Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13943)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Fundación Arquia y el Consorcio Casa Mediterráneo, con motivo de la celebración de TAC! Festival de Arquitectura Urbana.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90247
Tercera. Presupuesto y financiación.
El coste máximo estimado para la construcción del pabellón temporal resultado del
concurso es de 200.000 euros, que serán financiados al 50 % por Casa Mediterráneo y la
Fundación Arquia.
La Casa Mediterráneo se compromete a financiar las actuaciones necesarias para el
desarrollo del objeto del presente convenio con cargo a su presupuesto mediante la
aportación de: Cien mil euros (100.000 euros), de la partida 226.99 de los Presupuestos
de la Casa Mediterráneo 2025. La fundación Arquia destinara de sus fondos previstos
para el festival TAC otros cien mil euros (100.000 euros).
Dichos importes irán destinados íntegramente a la construcción del pabellón
temporal resultado del concurso, y en él no se podrán imputar los gastos relativos a
licencias o tasas municipales recogidas en la cláusula Segunda, ni los gastos asociados
al programa cultural a implementar.
Tanto la Fundación Arquia como la Casa Mediterráneo podrán obtener financiación
complementaria a través de patrocinios públicos y privados de la actividad. Las
entidades que muestren interés en patrocinar el evento deberán ser informadas y contar
con el visto bueno de la Fundación Arquia, y de la Casa Mediterráneo.
No serán admisibles las propuestas de patrocinio que puedan ir en contra de los
intereses de la Fundación Arquia como pueden ser los patrocinios de entidades
competidoras tanto de la entidad o colectivos a los que representan.
Cuarta.
Abono de la financiación.
La forma de pago de la aportación por parte de la Casa Mediterráneo a la Fundación
Arquia, será en un único pago en el plazo de 30 (treinta) días naturales desde la firma
del presente convenio y publicación en el REOICO. El abono del importe se realizará
mediante transferencia a la cuenta bancaria, con titularidad de la Fundación Arquia, con
número: ES40 3183 0800 8310 0069 0121.
Quinta. Vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos
adquiridos por las partes.
A efectos del seguimiento de la aplicación del presente convenio se mantendrán en
su caso las reuniones periódicas o intercambio de información o informes, entre las
partes firmantes del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la letra f) del
artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Sexta. Duración.
Séptima.
Modificación.
El presente convenio, podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes que
intervienen en el mismo, y siempre que el oportuno acuerdo de modificación sea
formalizado y se produzca antes de la expiración de su plazo de duración. Cualquier
modificación del convenio debe realizarse a través de adenda modificativa acordada por
las partes y tramitada conforme a los requisitos previstos en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
cve: BOE-A-2025-13943
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio entrará en vigor desde su firma y publicación en el REOICO y
su vigencia se extenderá hasta el desmontaje del pabellón, el 1 de diciembre de 2025,
fecha acordada con la Fundación Arquia, y en todo caso en el plazo máximo de un año.
En el supuesto de que, una vez clausurado TAC! Festival de Arquitectura Urbana, la
Casa Mediterráneo decidiera mantener el pabellón por más tiempo del acordado, el
presente convenio quedará sin efecto en la fecha de clausura, haciéndose cargo Casa
Mediterráneo de todos los trabajos relativos al futuro desmontaje, incluyendo
desplazamientos de los autores, si fueran necesarios.
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90247
Tercera. Presupuesto y financiación.
El coste máximo estimado para la construcción del pabellón temporal resultado del
concurso es de 200.000 euros, que serán financiados al 50 % por Casa Mediterráneo y la
Fundación Arquia.
La Casa Mediterráneo se compromete a financiar las actuaciones necesarias para el
desarrollo del objeto del presente convenio con cargo a su presupuesto mediante la
aportación de: Cien mil euros (100.000 euros), de la partida 226.99 de los Presupuestos
de la Casa Mediterráneo 2025. La fundación Arquia destinara de sus fondos previstos
para el festival TAC otros cien mil euros (100.000 euros).
Dichos importes irán destinados íntegramente a la construcción del pabellón
temporal resultado del concurso, y en él no se podrán imputar los gastos relativos a
licencias o tasas municipales recogidas en la cláusula Segunda, ni los gastos asociados
al programa cultural a implementar.
Tanto la Fundación Arquia como la Casa Mediterráneo podrán obtener financiación
complementaria a través de patrocinios públicos y privados de la actividad. Las
entidades que muestren interés en patrocinar el evento deberán ser informadas y contar
con el visto bueno de la Fundación Arquia, y de la Casa Mediterráneo.
No serán admisibles las propuestas de patrocinio que puedan ir en contra de los
intereses de la Fundación Arquia como pueden ser los patrocinios de entidades
competidoras tanto de la entidad o colectivos a los que representan.
Cuarta.
Abono de la financiación.
La forma de pago de la aportación por parte de la Casa Mediterráneo a la Fundación
Arquia, será en un único pago en el plazo de 30 (treinta) días naturales desde la firma
del presente convenio y publicación en el REOICO. El abono del importe se realizará
mediante transferencia a la cuenta bancaria, con titularidad de la Fundación Arquia, con
número: ES40 3183 0800 8310 0069 0121.
Quinta. Vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos
adquiridos por las partes.
A efectos del seguimiento de la aplicación del presente convenio se mantendrán en
su caso las reuniones periódicas o intercambio de información o informes, entre las
partes firmantes del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la letra f) del
artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Sexta. Duración.
Séptima.
Modificación.
El presente convenio, podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes que
intervienen en el mismo, y siempre que el oportuno acuerdo de modificación sea
formalizado y se produzca antes de la expiración de su plazo de duración. Cualquier
modificación del convenio debe realizarse a través de adenda modificativa acordada por
las partes y tramitada conforme a los requisitos previstos en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
cve: BOE-A-2025-13943
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio entrará en vigor desde su firma y publicación en el REOICO y
su vigencia se extenderá hasta el desmontaje del pabellón, el 1 de diciembre de 2025,
fecha acordada con la Fundación Arquia, y en todo caso en el plazo máximo de un año.
En el supuesto de que, una vez clausurado TAC! Festival de Arquitectura Urbana, la
Casa Mediterráneo decidiera mantener el pabellón por más tiempo del acordado, el
presente convenio quedará sin efecto en la fecha de clausura, haciéndose cargo Casa
Mediterráneo de todos los trabajos relativos al futuro desmontaje, incluyendo
desplazamientos de los autores, si fueran necesarios.