Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13971)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Torre del Bierzo, sobre la financiación, ejecución y entrega de las actuaciones en el entorno fluvial del río Boeza a su paso por Ventas de Albares, en Torre del Bierzo (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90527
Sexto.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 b) de la Ley de Aguas, los
organismos de cuenca pueden suscribir convenios para el cumplimiento de las funciones
que tienen atribuidas por la legislación vigente.
Séptimo.
Que el convenio contiene una previsión con relevancia para la legislación patrimonial
consistente en la entrega por parte de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A., a
favor del Ayuntamiento de Torre del Bierzo, de las actuaciones que el organismo de
cuenca se compromete a construir en terrenos que la entidad local pondrá a su
disposición.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A. realizará la operación patrimonial de
transmisión del pleno dominio de la obra, mediante una cesión gratuita de las previstas
en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, previo informe favorable de la Dirección General del
Patrimonio del Estado.
Dado que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A es un organismo público
cuyos bienes no están exceptuados de incorporación (Incorporación al patrimonio de la
Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos) conforme a lo
previsto en el artículo 80.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, se requiere, de
acuerdo con el artículo 188.3 de la misma ley, la comunicación previa de la celebración
de este convenio al Director General del Patrimonio del Estado.
Octavo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de Torre del Bierzo estiman necesario establecer una fórmula coordinada
para la cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de la Ley 9/2017, de
Contratos del Sector Público, así como para su ejecución y la posterior entrega para su
explotación, mantenimiento y conservación.
En base a lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de las actuaciones.
El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones para la colaboración
entre las partes otorgantes para la financiación y ejecución de las actuaciones en el
entorno fluvial del río Boeza a su paso por Las Ventas de Albares, en el municipio de
Torre del Bierzo (León).
Asimismo, también se establece el régimen de la posterior entrega de las obras
ejecutadas para su mantenimiento y conservación.
Duración, modificación y resolución del convenio.
1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal;
adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá una duración
de cuatro años.
No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se
ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo
de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los
cve: BOE-A-2025-13971
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90527
Sexto.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 b) de la Ley de Aguas, los
organismos de cuenca pueden suscribir convenios para el cumplimiento de las funciones
que tienen atribuidas por la legislación vigente.
Séptimo.
Que el convenio contiene una previsión con relevancia para la legislación patrimonial
consistente en la entrega por parte de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A., a
favor del Ayuntamiento de Torre del Bierzo, de las actuaciones que el organismo de
cuenca se compromete a construir en terrenos que la entidad local pondrá a su
disposición.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A. realizará la operación patrimonial de
transmisión del pleno dominio de la obra, mediante una cesión gratuita de las previstas
en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, previo informe favorable de la Dirección General del
Patrimonio del Estado.
Dado que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A es un organismo público
cuyos bienes no están exceptuados de incorporación (Incorporación al patrimonio de la
Administración General del Estado de bienes de los organismos públicos) conforme a lo
previsto en el artículo 80.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, se requiere, de
acuerdo con el artículo 188.3 de la misma ley, la comunicación previa de la celebración
de este convenio al Director General del Patrimonio del Estado.
Octavo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de Torre del Bierzo estiman necesario establecer una fórmula coordinada
para la cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de la Ley 9/2017, de
Contratos del Sector Público, así como para su ejecución y la posterior entrega para su
explotación, mantenimiento y conservación.
En base a lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de las actuaciones.
El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones para la colaboración
entre las partes otorgantes para la financiación y ejecución de las actuaciones en el
entorno fluvial del río Boeza a su paso por Las Ventas de Albares, en el municipio de
Torre del Bierzo (León).
Asimismo, también se establece el régimen de la posterior entrega de las obras
ejecutadas para su mantenimiento y conservación.
Duración, modificación y resolución del convenio.
1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal;
adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá una duración
de cuatro años.
No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se
ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo
de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los
cve: BOE-A-2025-13971
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Segunda.