Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-14440)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Red Secundaria Campo de Dalías (Almería): Mejora de la Capacidad de Regulación de Dalías».
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167

Sábado 12 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 93459

excepción al régimen general de protección de la flora y fauna silvestres y sus hábitats
(artículo 9 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y fauna silvestres). Asimismo,
la traslocación deberá contar con resolución favorable del órgano competente en materia
de conservación de la flora y la fauna silvestres en Andalucía, debido a la inclusión de la
especie en el CAEA según los artículos 12 y 14 del Decreto 23/2012, de 14 de febrero,
por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y
sus hábitats.
– Las medidas anteriores deberán ser contempladas en el programa de vigilancia
ambiental para su correcta implantación y seguimiento.
c.5

Paisaje.

El documento ambiental indica que la principal afección durante la construcción se
producirá por la presencia de maquinaria de obra, movimientos de tierras y ejecución de
las actuaciones proyectadas, la cual tendrá un carácter temporal y estará minimizada al
situarse en una zona altamente antropizada por la presencia de invernaderos, balsas de
riego, etc. que disminuyen el valor paisajístico de la zona.
Durante la fase de explotación, la presencia de la balsa supone una incidencia visual
que quedará minimizada por la baja fragilidad y calidad paisajística del entorno por la alta
presencia de invernaderos y otras infraestructuras en la zona, quedando situada en una
zona de reducido impacto visual. El análisis de cuencas visuales realizado indica que la
balsa no resultaría visible desde los puntos con cota más baja de la comarca del Campo
de Dalías, por lo que la percepción y capacidad visual de la misma por parte de la
población será mínima.
La Delegación Territorial de Almería de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía considera que la valoración del impacto
paisajístico de la actuación está analizada adecuadamente y resulta de la estimación de
las cuencas visuales en la balsa, en general la balsa no resultaría visible desde puntos
con cota más baja próximos y sí para observadores más lejanos. De entre las medidas
correctoras propuestas, la más efectiva es la integración paisajística de los taludes
resultantes, mediante una revegetación con especies autóctonas, por lo que una
adecuada ejecución y mantenimiento de estas plantaciones, minimizarían el impacto
paisajístico.
El proyecto contempla la restauración ambiental y paisajística de las zonas
afectadas. En el caso de la balsa, se prevé la integración paisajística mediante una
revegetación perimetral con especies autóctonas. Los materiales de las instalaciones
proyectadas serán similares a los de las construcciones circundantes, utilizándose
materiales, texturas y coloraciones que no produzcan un fuerte contraste con el entorno,
con acabados compatibles con las normas urbanísticas municipales y tendentes a
favorecer la integración paisajística de los elementos en el entorno.
Patrimonio cultural.

El promotor afirma que no se ha detectado ningún Bien de Interés Cultural (BIC) o
elemento de patrimonio arqueológico en el ámbito afectado, encontrándose los más
próximos a una distancia superior a 5 km, por lo que considera nulo el impacto del
proyecto sobre el patrimonio cultural. Tampoco, prevé afección a vías pecuarias.
El documento ambiental recoge que las posibles afecciones sobre el patrimonio
cultural se producirían, fundamentalmente, debido a los movimientos de tierras de las
actuaciones proyectadas. Cuando se tenga constancia de yacimientos próximos a la
zona de obras, se procederá a colocar un vallado de protección. En caso de producirse
alguna afección no prevista, se notificará al órgano competente de la Junta de Andalucía
y se procederá a la restauración de los elementos dañados, de acuerdo con sus
indicaciones.
A pesar de no prever ninguna afección sobre el patrimonio cultural, el promotor
contempla medidas de seguimiento y control arqueológico y paleontológico en fase de

cve: BOE-A-2025-14440
Verificable en https://www.boe.es

c.6