Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-14086)
Real Decreto 533/2025, de 24 de junio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Servicios funerarios, se fijan los aspectos básicos del currículo y las ofertas de grados C, B y A incluidos en este título.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 91308
p) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad
profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando
activamente en la vida económica, social y cultural.
4. Relación de estándares de competencia profesionales del Catálogo
Nacional de Estándares de Competencia Profesionales incluidos en este
certificado profesional.
Los estándares de competencias profesionales incluidos en este certificado
profesional son:
a) UC2011_2: Realizar trabajos de transporte, manipulación y exposición del
féretro.
b) UC2012_2: Realizar trabajos de conducción y mantenimiento básico de
vehículos de transporte funerario.
c) UC2013_2: Realizar trabajos de cremación y mantenimiento de hornos
crematorios.
d) UC2014_2: Realizar las operaciones de mantenimiento de las instalaciones y
maquinaria funeraria.
e) UC2015_2: Realizar operaciones de almacenamiento vinculadas a las
actividades funerarias.
f) UC1607_2: Aplicar técnicas estéticas para la presentación o exposición del
cadáver.
g) UC2519_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos
laborales.
5.
Entorno profesional.
1.Las personas que hayan obtenido el certificado profesional que acredita la
superación de este grado C pueden ejercer su actividad profesional en el sector
funerario, tanto en organismos e instituciones del ámbito público como privado, por
cuenta ajena o de forma autónoma. Desarrollan su actividad dependiendo en su caso,
funcional y/o jerárquicamente de personal con cargo superior. Pueden tener personal a
su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la
actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño
universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.
2.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
a) Funerarios y funerarias.
b) Operadores y operadoras de servicios funerarios.
c) Conductores y conductoras de vehículos funerarios.
d) Operarios y operarias de almacén de productos funerarios.
e) Operarios y operarias de mantenimiento de maquinaria e instalaciones
funerarias.
f) Operadores y operadoras de horno crematorio.
g) Tanatoesteticistas.
Espacios y equipamientos mínimos.
Los espacios y los equipamientos mínimos necesarios quedan establecidos como
siguen:
Espacios.
Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este certificado
profesional son aula polivalente, taller para prácticas, tanatorio y crematorio, cuyos
requisitos serán los indicados en el anexo II.
cve: BOE-A-2025-14086
Verificable en https://www.boe.es
6.
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 91308
p) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad
profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando
activamente en la vida económica, social y cultural.
4. Relación de estándares de competencia profesionales del Catálogo
Nacional de Estándares de Competencia Profesionales incluidos en este
certificado profesional.
Los estándares de competencias profesionales incluidos en este certificado
profesional son:
a) UC2011_2: Realizar trabajos de transporte, manipulación y exposición del
féretro.
b) UC2012_2: Realizar trabajos de conducción y mantenimiento básico de
vehículos de transporte funerario.
c) UC2013_2: Realizar trabajos de cremación y mantenimiento de hornos
crematorios.
d) UC2014_2: Realizar las operaciones de mantenimiento de las instalaciones y
maquinaria funeraria.
e) UC2015_2: Realizar operaciones de almacenamiento vinculadas a las
actividades funerarias.
f) UC1607_2: Aplicar técnicas estéticas para la presentación o exposición del
cadáver.
g) UC2519_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos
laborales.
5.
Entorno profesional.
1.Las personas que hayan obtenido el certificado profesional que acredita la
superación de este grado C pueden ejercer su actividad profesional en el sector
funerario, tanto en organismos e instituciones del ámbito público como privado, por
cuenta ajena o de forma autónoma. Desarrollan su actividad dependiendo en su caso,
funcional y/o jerárquicamente de personal con cargo superior. Pueden tener personal a
su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la
actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño
universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.
2.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
a) Funerarios y funerarias.
b) Operadores y operadoras de servicios funerarios.
c) Conductores y conductoras de vehículos funerarios.
d) Operarios y operarias de almacén de productos funerarios.
e) Operarios y operarias de mantenimiento de maquinaria e instalaciones
funerarias.
f) Operadores y operadoras de horno crematorio.
g) Tanatoesteticistas.
Espacios y equipamientos mínimos.
Los espacios y los equipamientos mínimos necesarios quedan establecidos como
siguen:
Espacios.
Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este certificado
profesional son aula polivalente, taller para prácticas, tanatorio y crematorio, cuyos
requisitos serán los indicados en el anexo II.
cve: BOE-A-2025-14086
Verificable en https://www.boe.es
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