Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-14290)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica Coral Solar, de 150 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Jueves 10 de julio de 2025
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Sec. III. Pág. 92367

Suelo, geología y geomorfología.

El área de estudio se encuentra en la parte centro occidental de la Cuenca del
Duero. La alternativa seleccionada se ubica sobre dos potenciales terrazas, originadas
por el curso del río Zapardiel, con pendientes entre 0-15 %. A 32 m al norte del recinto
C1 se encuentra el Lugar de Interés Geológico (LIG) «Sedimentos aluviales y
paleosuelos de las terrazas altas del río Duero en Medina del Campo».
Durante las obras, se podría producir la contaminación del suelo por vertidos
accidentales, así como la modificación de la geomorfología por los movimientos de tierra. El
promotor prevé la adecuación de algunos de los caminos de acceso a las instalaciones,
mediante el aporte de zahorra. Además, será necesaria la creación de un nuevo vial para el
acceso a la SEC Coral Solar, de 391 m de longitud. Finalmente, se prevé un excedente de
tierras de 935 m3. El promotor indica que, si estas son óptimas, se reutilizarán en el interior
de la planta fotovoltaica, no siendo necesario trasladarlas a vertederos o canteras.
El promotor jalonará la zona de obras para evitar la compactación fuera de esta,
retirará los primeros 25 cm de la capa superficial del suelo para su acopio y posterior
reutilización, dispondrá barreras absorbentes hidrófugas y equipo de aspiración de
derrames y de excavación para extraer la tierra en caso de contaminación, dispondrá
cubas estancas en la zona de los transformadores y la subestación para la recogida en
caso de derrame y restaurará las superficies afectadas, recuperando las condiciones
originales en aquellas zonas que queden libres de módulos y otras infraestructuras.
Durante el funcionamiento, se producirá la ocupación permanente del suelo por las
infraestructuras proyectadas y se podría producir la contaminación de los suelos por
vertidos accidentales. No se espera que se produzcan procesos erosivos, ya que la zona
no presenta grandes pendientes.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León informa que el margen norte de la zona C1 es colindante con el LIG «Sedimentos
aluviales y paleosuelos de las terrazas altas del río Duero en Medina del Campo». Dado
que las actuaciones no se encuentran directamente sobre el LIG, no prevén afecciones
sobre este, si bien señala medidas para la protección de los suelos, que se recogen en el
condicionado de esta resolución.
Este órgano ambiental concluye que para prevenir afecciones sobre el LIG
«Sedimentos aluviales y paleosuelos de las terrazas altas del río Duero, en Medina del
Campo» muy cercano a las actuaciones proyectadas, es necesario balizar la zona, lo
que se incluye en el condicionado de esta resolución.
Hidrología.

El proyecto se ubica en su totalidad en la cuenca hidrográfica del Duero. El río Zapardiel
es la principal masa de agua superficial y se encuentra a 40 m de las actuaciones
proyectadas, que quedan dentro de la zona de policía del cauce. También hay numerosos
arroyos y barrancos en la zona, como el arroyo de la Cañadilla, el barranco de la Jimena, el
barranco del Romanero, el barranco de San Isidro y cuatro arroyos innominados. En
relación con la hidrología subterránea, las actuaciones proyectadas se ubican sobre un
acuífero mixto profundo y un acuífero superficial libre denominado «Medina del Campo».
Durante las obras, se podrían producir afecciones al río Zapardiel y su red
subsidiaria, por la posible contaminación del cauce y el arrastre de materiales, aunque la
mayoría de los cauces son de carácter estacional. El vallado atravesará algunos arroyos
y barrancos, mediante un cable del que pendan varillas o chapas basculantes de
pequeño diámetro, que cubra la totalidad de la sección y permitiendo el normal discurrir
de las aguas. El cruce de las líneas de evacuación con los cauces de la zona se
realizará mediante perforación dirigida, a excepción de cruce de la LSMT sobre el río
Zapardiel, que se realizará por un paso existente, aunque se valorará realizar una
perforación dirigida en caso de no poder afrontarse el cruce desde un punto de vista
técnico. En ningún caso se modificará la sección natural o la orografía del cauce y la
disposición de los módulos respetará la zona de servidumbre.

cve: BOE-A-2025-14290
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