plazas a resultas se identificará con un número de orden.
Los puestos de trabajo solicitados (tanto del anexo I como las resultas) tienen que
identificarse por el número de orden de la convocatoria. Si se desea solicitar varios
puestos de un mismo centro de trabajo, deberán indicarse los números de orden
correspondientes a cada uno de dichos puestos.
A fin de que las posibles personas solicitantes puedan ejercer el derecho que se les
reconoce de solicitar las resultas producidas por la resolución del concurso, desde la
fecha de publicación de esta resolución y durante el periodo de presentación de
solicitudes, se expondrá en la página web de la Consellería de Presidencia, Justicia y
Deportes (conselleríadepresidencia.xunta.gal), la relación de puestos de trabajo que
pueden solicitarse con indicación del número de orden de dichos puestos.
3. Los médicos forenses participantes deberán asegurarse de que los números de
orden de convocatoria que especifiquen en su instancia corresponden a los publicados
para este concurso, tanto en el anexo I como en las resultas, a fin de evitar que se
indiquen otros códigos erróneamente ya que, transcurrido el plazo de presentación, no
se admitirá ninguna modificación a la solicitud formulada ni renuncia en caso de
adjudicación.
4. Excepcionalmente podrá eliminarse alguna de las plazas anunciadas como
vacantes, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que
obligara a ello.
Presentación de solicitudes y documentación.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán ajustarse al modelo
publicado como anexo II de esta resolución, cumplimentando todos los apartados que se
le exijan.
2. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles siguientes al
de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o Diario
Oficial de la Comunidad Autónoma simultáneamente y dirigidas a la Dirección General
de Justicia de Galicia.
Si dicha simultaneidad no fuese posible, los términos y plazos establecidos se
contarán, en todo caso, a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del
Estado.
cve: BOE-A-2025-14502
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
3.
Sec. II.B. Pág. 93730
No podrán tomar parte en este concurso:
a) El personal declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión.
b) Los médicos forenses que se encuentren en situación de excedencia voluntaria
por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de
permanencia en dicha situación.
c) El personal sancionado con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres
años, para destino en la misma localidad en la que se le impuso la sanción, si se trata de
falta grave o muy grave, respectivamente.
d) Las personas que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan
tomado posesión del destino que les fue adjudicado.
Tercera.
Puestos que se pueden solicitar.
1. Las personas participantes podrán solicitar los puestos de trabajo relacionados
en anexo I.
Cada uno de los puestos se identificará por un número de orden.
2. También se podrán solicitar los puestos genéricos que queden vacantes como
consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto
de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que se pretendan amortizar ante un proyecto
de modificación de las relaciones de puestos de trabajo o reordenación de efectivos de
un centro de trabajo en que no se anunciará ninguna resulta correspondiente al cuerpo.
Cada una de las plazas a resultas se identificará con un número de orden.
Los puestos de trabajo solicitados (tanto del anexo I como las resultas) tienen que
identificarse por el número de orden de la convocatoria. Si se desea solicitar varios
puestos de un mismo centro de trabajo, deberán indicarse los números de orden
correspondientes a cada uno de dichos puestos.
A fin de que las posibles personas solicitantes puedan ejercer el derecho que se les
reconoce de solicitar las resultas producidas por la resolución del concurso, desde la
fecha de publicación de esta resolución y durante el periodo de presentación de
solicitudes, se expondrá en la página web de la Consellería de Presidencia, Justicia y
Deportes (conselleríadepresidencia.xunta.gal), la relación de puestos de trabajo que
pueden solicitarse con indicación del número de orden de dichos puestos.
3. Los médicos forenses participantes deberán asegurarse de que los números de
orden de convocatoria que especifiquen en su instancia corresponden a los publicados
para este concurso, tanto en el anexo I como en las resultas, a fin de evitar que se
indiquen otros códigos erróneamente ya que, transcurrido el plazo de presentación, no
se admitirá ninguna modificación a la solicitud formulada ni renuncia en caso de
adjudicación.
4. Excepcionalmente podrá eliminarse alguna de las plazas anunciadas como
vacantes, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que
obligara a ello.
Presentación de solicitudes y documentación.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán ajustarse al modelo
publicado como anexo II de esta resolución, cumplimentando todos los apartados que se
le exijan.
2. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles siguientes al
de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o Diario
Oficial de la Comunidad Autónoma simultáneamente y dirigidas a la Dirección General
de Justicia de Galicia.
Si dicha simultaneidad no fuese posible, los términos y plazos establecidos se
contarán, en todo caso, a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del
Estado.
cve: BOE-A-2025-14502
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.