Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-14086)
Real Decreto 533/2025, de 24 de junio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 91266

3. Habida cuenta de las actualizaciones en las denominaciones de los estándares
de competencia profesionales y/o de los módulos profesionales, en caso de
discrepancia, prevalecerá la codificación frente a la denominación.
Artículo 14.
B y A.

Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título y de los grados C,

1. Las administraciones competentes incluirán en el currículo de este ciclo
formativo y de los grados C, B y A incluidos en él los elementos necesarios para
garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el
currículo en «diseño para todas las personas».
2. Asimismo, dichas administraciones adoptarán las medidas necesarias para que
este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo y los grados C, B y A
incluidos en él en las condiciones establecidas en la disposición final segunda del texto
refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y
en el artículo 21 del Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las
condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con
discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del
público.
CAPÍTULO V
Grados C, B y A
Artículo 15. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Formación Profesional
de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios.
1. Se establece el certificado profesional SSC_C_001_4B. Atención al cliente y
organización de actos de protocolo en servicios funerarios que figura en el anexo V,
apartado a), así como los certificados de competencia recogidos en el anexo VI,
apartado a) y las acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo VII.
2. Se establece el certificado profesional SSC_C_002_4B. Operaciones en
servicios funerarios que figura en el anexo V, apartado b). En dicho anexo se incluye el
módulo profesional 1736. Conducción y mantenimiento básico de vehículos funerarios,
no incluido en el título. Se establecen los certificados de competencia recogidos en el
anexo VI, apartado b) y las acreditaciones parciales de competencia recogidas en el
anexo VII.
Espacios y equipamientos para la impartición de los grados A y B.

1. Las administraciones podrán ajustar y limitar los requisitos de espacios y
recursos regulados para las formaciones de mayor amplitud a los referidos estrictamente
al módulo profesional específico de la oferta de Grado B, sin que se requiera el
cumplimiento de la totalidad de requisitos previstos para los grados C o D en que estén
incluidas.
2. Las administraciones podrán ajustar y limitar los requisitos de espacios y
equipamientos previstos a los referidos estrictamente a los resultados de aprendizaje
específicos de la oferta de Grado A, sin que se requiera el cumplimiento de la totalidad
de requisitos previstos para los grados B, C o D en que están incluidos.

cve: BOE-A-2025-14086
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Artículo 16.