Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Universitat Politècnica de València. Estatutos. (BOE-A-2025-14379)
Decreto 122/2024, de 24 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Politècnica de València.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93066
La regulación planteada no implica cargas administrativas innecesarias o accesorias
ni más consumo de los recursos públicos. La regulación resulta proporcionada, ya que
regula los aspectos imprescindibles para posibilitar el cumplimiento de dicho objetivo. Se
cumple igualmente el principio de seguridad jurídica, dado que las medidas que
incorpora respetan el marco normativo y son congruentes con el ordenamiento jurídico.
Respecto al principio de transparencia, en la elaboración de la norma se han seguido
los distintos trámites propios de la participación pública, esto es, consulta pública y
trámites de audiencia e información pública y además se cumple con la normativa
referida a la publicidad activa del procedimiento.
La propuesta de Estatutos de la Universitat Politècnica de València ha sido tramitada
de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 38.1 de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, habiéndose realizado el previo control de
legalidad. Asimismo, en su tramitación se han emitido todos los informes preceptivos
exigidos por las diferentes normas de aplicación.
El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior ha sido informado
de la propuesta de estos Estatutos en la sesión de 9 de julio de 2024.
Por todo ello, con todos los informes preceptivos solicitados y emitidos, en virtud de
lo establecido en el artículo 38.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, en el artículo 6.3 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de
coordinación del Sistema Universitario Valenciano, de conformidad con el artículo 28.c de
la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del conseller de Educación,
Cultura, Universidades y Empleo, visto el informe de la Abogacía General de la
Generalitat, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y
previa deliberación del Consell, en la reunión del día 24 de septiembre de 2024.
DECRETO
Artículo único.
Aprobación de los Estatutos de la Universitat Politècnica de València.
Se aprueban los Estatutos de la Universitat Politècnica de València, de acuerdo con
el texto contenido en el anexo a este decreto.
Disposición adicional primera. Publicación de la disposición en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado».
Este decreto se remitirá al «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y al «Boletín
Oficial del Estado» para su publicación, según lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Disposición adicional segunda.
Limitación al gasto.
La aplicación y desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la
dotación de los capítulos de gasto asignados a la Generalitat y, en todo caso, deberá ser
atendido con los medios personales y materiales de la Universitat Politècnica de
València.
Derogación normativa.
Queda derogado el Decreto 182/2011, de 25 de noviembre, del Consell, por el que se
aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Valencia.
cve: BOE-A-2025-14379
Verificable en https://www.boe.es
Disposición derogatoria única.
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93066
La regulación planteada no implica cargas administrativas innecesarias o accesorias
ni más consumo de los recursos públicos. La regulación resulta proporcionada, ya que
regula los aspectos imprescindibles para posibilitar el cumplimiento de dicho objetivo. Se
cumple igualmente el principio de seguridad jurídica, dado que las medidas que
incorpora respetan el marco normativo y son congruentes con el ordenamiento jurídico.
Respecto al principio de transparencia, en la elaboración de la norma se han seguido
los distintos trámites propios de la participación pública, esto es, consulta pública y
trámites de audiencia e información pública y además se cumple con la normativa
referida a la publicidad activa del procedimiento.
La propuesta de Estatutos de la Universitat Politècnica de València ha sido tramitada
de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 38.1 de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, habiéndose realizado el previo control de
legalidad. Asimismo, en su tramitación se han emitido todos los informes preceptivos
exigidos por las diferentes normas de aplicación.
El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior ha sido informado
de la propuesta de estos Estatutos en la sesión de 9 de julio de 2024.
Por todo ello, con todos los informes preceptivos solicitados y emitidos, en virtud de
lo establecido en el artículo 38.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, en el artículo 6.3 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de
coordinación del Sistema Universitario Valenciano, de conformidad con el artículo 28.c de
la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del conseller de Educación,
Cultura, Universidades y Empleo, visto el informe de la Abogacía General de la
Generalitat, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y
previa deliberación del Consell, en la reunión del día 24 de septiembre de 2024.
DECRETO
Artículo único.
Aprobación de los Estatutos de la Universitat Politècnica de València.
Se aprueban los Estatutos de la Universitat Politècnica de València, de acuerdo con
el texto contenido en el anexo a este decreto.
Disposición adicional primera. Publicación de la disposición en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado».
Este decreto se remitirá al «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y al «Boletín
Oficial del Estado» para su publicación, según lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Disposición adicional segunda.
Limitación al gasto.
La aplicación y desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la
dotación de los capítulos de gasto asignados a la Generalitat y, en todo caso, deberá ser
atendido con los medios personales y materiales de la Universitat Politècnica de
València.
Derogación normativa.
Queda derogado el Decreto 182/2011, de 25 de noviembre, del Consell, por el que se
aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Valencia.
cve: BOE-A-2025-14379
Verificable en https://www.boe.es
Disposición derogatoria única.