Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-13975)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Sistema de almacenamiento de energía "Hibridación La Loma con batería de almacenamiento", de 36 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente "La Loma", en la provincia de Teruel».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90569

seguimiento específico del comportamiento de las poblaciones de alondra ricotí, milano
real, águila perdicera, alimoche, aguilucho cenizo, chova piquirroja, águila real, milano
negro, aguililla calzada, águila culebrera, halcón peregrino, aguilucho lagunero, buitre
leonado, entre otras especies identificadas en el documento ambiental. Cualquier medida
adicional o complementaria propuesta para favorecer el desarrollo de hábitats faunísticos
y vegetales, o para la restauración natural y paisajística será previamente consensuada
con la Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca del Departamento de Medio
Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón. El promotor asume el cumplimiento de las
condiciones, e incluye el censo de especies y localización de nidos en el PVA.
El INAGA informa que el proyecto se ubica en una zona alejada de cursos de agua
con caudales permanentes o semipermanentes con posibilidad de albergar poblaciones
de cangrejo de río y de comederos para aves necrófagas (15 km).
c.6

Espacios protegidos y Red Natura 2000.

El estudio de afecciones incluido en el documento ambiental concluye que no se
producirán afecciones a la Red Natura 2000 ni directa ni indirectamente. El INAGA
coincide con la valoración.
c.7

Paisaje.

El documento ambiental valora la calidad del paisaje como baja, la fragilidad como
media, y la aptitud también como media.
Con el fin de reducir el impacto visual, el promotor contempla aplicar buenas
prácticas ambientales durante las obras. A la finalización de estas, ejecutará el plan de
restauración contenido en el documento ambiental, que incluye la generación de una
pantalla visual alrededor del cerramiento y en las zonas más degradadas por las obras,
con implantación de ejemplares de especies arbustivas propias de la zona y
representativas de los HIC afectados.
El INAGA considera que la pantalla vegetal perimetral propuesta por el promotor se
deberá instalar, tal y como queda recogido en el plan de restauración, alrededor del
cerramiento y también de aquellas zonas más degradadas, a lo que el promotor se
compromete.
Bienes materiales y patrimonio cultural.

La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón informa
inicialmente que la planta de almacenamiento debía ser trasladada a otro sector para
evitar la afección directa a los conjuntos asociados a la Guerra Civil localizados en la
Loma de San Just.
Con objeto de evitar la afección señalada, el promotor propone dos alternativas de
ubicación para el sistema de almacenamiento que traslada a la Dirección General de
Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, cuya resolución, de fecha 30 de abril
de 2025, informa favorablemente la Alternativa 2, condicionado a la aplicación de
diversas medidas preventivas, entre ellas el balizamiento de los restos arqueológicos;
vallado de la planta según la propuesta presentada; delimitación física del conjunto que
impida el acceso rodado la durante la explotación y mantenimiento; y presentación de un
proyecto de instalación de paneles informativos. El promotor presta conformidad a las
medidas preventivas de la citada resolución.
En cuanto a la red vial, el documento ambiental prevé un aumento de tráfico en las
carreteras, caminos y pistas, lo que puede ocasionar interferencias sobre el tráfico. Las
medidas preventivas previstas consisten en minimizar la incidencia sobre las poblaciones
y reforzar la señalización. Una vez finalizadas las obras se restituirán las infraestructuras
que resultasen dañadas. La Diputación de Teruel informa que se debe incluir en el
proyecto un estudio de aumento de tráfico pesado y su afección, que incluya las medidas
correctoras necesarias. El promotor responde que llevará a cabo el estudio solicitado y
consensuará las medidas correctoras necesarias previo al inicio de las obras.

cve: BOE-A-2025-13975
Verificable en https://www.boe.es

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