Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-14440)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Red Secundaria Campo de Dalías (Almería): Mejora de la Capacidad de Regulación de Dalías».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93460
ejecución de obras, con objeto de garantizar la preservación de cualquier bien cultural.
En caso de aparición de hallazgos casuales de restos arqueológicos o paleontológicos,
se notificará inmediatamente al órgano competente de la Junta de Andalucía, o bien al
Ayuntamiento de El Ejido, de acuerdo con la legislación vigente.
La Delegación Territorial Turismo, Cultura y Deporte en Almería de la Junta de
Andalucía considera innecesaria la realización de una actividad arqueológica previa ya
que, por las condiciones de visibilidad del terreno, ocupado por cultivos en invernaderos,
los resultados serían nulos desde el punto de vista del patrimonio histórico. No obstante,
al no quedar totalmente acreditada la nula afección al patrimonio arqueológico, considera
necesaria la realización, durante la fase de construcción de la balsa de regulación, de un
control arqueológico de los movimientos de tierra, conforme a la legislación vigente en la
materia. El promotor acepta dicha medida y la incorpora en el proyecto.
c.7
Población y medio socioeconómico.
El documento ambiental recoge que, durante la fase de construcción, se pueden
producir molestias a la población por el incremento de los niveles de ruido y vibraciones,
emisiones de gases y partículas, y disminución de la permeabilidad territorial, si bien, la
actuación proyectada se localiza en una zona agrícola de invernaderos alejada de
núcleos urbanos. Durante la fase de funcionamiento, las instalaciones propias de la
balsa serán una fuente generadora de ruido y vibraciones. El promotor considera dicho
impacto como compatible, al tratarse de una zona de uso agrícola situada a más de 2 km
del núcleo urbano más cercano, y contempla medidas de insonorización en las
estaciones de bombeo y cerramientos, que mitigarán el ruido generado en el proceso de
funcionamiento. Se realizarán controles periódicos de las emisiones sonoras para
garantizar que no se excedan los límites admisibles establecidos en la normativa vigente.
En el caso de que el análisis de los resultados revele niveles sonoros por encima de los
valores admisibles, se aplicarán las medidas de ajuste necesarias a fin de reducirlos.
El documento ambiental prevé un impacto positivo en la economía local de la zona
durante las obras, y con el funcionamiento del proyecto una mejora en el abastecimiento
continuo de agua a la población.
La Delegación Territorial de Salud y Consumo en Almería de la Junta de Andalucía,
en el ámbito de sus competencias, señala que no se esperan impactos significativos
negativos en la salud con el desarrollo del proyecto, habiéndose optimizado los
existentes, por lo que otorga su conformidad a la autorización solicitada.
El documento ambiental informa que el proyecto se ajustará a las normas
urbanísticas en vigor que se apliquen en el municipio afectado, contempla la reposición
de todos los bienes y servicios afectados por las obras, así como el mantenimiento de la
permeabilidad territorial.
La Delegación Territorial de Almería de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía considera que, desde el punto de vista de
la ordenación del territorio, la actuación propuesta es coherente con las previsiones del
Plan de Ordenación del Territorio del Poniente Almeriense (POTPA).
El documento ambiental incluye un apartado específico que analiza la vulnerabilidad
del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes. Se analizan riesgos
naturales como inundación, riesgo sísmico, riesgo de desprendimiento y hundimiento,
fenómenos meteorológicos adversos, incendios forestales, etc.; y riesgos tecnológicos
como explosiones e incendios derivados de actividades industriales, debido al transporte
de mercancías peligrosas, contaminación atmosférica y de la capa freática o suelo, etc.
El apartado concluye que la probabilidad de ocurrencia de los citados riesgos es «baja»,
con una vulnerabilidad «baja» o «media» y que el riesgo es «escaso», salvo en el caso
de sismicidad, incendios forestales y riesgo de rotura de la balsa, los cuales presentan
cve: BOE-A-2025-14440
Verificable en https://www.boe.es
c.8 Vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves o de
catástrofes.
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 93460
ejecución de obras, con objeto de garantizar la preservación de cualquier bien cultural.
En caso de aparición de hallazgos casuales de restos arqueológicos o paleontológicos,
se notificará inmediatamente al órgano competente de la Junta de Andalucía, o bien al
Ayuntamiento de El Ejido, de acuerdo con la legislación vigente.
La Delegación Territorial Turismo, Cultura y Deporte en Almería de la Junta de
Andalucía considera innecesaria la realización de una actividad arqueológica previa ya
que, por las condiciones de visibilidad del terreno, ocupado por cultivos en invernaderos,
los resultados serían nulos desde el punto de vista del patrimonio histórico. No obstante,
al no quedar totalmente acreditada la nula afección al patrimonio arqueológico, considera
necesaria la realización, durante la fase de construcción de la balsa de regulación, de un
control arqueológico de los movimientos de tierra, conforme a la legislación vigente en la
materia. El promotor acepta dicha medida y la incorpora en el proyecto.
c.7
Población y medio socioeconómico.
El documento ambiental recoge que, durante la fase de construcción, se pueden
producir molestias a la población por el incremento de los niveles de ruido y vibraciones,
emisiones de gases y partículas, y disminución de la permeabilidad territorial, si bien, la
actuación proyectada se localiza en una zona agrícola de invernaderos alejada de
núcleos urbanos. Durante la fase de funcionamiento, las instalaciones propias de la
balsa serán una fuente generadora de ruido y vibraciones. El promotor considera dicho
impacto como compatible, al tratarse de una zona de uso agrícola situada a más de 2 km
del núcleo urbano más cercano, y contempla medidas de insonorización en las
estaciones de bombeo y cerramientos, que mitigarán el ruido generado en el proceso de
funcionamiento. Se realizarán controles periódicos de las emisiones sonoras para
garantizar que no se excedan los límites admisibles establecidos en la normativa vigente.
En el caso de que el análisis de los resultados revele niveles sonoros por encima de los
valores admisibles, se aplicarán las medidas de ajuste necesarias a fin de reducirlos.
El documento ambiental prevé un impacto positivo en la economía local de la zona
durante las obras, y con el funcionamiento del proyecto una mejora en el abastecimiento
continuo de agua a la población.
La Delegación Territorial de Salud y Consumo en Almería de la Junta de Andalucía,
en el ámbito de sus competencias, señala que no se esperan impactos significativos
negativos en la salud con el desarrollo del proyecto, habiéndose optimizado los
existentes, por lo que otorga su conformidad a la autorización solicitada.
El documento ambiental informa que el proyecto se ajustará a las normas
urbanísticas en vigor que se apliquen en el municipio afectado, contempla la reposición
de todos los bienes y servicios afectados por las obras, así como el mantenimiento de la
permeabilidad territorial.
La Delegación Territorial de Almería de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía considera que, desde el punto de vista de
la ordenación del territorio, la actuación propuesta es coherente con las previsiones del
Plan de Ordenación del Territorio del Poniente Almeriense (POTPA).
El documento ambiental incluye un apartado específico que analiza la vulnerabilidad
del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes. Se analizan riesgos
naturales como inundación, riesgo sísmico, riesgo de desprendimiento y hundimiento,
fenómenos meteorológicos adversos, incendios forestales, etc.; y riesgos tecnológicos
como explosiones e incendios derivados de actividades industriales, debido al transporte
de mercancías peligrosas, contaminación atmosférica y de la capa freática o suelo, etc.
El apartado concluye que la probabilidad de ocurrencia de los citados riesgos es «baja»,
con una vulnerabilidad «baja» o «media» y que el riesgo es «escaso», salvo en el caso
de sismicidad, incendios forestales y riesgo de rotura de la balsa, los cuales presentan
cve: BOE-A-2025-14440
Verificable en https://www.boe.es
c.8 Vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves o de
catástrofes.