Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-14074)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del Convenio colectivo de Transportes Ferroviarios Especiales, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
j)
Sec. III. Pág. 91147
Sensibilización de la plantilla.
La sensibilización de la plantilla constituye en el Plan de diversidad e inclusión LGTBI
una verdadera estrategia encaminada a promover la toma de conciencia de los graves
problemas que encuentran las personas LGTBI.
k)
Transparencia.
Cualquier persona de la empresa podrá tener acceso a la información sobre la
implementación del Plan para personas LGTBI.
6.
Ámbito personal, territorial y temporal
Ámbito personal
Las disposiciones contenidas en el presente protocolo se aplicarán a las personas
que trabajan en Transfesa Distribución Logística, SA, independientemente del vínculo
jurídico que los una a ésta y, por tanto, será de aplicación no sólo a la plantilla laboral
sino también a cualquier otro personal que pudiera tener una relación asimilable, siempre
que desarrollen su actividad dentro del ámbito organizativo de la empresa.
También se aplicará a las personas trabajadoras de las empresas subcontratadas por
Transfesa Logistics, SA, siempre que, en el marco de la cooperación entre empresas
derivada del artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos
laborales, prestan sus servicios en esta y resulte implicado personal de la empresa.
Finalmente, también debe se aplicará aquellas personas que no forman parte de
Transfesa Logistics, SA, pero que se relacionan con ella debido a su trabajo: clientes/as,
proveedores/as y personas que solicitan un puesto de trabajo.
En caso de que resulte implicado personal ajeno a la empresa, se dará conocimiento
del suceso a sus respectivas empresas, para que sean éstas las que tomen las medidas
que crean oportunas.
Ámbito territorial
El presente Plan de prevención y actuación para la protección de la diversidad e
inclusión del colectivo LGTBI+ se aplica en todos los centros de trabajo de Transfesa
Logistics, SA. En caso de que durante el periodo de vigencia del Plan se establecieran
nuevos centros de trabajo, su aplicación se extenderá a los mismos.
Ámbito temporal
El periodo de vigencia del Plan de prevención y actuación para la protección de la
diversidad e inclusión del colectivo LGTBI+ estará vinculado a la vigencia del convenio
de Empresa de Transfesa y se prorrogará automáticamente con la prórroga de este,
salvo denuncia expresa por alguna de las partes legitimadas para la firma del convenio.
7.
Constitución de la Comisión de la Comisión Negociadora.
En Reunión celebrada el día 10 de enero de 2025 se creó la Comisión negociadora
del Plan de prevención y actuación para la protección de la diversidad e inclusión del
colectivo LGTBI+. Se levanta acta de la reunión celebrada.
La comisión estará compuesta:
Por parte de la empresa:
– Juan Ángel Domingo Fernández, HRBP de Administración de Personal.
– Mario Cáceres Perea, HRBP de Relaciones Laborales.
cve: BOE-A-2025-14074
Verificable en https://www.boe.es
7.1
Proceso de elaboración del plan
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
j)
Sec. III. Pág. 91147
Sensibilización de la plantilla.
La sensibilización de la plantilla constituye en el Plan de diversidad e inclusión LGTBI
una verdadera estrategia encaminada a promover la toma de conciencia de los graves
problemas que encuentran las personas LGTBI.
k)
Transparencia.
Cualquier persona de la empresa podrá tener acceso a la información sobre la
implementación del Plan para personas LGTBI.
6.
Ámbito personal, territorial y temporal
Ámbito personal
Las disposiciones contenidas en el presente protocolo se aplicarán a las personas
que trabajan en Transfesa Distribución Logística, SA, independientemente del vínculo
jurídico que los una a ésta y, por tanto, será de aplicación no sólo a la plantilla laboral
sino también a cualquier otro personal que pudiera tener una relación asimilable, siempre
que desarrollen su actividad dentro del ámbito organizativo de la empresa.
También se aplicará a las personas trabajadoras de las empresas subcontratadas por
Transfesa Logistics, SA, siempre que, en el marco de la cooperación entre empresas
derivada del artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos
laborales, prestan sus servicios en esta y resulte implicado personal de la empresa.
Finalmente, también debe se aplicará aquellas personas que no forman parte de
Transfesa Logistics, SA, pero que se relacionan con ella debido a su trabajo: clientes/as,
proveedores/as y personas que solicitan un puesto de trabajo.
En caso de que resulte implicado personal ajeno a la empresa, se dará conocimiento
del suceso a sus respectivas empresas, para que sean éstas las que tomen las medidas
que crean oportunas.
Ámbito territorial
El presente Plan de prevención y actuación para la protección de la diversidad e
inclusión del colectivo LGTBI+ se aplica en todos los centros de trabajo de Transfesa
Logistics, SA. En caso de que durante el periodo de vigencia del Plan se establecieran
nuevos centros de trabajo, su aplicación se extenderá a los mismos.
Ámbito temporal
El periodo de vigencia del Plan de prevención y actuación para la protección de la
diversidad e inclusión del colectivo LGTBI+ estará vinculado a la vigencia del convenio
de Empresa de Transfesa y se prorrogará automáticamente con la prórroga de este,
salvo denuncia expresa por alguna de las partes legitimadas para la firma del convenio.
7.
Constitución de la Comisión de la Comisión Negociadora.
En Reunión celebrada el día 10 de enero de 2025 se creó la Comisión negociadora
del Plan de prevención y actuación para la protección de la diversidad e inclusión del
colectivo LGTBI+. Se levanta acta de la reunión celebrada.
La comisión estará compuesta:
Por parte de la empresa:
– Juan Ángel Domingo Fernández, HRBP de Administración de Personal.
– Mario Cáceres Perea, HRBP de Relaciones Laborales.
cve: BOE-A-2025-14074
Verificable en https://www.boe.es
7.1
Proceso de elaboración del plan