Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-14086)
Real Decreto 533/2025, de 24 de junio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025
7.

Sec. I. Pág. 91310

Módulos profesionales del certificado profesional.
Módulos Profesionales

1688. Cremación.
1690. Mantenimiento de instalaciones y gestión de almacén.
1691. Tanatoestética.
1692. Transporte, manipulación y exposición del féretro.
1736. Conducción y mantenimiento básico de vehículos funerarios. (1)
1732. Nivel básico de Prevención de riesgos laborales
(1) Dadas las características del módulo profesional 1736. Conducción y mantenimiento básico de
vehículos funerarios para cursar el mismo es necesario estar en posesión del permiso de conducción B (para
este tipo de vehículos), establecido en el artículo 4 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Conductores.

8. Módulo profesional 1736. Conducción y mantenimiento básico de vehículos
funerarios.
En este certificado profesional se incluye el módulo profesional 1736. Conducción y
mantenimiento básico de vehículos funerarios, cuyo currículo básico se recoge a
continuación:
Módulo Profesional: Conducción y mantenimiento básico de vehículos
funerarios.
Duración: 80 horas.
Código: 1736.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Reconoce la normativa, documentación del transporte funerario, del vehículo y
de los conductores, garantizando las normas de seguridad en la vía pública en los
servicios funerarios.

a) Se ha definido el contrato del seguro del automóvil (elementos de seguro,
derecho del contrato de seguro, el siniestro, metodología aseguradora).
b) Se han definido los convenios de trasporte y derechos y deberes de las partes.
c) Se han identificado los protocolos establecidos de trasporte funerario en los
servicios funerarios.
d) Se ha realizado y comprobado la documentación del servicio funerario.
e) Se ha identificado la documentación (permiso de circulación, permiso para
circular, entre otras) del conductor/a o conductores/as verificando su legalidad e
idoneidad según el tipo de vehículo.
f) Se han identificado los tipos de vehículos del transporte funerarios.
g) Se han descrito las características de los tipos de vehículos.
h) Se ha identificado la documentación del vehículo legalmente exigida: ficha
técnica, permiso circulación, justificante de la ITV, póliza de seguro, parte de accidente,
entendiendo el contenido y finalidad de cada uno de ellos.

cve: BOE-A-2025-14086
Verificable en https://www.boe.es

Criterios de evaluación: