Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-14077)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Nueva desaladora de agua de mar a construir en la zona del Valle de Escombreras (Cartagena)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91189
El Ayuntamiento de Cartagena informa que, durante la fase de ejecución de las obras
deberán adoptarse las medidas preventivas y correctoras que se consideren oportunas
para minimizar la producción de polvo, tales como instalación de pantallas cortavientos,
riegos periódicos, disminución de la velocidad de circulación de los vehículos, cubrición
de acopios de residuos y materiales pulverulentos, etc. Estas medidas preventivas son
aceptadas por el promotor.
c.2
Salud y población humana:
El documento ambiental indica que durante las obras se producirá un aumento del
ruido. No obstante, la planta desaladora ocupará una superficie pequeña situada en
suelo industrial. Se contemplan como medidas preventivas la utilización de maquinaria
con control en la emisión de ruido; planificación de las tareas más ruidosas en horario
diurno; no realización simultánea de dos o más actuaciones especialmente ruidosas; y el
adecuado mantenimiento de todos los vehículos y maquinaria a utilizar. Los niveles de
ruido se ajustarán a lo dispuesto en la normativa vigente.
Durante la fase de funcionamiento, las actividades generadoras de ruido serán el
bombeo del agua y el tratamiento por ósmosis inversa. No obstante, la maquinaria estará
dispuesta en recintos cerrados que atenúan el nivel sonoro. El promotor indica que
presentará ante el órgano competente un estudio acústico antes del inicio de la actividad,
de acuerdo con la Ordenanza municipal de protección del medio ambiente contra la
emisión de ruidos y vibraciones (n.º 344, BORM de 22 de enero de 2021). Asimismo, en
el caso de que se superen los objetivos de calidad acústica para el ruido aplicado a las
áreas industriales existentes, se contemplarán tratamientos acústicos como la instalación
de silenciadores, dobles puertas en las entradas y salidas de las diferentes naves,
vestíbulos acústicos, etc.
Suelo y geodiversidad:
El documento ambiental indica que durante la fase de obras es previsible que se
produzca una erosión y pérdida de la calidad del suelo debido al tráfico de maquinaria,
movimiento de tierras y desbroce. Se contempla el jalonamiento de la zona de trabajo
para no ocupar áreas colindantes y el empleo de buenas prácticas en obra. Durante la
fase de funcionamiento no se esperan afecciones sobre el suelo, la edafología, ni
tampoco sobre el patrimonio geológico, situándose el Lugar de Importancia Geológica
(LIG) más cercano, Punta de Escombreras, a 1,90 km de la parcela donde se proyecta la
planta desaladora. El movimiento de tierras necesario para la realización de las obras se
estima en 18.379 m3.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática de la Región de
Murcia solicita que se habiliten contenedores especiales para el almacenamiento
temporal de residuos líquidos, combustible de maquinaria, aceites, etc. Estas zonas
estarán aisladas para evitar el posible derrame de los residuos líquidos y estarán
formadas por una losa y un bordillo de hormigón. Los contenedores se situarán encima
de unas piezas de plástico que previenen el vertido, y que disponen de unos tapones
para su vaciado periódico. El promotor acepta lo indicado.
El documento ambiental indica en relación con la actividad minera de la explotación
«Las Balsetas», ubicada en término municipal de Cartagena (Murcia) y cercana a la
planta desaladora proyectada, que la actual zona de explotación en la que se efectúa el
arranque del mineral mediante la técnica de perforación y voladura con explosivos se
encuentra a más de 800 metros de distancia. El documento considera la nueva
desaladora como una estructura del tipo II contemplada en la norma UNE 22-381-93 y
teniendo en cuenta la carga instantánea máxima operante, informa que no requiere de
medición de control ni estudio de vibraciones.
El Servicio de Minas de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y
Minera de la Región de Murcia indica que el documento ambiental ha contemplado el
escenario más favorable para la implantación de la desaladora, pero no ha tenido en
cve: BOE-A-2025-14077
Verificable en https://www.boe.es
c.3
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91189
El Ayuntamiento de Cartagena informa que, durante la fase de ejecución de las obras
deberán adoptarse las medidas preventivas y correctoras que se consideren oportunas
para minimizar la producción de polvo, tales como instalación de pantallas cortavientos,
riegos periódicos, disminución de la velocidad de circulación de los vehículos, cubrición
de acopios de residuos y materiales pulverulentos, etc. Estas medidas preventivas son
aceptadas por el promotor.
c.2
Salud y población humana:
El documento ambiental indica que durante las obras se producirá un aumento del
ruido. No obstante, la planta desaladora ocupará una superficie pequeña situada en
suelo industrial. Se contemplan como medidas preventivas la utilización de maquinaria
con control en la emisión de ruido; planificación de las tareas más ruidosas en horario
diurno; no realización simultánea de dos o más actuaciones especialmente ruidosas; y el
adecuado mantenimiento de todos los vehículos y maquinaria a utilizar. Los niveles de
ruido se ajustarán a lo dispuesto en la normativa vigente.
Durante la fase de funcionamiento, las actividades generadoras de ruido serán el
bombeo del agua y el tratamiento por ósmosis inversa. No obstante, la maquinaria estará
dispuesta en recintos cerrados que atenúan el nivel sonoro. El promotor indica que
presentará ante el órgano competente un estudio acústico antes del inicio de la actividad,
de acuerdo con la Ordenanza municipal de protección del medio ambiente contra la
emisión de ruidos y vibraciones (n.º 344, BORM de 22 de enero de 2021). Asimismo, en
el caso de que se superen los objetivos de calidad acústica para el ruido aplicado a las
áreas industriales existentes, se contemplarán tratamientos acústicos como la instalación
de silenciadores, dobles puertas en las entradas y salidas de las diferentes naves,
vestíbulos acústicos, etc.
Suelo y geodiversidad:
El documento ambiental indica que durante la fase de obras es previsible que se
produzca una erosión y pérdida de la calidad del suelo debido al tráfico de maquinaria,
movimiento de tierras y desbroce. Se contempla el jalonamiento de la zona de trabajo
para no ocupar áreas colindantes y el empleo de buenas prácticas en obra. Durante la
fase de funcionamiento no se esperan afecciones sobre el suelo, la edafología, ni
tampoco sobre el patrimonio geológico, situándose el Lugar de Importancia Geológica
(LIG) más cercano, Punta de Escombreras, a 1,90 km de la parcela donde se proyecta la
planta desaladora. El movimiento de tierras necesario para la realización de las obras se
estima en 18.379 m3.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática de la Región de
Murcia solicita que se habiliten contenedores especiales para el almacenamiento
temporal de residuos líquidos, combustible de maquinaria, aceites, etc. Estas zonas
estarán aisladas para evitar el posible derrame de los residuos líquidos y estarán
formadas por una losa y un bordillo de hormigón. Los contenedores se situarán encima
de unas piezas de plástico que previenen el vertido, y que disponen de unos tapones
para su vaciado periódico. El promotor acepta lo indicado.
El documento ambiental indica en relación con la actividad minera de la explotación
«Las Balsetas», ubicada en término municipal de Cartagena (Murcia) y cercana a la
planta desaladora proyectada, que la actual zona de explotación en la que se efectúa el
arranque del mineral mediante la técnica de perforación y voladura con explosivos se
encuentra a más de 800 metros de distancia. El documento considera la nueva
desaladora como una estructura del tipo II contemplada en la norma UNE 22-381-93 y
teniendo en cuenta la carga instantánea máxima operante, informa que no requiere de
medición de control ni estudio de vibraciones.
El Servicio de Minas de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y
Minera de la Región de Murcia indica que el documento ambiental ha contemplado el
escenario más favorable para la implantación de la desaladora, pero no ha tenido en
cve: BOE-A-2025-14077
Verificable en https://www.boe.es
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