Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14174)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud y el Centro de Investigaciones Sociológicas, O.A., para la realización de la segunda edición de la Encuesta Nacional de Salud Sexual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 91670

Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días
hábiles desde su formalización, según se establece en el artículo 48.8 de la
Ley 40//2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por acuerdo unánime de las partes, en cualquier momento antes de la finalización
del plazo de vigencia previsto en esta cláusula, el convenio podrá renovarse de forma
expresa por periodos anuales hasta un total de cuatro años adicionales. Esta renovación,
la cual se llevará a cabo siempre mediante adenda que se tramitará de conformidad a lo
dispuesto en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, producirá efectos a partir de su inscripción en REOICO. Asimismo, se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización.
Sexta. Seguimiento y evaluación.
Para la supervisión y seguimiento del presente convenio se constituirá una Comisión
de Seguimiento, Evaluación y Control cuya composición, funciones y calendario de
reuniones serán los siguientes:
Composición:
– Por parte del CIS, la Directora General de Coordinación e Investigación del CIS, o
persona en quien delegue.
– Por parte del Ministerio de Sanidad, la persona titular de la Dirección General de
Salud Pública y Equidad en Salud, o persona en quien delegue.
– Un/a vocal de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud del
Ministerio de Sanidad.
– Un/a vocal de la Secretaría General del CIS.
La persona titular de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud
ejercerá las funciones de Presidencia de la Comisión y la persona que designe como
vocal el CIS ejercerá como Secretario/a.
Funciones: Además de la función genérica de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del presente convenio y de sus compromisos adquiridos por las partes, la
Comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio.
Por otro lado, la Comisión también podrá realizar, en caso de ser necesario, las
siguientes funciones:

De la misma forma, en su última reunión, constatará la finalización conforme de la
investigación y comprobará el empleo de los fondos destinados a la misma, de acuerdo
con la cláusula cuarta y el anexo, aprobando la correspondiente liquidación en la que se
valoren los costes en los que se haya incurrido de forma definitiva y a satisfacción de
ambas partes.
Calendario: La Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control se reunirá a instancia
de cualquiera de las partes y al menos dos veces en el periodo de vigencia del convenio,
la primera de ellas para su constitución y para la valoración de los trabajos previos a la
recogida de información, y la segunda para valorar los trabajos realizados con carácter
previo a su finalización, pudiéndose incorporar a las reuniones personas expertas que

cve: BOE-A-2025-14174
Verificable en https://www.boe.es

a) El estudio sobre la conveniencia de prorrogar este convenio.
b) Proponer las variaciones o mejoras en el texto del convenio.
c) La resolución de incidencias que surjan como consecuencia de la aplicación de
este convenio.
d) Las demás funciones que se consideren necesarias para la mejor aplicación del
convenio.