Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-14075)
Orden ITU/723/2025, de 1 de julio, por la que se modifica la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del proyecto estratégico para la recuperación y transformación económica agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91164
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y para el
fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica.
El Ministerio de Industria y Turismo es el Departamento de la Administración General
del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
industria y turismo que abarca, entre otros aspectos, la estrategia y el desarrollo industrial,
del emprendimiento y de la pequeña y mediana empresa; la promoción y defensa de la
propiedad industrial y la política de turismo, así como el resto de competencias y
atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. La gestión que la Administración
General del Estado realiza de estas ayudas, permite introducir un adecuado nivel de
competencia, así como una planificación racional y eficaz de las mismas.
En la elaboración de esta orden han emitido informe el Servicio Jurídico y la
Intervención Delegada en el Departamento, de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos
industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la
Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del
año 2024.
La Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector
agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación
Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024, queda modificada como
sigue:
Uno.
El artículo 1 queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 1. Objeto.
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras
para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a
proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico
para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario (PERTE
Agroalimentario) aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de febrero
de 2022, así como la convocatoria encuadrada en la inversión 2 del
componente 12 correspondiente al año 2024.
Las ayudas previstas en la inversión 7 del Componente 12 serán objeto de una
convocatoria posterior a la publicación de esta orden.»
«1. Las ayudas objeto de esta orden podrán financiarse en el ámbito del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU–, quedando enmarcadas en la inversión 2 o en la inversión 7
del componente 12, contribuyendo al cumplimiento de los hitos y objetivos
asociados a las mismas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estas ayudas podrán financiarse con créditos vinculados al Reglamento (UE)
n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por
el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Su financiación
estará vinculada al cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan de
Recuperación, así como a la estimación de costes vinculada al mismo.
cve: BOE-A-2025-14075
Verificable en https://www.boe.es
Dos. El apartado 1 del artículo 2 queda redactado como sigue:
Núm. 163
Martes 8 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91164
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y para el
fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica.
El Ministerio de Industria y Turismo es el Departamento de la Administración General
del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
industria y turismo que abarca, entre otros aspectos, la estrategia y el desarrollo industrial,
del emprendimiento y de la pequeña y mediana empresa; la promoción y defensa de la
propiedad industrial y la política de turismo, así como el resto de competencias y
atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. La gestión que la Administración
General del Estado realiza de estas ayudas, permite introducir un adecuado nivel de
competencia, así como una planificación racional y eficaz de las mismas.
En la elaboración de esta orden han emitido informe el Servicio Jurídico y la
Intervención Delegada en el Departamento, de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos
industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la
Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del
año 2024.
La Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector
agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación
Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024, queda modificada como
sigue:
Uno.
El artículo 1 queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 1. Objeto.
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras
para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a
proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico
para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario (PERTE
Agroalimentario) aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de febrero
de 2022, así como la convocatoria encuadrada en la inversión 2 del
componente 12 correspondiente al año 2024.
Las ayudas previstas en la inversión 7 del Componente 12 serán objeto de una
convocatoria posterior a la publicación de esta orden.»
«1. Las ayudas objeto de esta orden podrán financiarse en el ámbito del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU–, quedando enmarcadas en la inversión 2 o en la inversión 7
del componente 12, contribuyendo al cumplimiento de los hitos y objetivos
asociados a las mismas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estas ayudas podrán financiarse con créditos vinculados al Reglamento (UE)
n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por
el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Su financiación
estará vinculada al cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan de
Recuperación, así como a la estimación de costes vinculada al mismo.
cve: BOE-A-2025-14075
Verificable en https://www.boe.es
Dos. El apartado 1 del artículo 2 queda redactado como sigue: