Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2025-14199)
Orden APA/729/2025, de 27 de junio, por la que se homologa el contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco que regirá durante la campaña 2025/2026, cosecha 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91914
tabacos de cada grupo de variedades, cuyo grado de humedad sea superior o inferior en
las cuantías indicadas a continuación, a la humedad de referencia:
Variedad Grupo de variedades Humedad de referencia (%) Cuantía variación (%)
Virginia.
I
16
±4
Burley E.
II
20
±6
Havana.
III
22
±6
En el caso de la recepción de tabacos Virginia que por su elevada humedad tengan
riesgo de fermentación, el comprador podrá rechazarlos o aplicar aumento en el inútil de
estos tabacos.
En el control de humedad podrá estar presente un representante del vendedor.
Las cajas de tabaco se recepcionarán por el comprador siempre que el peso de
tabaco bruto esté comprendido entre 100 y 160 kilogramos. Las cajas deberán llenarse
uniformemente de forma que sean estables una vez apiladas. Con carácter orientativo se
recomienda que el peso medio de las cajas se establezca según el piso foliar de la
siguiente forma: piso X – 120 kg, piso C – 130 kg y piso B – 140 kg.
Los fardos de tabaco se recepcionarán por el comprador siempre que el peso de
tabaco bruto esté comprendido entre 32 y 50 kilogramos.
El tabaco entregado por el vendedor deberá ser de calidad sana, cabal y comercial,
estar libre de residuos fitosanitarios no autorizados, exentos de materias extrañas, y
deberá responder a los requisitos cualitativos mínimos recogidos en el anexo n.º 4 de
este contrato.
Séptima. Selección.
El vendedor se compromete a entregar al comprador el tabaco crudo que cumpla los
requisitos mínimos de calidad, que figuran en el anexo n.º 4 de este contrato.
El vendedor seleccionará obligatoriamente el tabaco de la cosecha por pisos foliares.
En Virginia se recomienda hacer un mínimo de cuatro recolecciones por planta
procurando la máxima uniformidad y limpieza, evitando la presencia de tabacos
excesivamente húmedos para prevenir la aparición de futuras fermentaciones.
Octava. Materias extrañas.
El vendedor cultivará, curará y seleccionará el tabaco de la cosecha evitando la
incorporación de materias extrañas.
Si en el momento de la compra se encontraran materias extrañas tanto orgánicas
(cuerdas vegetales, hierbas, semillas de malas hierbas, restos de cosecha, brotes, etc.)
como inorgánicas (poliuretano expandido, goma espuma, aceites, arena, plásticos,
maderas, papel, metales, cuerdas, etc.), en el interior de la caja o del fardo, el comprador
podrá rechazar las cajas o los fardos que contengan dichas materias extrañas. Si el
volumen de materias extrañas se considerara excesivo (>15 %), el comprador podrá
rechazar la partida completa.
Precios.
De acuerdo con el apartado 5 del anexo VIII del Real Decreto 969/2014, el
comprador se compromete a pagar al vendedor el precio de compra de acuerdo con el
grado de calidad.
Los precios por grado de calidad figuran en el anexo n.º 5 de este contrato.
El comprador y el vendedor acuerdan que, antes del ……. de ………… de 2025,
procederán a la posible revisión de precios del tabaco al alza como resultado de sus
gestiones con las multinacionales tabaqueras destinatarias del producto final. Esa fecha
cve: BOE-A-2025-14199
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91914
tabacos de cada grupo de variedades, cuyo grado de humedad sea superior o inferior en
las cuantías indicadas a continuación, a la humedad de referencia:
Variedad Grupo de variedades Humedad de referencia (%) Cuantía variación (%)
Virginia.
I
16
±4
Burley E.
II
20
±6
Havana.
III
22
±6
En el caso de la recepción de tabacos Virginia que por su elevada humedad tengan
riesgo de fermentación, el comprador podrá rechazarlos o aplicar aumento en el inútil de
estos tabacos.
En el control de humedad podrá estar presente un representante del vendedor.
Las cajas de tabaco se recepcionarán por el comprador siempre que el peso de
tabaco bruto esté comprendido entre 100 y 160 kilogramos. Las cajas deberán llenarse
uniformemente de forma que sean estables una vez apiladas. Con carácter orientativo se
recomienda que el peso medio de las cajas se establezca según el piso foliar de la
siguiente forma: piso X – 120 kg, piso C – 130 kg y piso B – 140 kg.
Los fardos de tabaco se recepcionarán por el comprador siempre que el peso de
tabaco bruto esté comprendido entre 32 y 50 kilogramos.
El tabaco entregado por el vendedor deberá ser de calidad sana, cabal y comercial,
estar libre de residuos fitosanitarios no autorizados, exentos de materias extrañas, y
deberá responder a los requisitos cualitativos mínimos recogidos en el anexo n.º 4 de
este contrato.
Séptima. Selección.
El vendedor se compromete a entregar al comprador el tabaco crudo que cumpla los
requisitos mínimos de calidad, que figuran en el anexo n.º 4 de este contrato.
El vendedor seleccionará obligatoriamente el tabaco de la cosecha por pisos foliares.
En Virginia se recomienda hacer un mínimo de cuatro recolecciones por planta
procurando la máxima uniformidad y limpieza, evitando la presencia de tabacos
excesivamente húmedos para prevenir la aparición de futuras fermentaciones.
Octava. Materias extrañas.
El vendedor cultivará, curará y seleccionará el tabaco de la cosecha evitando la
incorporación de materias extrañas.
Si en el momento de la compra se encontraran materias extrañas tanto orgánicas
(cuerdas vegetales, hierbas, semillas de malas hierbas, restos de cosecha, brotes, etc.)
como inorgánicas (poliuretano expandido, goma espuma, aceites, arena, plásticos,
maderas, papel, metales, cuerdas, etc.), en el interior de la caja o del fardo, el comprador
podrá rechazar las cajas o los fardos que contengan dichas materias extrañas. Si el
volumen de materias extrañas se considerara excesivo (>15 %), el comprador podrá
rechazar la partida completa.
Precios.
De acuerdo con el apartado 5 del anexo VIII del Real Decreto 969/2014, el
comprador se compromete a pagar al vendedor el precio de compra de acuerdo con el
grado de calidad.
Los precios por grado de calidad figuran en el anexo n.º 5 de este contrato.
El comprador y el vendedor acuerdan que, antes del ……. de ………… de 2025,
procederán a la posible revisión de precios del tabaco al alza como resultado de sus
gestiones con las multinacionales tabaqueras destinatarias del producto final. Esa fecha
cve: BOE-A-2025-14199
Verificable en https://www.boe.es
Novena.