Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14175)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, sobre intercambio recíproco de información en materia estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91678
IV
Conforme a lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en materia de convenios, y en el
marco del deber de colaboración que se regula en su artículo 141, los representantes de
las partes que suscriben este convenio consideran que es muy beneficioso para el
cumplimiento de los fines públicos establecer un mecanismo de cesión e intercambio de
información que permita aunar esfuerzos, compartir experiencia y conocimientos y
mejorar la eficiencia de la gestión pública.
En este sentido, ambas partes están interesadas en establecer una línea prioritaria
de colaboración en el ámbito del intercambio de la información necesaria para desarrollar
más eficazmente las funciones que tienen atribuidas, teniendo en cuenta que los
organismos representados son depositarios de un importante volumen de valiosa
información de origen administrativo y estadístico susceptible de ser utilizada ambas
partes en sus respectivos ámbitos competenciales.
Dentro de las funciones de las partes firmantes destacan las de naturaleza
estadística previamente mencionadas, además de las necesarias para el seguimiento de
las actuaciones relativas al FSE, que competen al Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes.
Esta colaboración puede extenderse, además, a otros ámbitos de interés mutuo
relacionados con los sectores de la educación, la formación profesional y el deporte
mediante la suscripción de la oportuna adenda al convenio.
V
En consecuencia, siendo jurídicamente procedente fijar un marco de colaboración e
intercambio de información entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la
Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes, las partes acuerdan
celebrar el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Segunda.
Destinatarios y utilización de la información cedida.
La información cedida por ambas partes en aplicación de lo establecido en este
convenio solo podrá tener por destinatarios a los órganos de la TGSS y del MEFD que
tengan atribuidas las funciones que justifican la cesión, recogidas, por aplicación de la
normativa vigente, en el propio convenio, sin que en ningún caso puedan ser
destinatarios organismos, órganos o entes que realicen funciones distintas.
Los destinatarios de información de naturaleza estadística, en función de su
sometimiento al secreto estadístico por las funciones que desarrollan, podrán facilitar
cve: BOE-A-2025-14175
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio tiene por objeto mantener el marco establecido de colaboración
entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Subsecretaría de Educación,
Formación Profesional y Deportes (MEFD) para el intercambio y cesión de información
que facilite el desarrollo de las competencias que las partes que lo suscriben tienen
encomendadas.
A estos efectos se establecen las condiciones de cesión y utilización de la
información y los procedimientos específicos en los que se concreta la colaboración, sin
perjuicio de su extensión a otros ámbitos en los que el intercambio y cesión de la
información pueda favorecer el desarrollo de las actividades que corresponde realizar a
cada parte y que, consecuentemente, mejoren el potencial de utilización de los datos
administrativos y su aprovechamiento estadístico para el cumplimiento de los fines de
interés general que corresponde a ambas partes.
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91678
IV
Conforme a lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en materia de convenios, y en el
marco del deber de colaboración que se regula en su artículo 141, los representantes de
las partes que suscriben este convenio consideran que es muy beneficioso para el
cumplimiento de los fines públicos establecer un mecanismo de cesión e intercambio de
información que permita aunar esfuerzos, compartir experiencia y conocimientos y
mejorar la eficiencia de la gestión pública.
En este sentido, ambas partes están interesadas en establecer una línea prioritaria
de colaboración en el ámbito del intercambio de la información necesaria para desarrollar
más eficazmente las funciones que tienen atribuidas, teniendo en cuenta que los
organismos representados son depositarios de un importante volumen de valiosa
información de origen administrativo y estadístico susceptible de ser utilizada ambas
partes en sus respectivos ámbitos competenciales.
Dentro de las funciones de las partes firmantes destacan las de naturaleza
estadística previamente mencionadas, además de las necesarias para el seguimiento de
las actuaciones relativas al FSE, que competen al Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes.
Esta colaboración puede extenderse, además, a otros ámbitos de interés mutuo
relacionados con los sectores de la educación, la formación profesional y el deporte
mediante la suscripción de la oportuna adenda al convenio.
V
En consecuencia, siendo jurídicamente procedente fijar un marco de colaboración e
intercambio de información entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la
Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes, las partes acuerdan
celebrar el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Segunda.
Destinatarios y utilización de la información cedida.
La información cedida por ambas partes en aplicación de lo establecido en este
convenio solo podrá tener por destinatarios a los órganos de la TGSS y del MEFD que
tengan atribuidas las funciones que justifican la cesión, recogidas, por aplicación de la
normativa vigente, en el propio convenio, sin que en ningún caso puedan ser
destinatarios organismos, órganos o entes que realicen funciones distintas.
Los destinatarios de información de naturaleza estadística, en función de su
sometimiento al secreto estadístico por las funciones que desarrollan, podrán facilitar
cve: BOE-A-2025-14175
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio tiene por objeto mantener el marco establecido de colaboración
entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Subsecretaría de Educación,
Formación Profesional y Deportes (MEFD) para el intercambio y cesión de información
que facilite el desarrollo de las competencias que las partes que lo suscriben tienen
encomendadas.
A estos efectos se establecen las condiciones de cesión y utilización de la
información y los procedimientos específicos en los que se concreta la colaboración, sin
perjuicio de su extensión a otros ámbitos en los que el intercambio y cesión de la
información pueda favorecer el desarrollo de las actividades que corresponde realizar a
cada parte y que, consecuentemente, mejoren el potencial de utilización de los datos
administrativos y su aprovechamiento estadístico para el cumplimiento de los fines de
interés general que corresponde a ambas partes.