Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-14077)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Nueva desaladora de agua de mar a construir en la zona del Valle de Escombreras (Cartagena)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Martes 8 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 91196

arqueológica preventiva realizada por el promotor y comprobado que no existen
inconvenientes desde la perspectiva del patrimonio cultural.
c.10

Efectos sinérgicos y acumulativos:

El promotor realiza un análisis de los efectos sinérgicos y acumulativos que puede
producir la ejecución de la nueva planta desaladora sobre el paisaje, considerando el
resto de las actividades que se desarrollan en el Valle de Escombreras, y estableciendo
las medidas oportunas ya mencionadas en el apartado de paisaje.
El documento ambiental analiza los efectos sinérgicos y acumulativos del vertido de
la nueva desaladora proyectada, teniendo en cuenta los vertidos producidos en la
dársena de Escombreras por el resto de las industrias de la zona. En cuanto a la calidad
de las aguas, el parámetro que más variación tendría es la salinidad, aunque sin
producirse un incremento superior a las variaciones normales que tienen lugar en la
dársena a lo largo del año.

El documento ambiental informa, en relación con las sustancias que se almacenarían
en las instalaciones de la planta, que ninguna se encuentra dentro del ámbito de
aplicación del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban
medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que
intervengan sustancias peligrosas.
En relación con las aguas superficiales, la parcela donde se proyecta la planta
desaladora se encuentra a una distancia de 400 m de la zona inundable más cercana
para un periodo de retorno T=100. No obstante, se paralizarán las obras si existe una
alerta específica por lluvias torrenciales en la zona. Respecto a aguas subterráneas, el
punto de agua más cercano se encuentra a 1,6 km de la planta desaladora y la zona
presenta una permeabilidad entre media y baja.
En relación con los incendios, la desaladora proyectada se ubicará en una zona con
riesgo de incendio medio-alto, donde según el Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico se han producido un total de 67 incendios, de los cuales 44 han sido
conatos de incendio, con una superficie quemada de 446 ha entre los años 2006 y 2015.
Por todo ello, el documento ambiental concluye que el riesgo de que se produzca un
accidente grave o daños debidos a una catástrofe queda reducido, tanto por las propias
características del proyecto, como por las medidas previstas para la mitigación de
efectos adversos, por lo que puede considerarse la vulnerabilidad del proyecto como
baja.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática de la Región de
Murcia requiere que, en caso de avería o accidente en la planta que provoque un
incumplimiento de las condiciones establecidas en el informe, se comunique
inmediatamente al servicio competente para adoptar las medidas oportunas. El promotor
deberá remitir un informe detallado del accidente en el que se incluirá el alcance,
valoración de los daños sobre especies, hábitats y espacios protegidos de competencia
regional y las medidas correctoras adoptadas para minimizar el alcance del accidente.
Todo ello acompañado de imágenes y georreferenciación SIG. El promotor acepta dicha
prescripción y la incorpora al documento ambiental y al proyecto.
La Dirección General de Seguridad Ciudadana de la Región de Murcia indica que se
deberán tomar medidas preventivas en los trabajos que puedan originar incendio
forestal, cumpliendo con lo previsto en el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por
el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales. Se deberán
prever procedimientos ante situaciones de lluvias torrenciales y tormentas atendiendo a
los avisos emitidos por la AEMET y tomar medidas protectoras en las zonas próximas al
cauce del Barranco del Charco. Se deberá considerar la vulnerabilidad total y el riesgo
descrito en el Plan Territorial de Contingencias por Contaminación Marina Accidental en
la Región de Murcia (CONMAMUR). Se deberán contemplar medidas frente al riesgo

cve: BOE-A-2025-14077
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c.11 Vulnerabilidad y riegos: