Comunidad Autónoma de Galicia. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2025-14502)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Justicia, de la Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto de Medicina Legal de Galicia, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 93729
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
14502
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Justicia, de la
Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se convoca
concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el
Instituto de Medicina Legal de Galicia, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley orgánica 6/1985, de 1
de julio, del poder judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al
servicio de la administración de justicia, se anuncia concurso de traslados para la
provisión de puestos genéricos vacantes que se citan en el anexo I, para el Instituto de
Medicina Legal de Galicia, entre el personal funcionario del cuerpo de médicos forenses,
de acuerdo con las siguientes
Bases
Primera.
Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslados, de
los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las relaciones de puestos de
trabajo del Instituto de Medicina Legal de Galicia.
En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley
orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la administración
de justicia, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.
1. Podrán tomar parte en este concurso el personal funcionario de carrera
perteneciente al cuerpo de médicos forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en
que esté destinado, y reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación
de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del
concurso.
2. Sólo podrán tomar parte en este concurso los médicos forenses si en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años
desde que se adoptó la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en el
que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino
definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso.
Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que
se adoptaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como
segundo año, el año natural siguiente.
El personal funcionario que no tenga destino definitivo está obligado a participar en
los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación
temporal.
cve: BOE-A-2025-14502
Verificable en https://www.boe.es
Segunda. Requisitos y condiciones de participación.
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 93729
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
14502
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Justicia, de la
Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se convoca
concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el
Instituto de Medicina Legal de Galicia, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley orgánica 6/1985, de 1
de julio, del poder judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al
servicio de la administración de justicia, se anuncia concurso de traslados para la
provisión de puestos genéricos vacantes que se citan en el anexo I, para el Instituto de
Medicina Legal de Galicia, entre el personal funcionario del cuerpo de médicos forenses,
de acuerdo con las siguientes
Bases
Primera.
Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslados, de
los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las relaciones de puestos de
trabajo del Instituto de Medicina Legal de Galicia.
En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley
orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la administración
de justicia, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.
1. Podrán tomar parte en este concurso el personal funcionario de carrera
perteneciente al cuerpo de médicos forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en
que esté destinado, y reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación
de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del
concurso.
2. Sólo podrán tomar parte en este concurso los médicos forenses si en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años
desde que se adoptó la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en el
que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino
definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso.
Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que
se adoptaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como
segundo año, el año natural siguiente.
El personal funcionario que no tenga destino definitivo está obligado a participar en
los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación
temporal.
cve: BOE-A-2025-14502
Verificable en https://www.boe.es
Segunda. Requisitos y condiciones de participación.