Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-13964)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XII Convenio colectivo de European Air Transport Leipzig GMBH, Sucursal en España.
30 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90420
CAPÍTULO VI
Seguridad y salud laboral
Artículo 54.
Composición del Comité Seguridad y Salud.
En los centros de trabajo que por su número de trabajadores sea necesaria la
constitución de Comité de Seguridad y Salud Laboral, la composición de este será la
siguiente:
– Los Delegados de Prevención, designados por el Comité de Empresa.
– Igual número de miembros designados por la Empresa.
Tanto los miembros designados por la Empresa, como los Delegados de Prevención
deberán nombrar suplentes, para los casos en que se encuentren ausentes
exclusivamente por enfermedad, vacaciones o necesidades de la operación productiva.
Artículo 55. Delegados prevención designados por la representación de los
trabajadores.
Son designados por el pleno del Comité de Empresa, pudiendo ser o no miembros
del mismo, y su número será en cada centro el que se ajuste a la legislación al respecto
(Artículo 35 Ley Prevención Riesgos Laborales).
El período de vigencia de este cargo, salvo caso de dimisión o cese, coincide con el
del Comité de Empresa.
Los Delegados de Prevención podrán ser cesados por decisión del Comité de
Empresa, en caso de no cumplir con sus labores y competencias.
Esta decisión deberá adoptarse con el voto favorable de la mitad más uno de los
miembros del Comité de Empresa.
Artículo 56. Competencias de los delegados de prevención.
Las competencias de los Delegados de Prevención serán las que marque la
legislación vigente.
Reuniones del CSSL.
El Comité de Seguridad y Salud laboral se reunirá trimestralmente para tratar
asuntos de su competencia.
Las reuniones del CSSL se celebrarán dentro de horas de trabajo y serán computadas
como tiempo de trabajo y, en caso de realizarse fuera de la jornada de trabajo, se
compensará con descanso de igual tiempo dentro de los siguientes dos meses.
De igual forma el tiempo empleado por los miembros del Comité en acciones de
formación en materia de seguridad y salud laboral, les será compensado con igual
tiempo libre en los siguientes dos meses.
El CSSL, igualmente, podrá reunirse con carácter extraordinario, cuando se
produzcan situaciones o acontecimientos puntuales.
Estas reuniones extraordinarias tendrán lugar a petición de cualquier miembro de la
representación Social o Empresarial.
La convocatoria se realizará con un preaviso mínimo de 48 horas entre la petición de
la reunión y su celebración.
Artículo 58.
a)
Informaciones periódicas.
Se entregará periódicamente al CSSL información sobre:
– Las mediciones periódicas de humos, ruidos etc.
– Las materias peligrosas transportadas por EAT.
cve: BOE-A-2025-13964
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 57.
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90420
CAPÍTULO VI
Seguridad y salud laboral
Artículo 54.
Composición del Comité Seguridad y Salud.
En los centros de trabajo que por su número de trabajadores sea necesaria la
constitución de Comité de Seguridad y Salud Laboral, la composición de este será la
siguiente:
– Los Delegados de Prevención, designados por el Comité de Empresa.
– Igual número de miembros designados por la Empresa.
Tanto los miembros designados por la Empresa, como los Delegados de Prevención
deberán nombrar suplentes, para los casos en que se encuentren ausentes
exclusivamente por enfermedad, vacaciones o necesidades de la operación productiva.
Artículo 55. Delegados prevención designados por la representación de los
trabajadores.
Son designados por el pleno del Comité de Empresa, pudiendo ser o no miembros
del mismo, y su número será en cada centro el que se ajuste a la legislación al respecto
(Artículo 35 Ley Prevención Riesgos Laborales).
El período de vigencia de este cargo, salvo caso de dimisión o cese, coincide con el
del Comité de Empresa.
Los Delegados de Prevención podrán ser cesados por decisión del Comité de
Empresa, en caso de no cumplir con sus labores y competencias.
Esta decisión deberá adoptarse con el voto favorable de la mitad más uno de los
miembros del Comité de Empresa.
Artículo 56. Competencias de los delegados de prevención.
Las competencias de los Delegados de Prevención serán las que marque la
legislación vigente.
Reuniones del CSSL.
El Comité de Seguridad y Salud laboral se reunirá trimestralmente para tratar
asuntos de su competencia.
Las reuniones del CSSL se celebrarán dentro de horas de trabajo y serán computadas
como tiempo de trabajo y, en caso de realizarse fuera de la jornada de trabajo, se
compensará con descanso de igual tiempo dentro de los siguientes dos meses.
De igual forma el tiempo empleado por los miembros del Comité en acciones de
formación en materia de seguridad y salud laboral, les será compensado con igual
tiempo libre en los siguientes dos meses.
El CSSL, igualmente, podrá reunirse con carácter extraordinario, cuando se
produzcan situaciones o acontecimientos puntuales.
Estas reuniones extraordinarias tendrán lugar a petición de cualquier miembro de la
representación Social o Empresarial.
La convocatoria se realizará con un preaviso mínimo de 48 horas entre la petición de
la reunión y su celebración.
Artículo 58.
a)
Informaciones periódicas.
Se entregará periódicamente al CSSL información sobre:
– Las mediciones periódicas de humos, ruidos etc.
– Las materias peligrosas transportadas por EAT.
cve: BOE-A-2025-13964
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 57.