Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Universitat Politècnica de València. Estatutos. (BOE-A-2025-14379)
Decreto 122/2024, de 24 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Politècnica de València.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93075
que todo su estudiantado pueda cursar un período de sus estudios universitarios en
universidades de otros países.
g) El fomento y expansión de la cultura y el conocimiento por medio de programas
de formación permanente o a lo largo de la vida diseñados e implementados con respeto
a la diversidad cultural y lingüística.
h) Favorecer la práctica deportiva de todas las personas miembros de la comunidad
universitaria, compatibilizándolo con sus actividades universitarias.
i) El fomento de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos
universitarios y la composición equilibrada de sus órganos de gobierno.
j) Garantizar la igualdad de trato y no discriminación por razones de sexo, género,
orientación sexual, raza, etnia, religión, discapacidad, lengua o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social en todos los ámbitos universitarios.
k) Impulsar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad
adoptando medidas que aseguren su adaptación e integración en todos los ámbitos
universitarios.
Artículo 3. Responsabilidad Social Universitaria.
La Universitat Politècnica de València sigue los criterios de sostenibilidad ambiental,
social y de gobernanza para:
a) Impulsar las políticas de igualdad efectiva de mujeres y hombres e igualdad de
trato y no discriminación en todos los ámbitos universitarios.
b) Promover la sostenibilidad medioambiental para la reducción del cambio
climático y los riesgos asociados.
c) Fomentar y garantizar la salud y la seguridad en el trabajo.
d) Favorecer la cooperación al desarrollo y el voluntariado.
e) Potenciar el uso del valenciano como lengua de especial protección y respeto en
la administración y potenciar el uso del valenciano y de idiomas extranjeros en la
Universitat, fomentando la elaboración de títulos y programas conjuntos que incorporen
como opción el uso de idiomas extranjeros.
f) Favorecer el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
g) Rendir cuentas a la sociedad del uso de sus medios y recursos humanos,
materiales y económicos, desarrollar sus actividades mediante una gestión eficiente y
transparente y ofrecer un servicio público de calidad, en el ejercicio de su autonomía.
h) Promover en todos los ámbitos académicos la formación, docencia e
investigación en derechos de la infancia y adolescencia en general y en la lucha contra la
violencia ejercida sobre los mismos en particular.
i) Fomentar una cultura del buen trato en todos los ámbitos académicos.
Artículo 4. Lenguas oficiales.
1. Las lenguas oficiales de la Universitat Politècnica de València son las de la
Comunitat Valenciana.
2. La Universitat Politècnica de València fomentará y facilitará el conocimiento y uso
como lengua de transmisión universitaria de la lengua oficial propia de la Comunitat
Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los presentes Estatutos, y en la
normativa autonómica, desarrollando planes específicos al respecto.
3. La Universitat establecerá para la comunidad universitaria programas de acogida
que favorezcan el conocimiento suficiente de las lenguas oficiales.
cve: BOE-A-2025-14379
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 167
Sábado 12 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93075
que todo su estudiantado pueda cursar un período de sus estudios universitarios en
universidades de otros países.
g) El fomento y expansión de la cultura y el conocimiento por medio de programas
de formación permanente o a lo largo de la vida diseñados e implementados con respeto
a la diversidad cultural y lingüística.
h) Favorecer la práctica deportiva de todas las personas miembros de la comunidad
universitaria, compatibilizándolo con sus actividades universitarias.
i) El fomento de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos
universitarios y la composición equilibrada de sus órganos de gobierno.
j) Garantizar la igualdad de trato y no discriminación por razones de sexo, género,
orientación sexual, raza, etnia, religión, discapacidad, lengua o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social en todos los ámbitos universitarios.
k) Impulsar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad
adoptando medidas que aseguren su adaptación e integración en todos los ámbitos
universitarios.
Artículo 3. Responsabilidad Social Universitaria.
La Universitat Politècnica de València sigue los criterios de sostenibilidad ambiental,
social y de gobernanza para:
a) Impulsar las políticas de igualdad efectiva de mujeres y hombres e igualdad de
trato y no discriminación en todos los ámbitos universitarios.
b) Promover la sostenibilidad medioambiental para la reducción del cambio
climático y los riesgos asociados.
c) Fomentar y garantizar la salud y la seguridad en el trabajo.
d) Favorecer la cooperación al desarrollo y el voluntariado.
e) Potenciar el uso del valenciano como lengua de especial protección y respeto en
la administración y potenciar el uso del valenciano y de idiomas extranjeros en la
Universitat, fomentando la elaboración de títulos y programas conjuntos que incorporen
como opción el uso de idiomas extranjeros.
f) Favorecer el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
g) Rendir cuentas a la sociedad del uso de sus medios y recursos humanos,
materiales y económicos, desarrollar sus actividades mediante una gestión eficiente y
transparente y ofrecer un servicio público de calidad, en el ejercicio de su autonomía.
h) Promover en todos los ámbitos académicos la formación, docencia e
investigación en derechos de la infancia y adolescencia en general y en la lucha contra la
violencia ejercida sobre los mismos en particular.
i) Fomentar una cultura del buen trato en todos los ámbitos académicos.
Artículo 4. Lenguas oficiales.
1. Las lenguas oficiales de la Universitat Politècnica de València son las de la
Comunitat Valenciana.
2. La Universitat Politècnica de València fomentará y facilitará el conocimiento y uso
como lengua de transmisión universitaria de la lengua oficial propia de la Comunitat
Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los presentes Estatutos, y en la
normativa autonómica, desarrollando planes específicos al respecto.
3. La Universitat establecerá para la comunidad universitaria programas de acogida
que favorezcan el conocimiento suficiente de las lenguas oficiales.
cve: BOE-A-2025-14379
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 167