Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14078)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias, para el desarrollo de actividades en el marco del abordaje de las infecciones de transmisión sexual.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91205
5. Elaborar y diseñar protocolos de atención específicos para los servicios de
urgencia hospitalarios que incluirán la vinculación de los usuarios atendidos a centros de
ITS o a consultas de PrEP en caso de cumplir criterios para su dispensación.
6. Diseñar campañas de prevención de ITS dirigida a sus usuarios en diferentes
entornos, que incluirán entornos hospitalarios y extrahospitalarios dentro de su ámbito de
actuación.
7. Aportar el personal necesario para cumplir con las actuaciones encomendadas
en este convenio.
8. Realizar una contribución económica por un importe total de 30.000 euros
procedentes de los presupuestos generales de dicha entidad para realizar de manera
conjunta con el Ministerio de Sanidad las actuaciones que se detallan en el anexo que
figura a continuación del convenio.
En todas las acciones que se realicen aparecerá el logo del Ministerio de Sanidad y
la DCVIHT junto con el de SEMES y la firma de todas las instituciones firmantes, de
acuerdo con la cláusula undécima del presente convenio.
Cuarta.
Régimen económico-financiero.
1. El coste total de la financiación de las actividades derivadas de la suscripción del
presente convenio se eleva a 160.000 euros.
2. El Ministerio de Sanidad aportará la cantidad de 130.000 euros, que se abonarán
anualmente, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y
suficiente en cada ejercicio, conforme a la siguiente distribución:
a. Ejercicio 2025: una aportación de treinta mil euros (30.000 €) que se imputará a
la partida presupuestaria 26.07.313B.226.10, el 30 de noviembre de 2025, tras la entrega
previa del informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la conformidad
de las mismas por parte de las personas responsables del mecanismo de seguimiento
del convenio.
b. Ejercicio 2026: una aportación de cincuenta mil euros (50.000 €) que se imputará
a la partida presupuestaria 26.07.313B.226.10, el 30 de noviembre de 2026, tras la
entrega previa del informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la
conformidad de las mismas por parte de las personas responsables del mecanismo de
seguimiento del convenio.
c. Ejercicio 2027: una aportación de cincuenta mil euros (50.000 €) que se imputará
a la partida presupuestaria 26.07.313B.226.10, el 30 de noviembre de 2027, tras la
entrega previa del informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la
conformidad de las mismas por parte de las personas responsables del mecanismo de
seguimiento del convenio.
3. SEMES aportará a la financiación del presente convenio la cantidad de 30.000
euros durante el tiempo de vigencia del convenio, conforme a la siguiente distribución:
La previsión del gasto anual de la aplicación del convenio para SEMES para la
ejecución de las actividades objeto del convenio que se detallan en el anexo por cada
uno de los años de vigencia del convenio, se llevará a cabo con cargo al presupuesto de
la propia entidad.
4. A partir de que el convenio adquiera eficacia, y al inicio de cada anualidad, se
presentará un cronograma donde se especificarán cada una de las acciones a realizar
con la fecha prevista de realización y el presupuesto asignado a las mismas, que será
aprobado por el mecanismo de seguimiento del convenio.
cve: BOE-A-2025-14078
Verificable en https://www.boe.es
a. En 2025: una aportación de diez mil euros (10.000 €).
b. En 2026: una aportación de diez mil euros (10.000 €).
c. En 2027: una aportación de diez mil euros (10.000 €).
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91205
5. Elaborar y diseñar protocolos de atención específicos para los servicios de
urgencia hospitalarios que incluirán la vinculación de los usuarios atendidos a centros de
ITS o a consultas de PrEP en caso de cumplir criterios para su dispensación.
6. Diseñar campañas de prevención de ITS dirigida a sus usuarios en diferentes
entornos, que incluirán entornos hospitalarios y extrahospitalarios dentro de su ámbito de
actuación.
7. Aportar el personal necesario para cumplir con las actuaciones encomendadas
en este convenio.
8. Realizar una contribución económica por un importe total de 30.000 euros
procedentes de los presupuestos generales de dicha entidad para realizar de manera
conjunta con el Ministerio de Sanidad las actuaciones que se detallan en el anexo que
figura a continuación del convenio.
En todas las acciones que se realicen aparecerá el logo del Ministerio de Sanidad y
la DCVIHT junto con el de SEMES y la firma de todas las instituciones firmantes, de
acuerdo con la cláusula undécima del presente convenio.
Cuarta.
Régimen económico-financiero.
1. El coste total de la financiación de las actividades derivadas de la suscripción del
presente convenio se eleva a 160.000 euros.
2. El Ministerio de Sanidad aportará la cantidad de 130.000 euros, que se abonarán
anualmente, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y
suficiente en cada ejercicio, conforme a la siguiente distribución:
a. Ejercicio 2025: una aportación de treinta mil euros (30.000 €) que se imputará a
la partida presupuestaria 26.07.313B.226.10, el 30 de noviembre de 2025, tras la entrega
previa del informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la conformidad
de las mismas por parte de las personas responsables del mecanismo de seguimiento
del convenio.
b. Ejercicio 2026: una aportación de cincuenta mil euros (50.000 €) que se imputará
a la partida presupuestaria 26.07.313B.226.10, el 30 de noviembre de 2026, tras la
entrega previa del informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la
conformidad de las mismas por parte de las personas responsables del mecanismo de
seguimiento del convenio.
c. Ejercicio 2027: una aportación de cincuenta mil euros (50.000 €) que se imputará
a la partida presupuestaria 26.07.313B.226.10, el 30 de noviembre de 2027, tras la
entrega previa del informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la
conformidad de las mismas por parte de las personas responsables del mecanismo de
seguimiento del convenio.
3. SEMES aportará a la financiación del presente convenio la cantidad de 30.000
euros durante el tiempo de vigencia del convenio, conforme a la siguiente distribución:
La previsión del gasto anual de la aplicación del convenio para SEMES para la
ejecución de las actividades objeto del convenio que se detallan en el anexo por cada
uno de los años de vigencia del convenio, se llevará a cabo con cargo al presupuesto de
la propia entidad.
4. A partir de que el convenio adquiera eficacia, y al inicio de cada anualidad, se
presentará un cronograma donde se especificarán cada una de las acciones a realizar
con la fecha prevista de realización y el presupuesto asignado a las mismas, que será
aprobado por el mecanismo de seguimiento del convenio.
cve: BOE-A-2025-14078
Verificable en https://www.boe.es
a. En 2025: una aportación de diez mil euros (10.000 €).
b. En 2026: una aportación de diez mil euros (10.000 €).
c. En 2027: una aportación de diez mil euros (10.000 €).