Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2025-14437)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la estimación de la superficie en regadío, en la demarcación hidrográfica del Júcar, mediante teledetección, para su inclusión en la planificación hidrológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93410
debidamente acreditada. Las retribuciones del PDI de la UCLM se satisfarán con cargo
al capítulo 1 del presupuesto ordinario de la Universidad.
En el caso en que exista remanente en la aportación financiera de la CHJ, y la UCLM
no quiera o no pueda destinarlo a actuaciones relacionadas con el objeto del convenio,
deberá reintegrarlo a aquella en el plazo de un mes desde la resolución del convenio.
Transcurrido el plazo máximo de un mes sin que se haya producido el reintegro, la
UCLM deberá abonarle –también en el plazo de un mes a contar desde ese momento–
el interés de demora aplicable al citado reintegro, que será en todo caso el que resulte
de las disposiciones de carácter general reguladoras del gasto público y de la actividad
económico-financiera del sector público (52.2.a) LRJSP).
Si el importe de los gastos en que incurra la UCLM como consecuencia de la
ejecución del convenio fuera superior a la cantidad indicada anteriormente, en ningún
caso tendrá aquélla derecho a exigir cuantía alguna que supere el límite máximo de la
cantidad que se ha comprometido a entregar la CHJ (204.000 euros, IVA incluido)
(52.2.b) LRJSP).
Los trabajos a desarrollar se detallan en la Memoria Técnica adjunta, y en base a las
tareas a desarrollar expuestas en dicha memoria se estima que el devengo por parte de
la CHJ será de 51.000 euros IVA incluido por año clasificado (2024, 2025, 2026 y 2027).
Los pagos se realizarán conforme a de la siguiente forma:
– Primer pago, en noviembre de 2025, correspondiente al trabajo ejecutado durante
el periodo comprendido entre el inicio efectivo del presente convenio y el 31 de octubre,
con el límite máximo del 100 % de la cantidad consignada para esa anualidad.
– Cinco pagos semestrales en mayo de 2026, 2027 y 2028 y en noviembre de 2026
y 2027.
– Pago final, correspondiente al restante importe justificado de los gastos imputables
al proyecto.
Con la siguiente distribución de anualidades:
Ejercicio 2025: 36.500 euros.
Ejercicio 2026: 70.000 euros.
Ejercicio 2027: 65.000 euros.
Ejercicio 2028: 32.500 euros.
El
abono
de
dichas
cantidades
se
hará
efectivo
en
la
c/c
número ES53 3190 2051 6162 2969 3020, abierta en Globalcaja o la que comunique
formalmente la UCLM, a nombre de la Universidad de Castilla la Mancha, contra factura
a nombre de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.
Quinta. Comisión de Dirección.
De acuerdo con lo previsto en el apartado 49.f de la LRJSP, para el seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del presente convenio, se crea una Comisión de
Dirección de los trabajos formada por la Jefa de la Oficina de Planificación Hidrológica y
la Jefa de Servicio Técnico, por parte de la CHJ y por el profesor responsable de los
trabajos y por el Director del Grupo de Teledetección y SIG, por parte de la UCLM,
actuando la Jefa de la Oficina de Planificación Hidrológica como Presidente de dicha
comisión. Ambas entidades podrán designar asesores técnicos o suplentes que integren
la mencionada comisión.
La comisión será la responsable de la dirección de los trabajos, dando las
instrucciones necesarias para la realización de los mismos, realizando su seguimiento y
coordinación. Sus decisiones, serán vinculantes para las partes. Sus reuniones se
celebrarán con carácter periódico y siempre que lo solicite cualquiera de las partes.
La comisión podrá designar a una persona o equipo para la coordinación del
personal que desarrolle los trabajos objeto de este convenio. Asimismo, podrán
cve: BOE-A-2025-14437
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93410
debidamente acreditada. Las retribuciones del PDI de la UCLM se satisfarán con cargo
al capítulo 1 del presupuesto ordinario de la Universidad.
En el caso en que exista remanente en la aportación financiera de la CHJ, y la UCLM
no quiera o no pueda destinarlo a actuaciones relacionadas con el objeto del convenio,
deberá reintegrarlo a aquella en el plazo de un mes desde la resolución del convenio.
Transcurrido el plazo máximo de un mes sin que se haya producido el reintegro, la
UCLM deberá abonarle –también en el plazo de un mes a contar desde ese momento–
el interés de demora aplicable al citado reintegro, que será en todo caso el que resulte
de las disposiciones de carácter general reguladoras del gasto público y de la actividad
económico-financiera del sector público (52.2.a) LRJSP).
Si el importe de los gastos en que incurra la UCLM como consecuencia de la
ejecución del convenio fuera superior a la cantidad indicada anteriormente, en ningún
caso tendrá aquélla derecho a exigir cuantía alguna que supere el límite máximo de la
cantidad que se ha comprometido a entregar la CHJ (204.000 euros, IVA incluido)
(52.2.b) LRJSP).
Los trabajos a desarrollar se detallan en la Memoria Técnica adjunta, y en base a las
tareas a desarrollar expuestas en dicha memoria se estima que el devengo por parte de
la CHJ será de 51.000 euros IVA incluido por año clasificado (2024, 2025, 2026 y 2027).
Los pagos se realizarán conforme a de la siguiente forma:
– Primer pago, en noviembre de 2025, correspondiente al trabajo ejecutado durante
el periodo comprendido entre el inicio efectivo del presente convenio y el 31 de octubre,
con el límite máximo del 100 % de la cantidad consignada para esa anualidad.
– Cinco pagos semestrales en mayo de 2026, 2027 y 2028 y en noviembre de 2026
y 2027.
– Pago final, correspondiente al restante importe justificado de los gastos imputables
al proyecto.
Con la siguiente distribución de anualidades:
Ejercicio 2025: 36.500 euros.
Ejercicio 2026: 70.000 euros.
Ejercicio 2027: 65.000 euros.
Ejercicio 2028: 32.500 euros.
El
abono
de
dichas
cantidades
se
hará
efectivo
en
la
c/c
número ES53 3190 2051 6162 2969 3020, abierta en Globalcaja o la que comunique
formalmente la UCLM, a nombre de la Universidad de Castilla la Mancha, contra factura
a nombre de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.
Quinta. Comisión de Dirección.
De acuerdo con lo previsto en el apartado 49.f de la LRJSP, para el seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del presente convenio, se crea una Comisión de
Dirección de los trabajos formada por la Jefa de la Oficina de Planificación Hidrológica y
la Jefa de Servicio Técnico, por parte de la CHJ y por el profesor responsable de los
trabajos y por el Director del Grupo de Teledetección y SIG, por parte de la UCLM,
actuando la Jefa de la Oficina de Planificación Hidrológica como Presidente de dicha
comisión. Ambas entidades podrán designar asesores técnicos o suplentes que integren
la mencionada comisión.
La comisión será la responsable de la dirección de los trabajos, dando las
instrucciones necesarias para la realización de los mismos, realizando su seguimiento y
coordinación. Sus decisiones, serán vinculantes para las partes. Sus reuniones se
celebrarán con carácter periódico y siempre que lo solicite cualquiera de las partes.
La comisión podrá designar a una persona o equipo para la coordinación del
personal que desarrolle los trabajos objeto de este convenio. Asimismo, podrán
cve: BOE-A-2025-14437
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 167