Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13943)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Fundación Arquia y el Consorcio Casa Mediterráneo, con motivo de la celebración de TAC! Festival de Arquitectura Urbana.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90246
quedando la Fundación Arquia exenta de cualquier tasa o impuesto derivado del uso de
ese espacio público que cede el Ayuntamiento.
j) Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra la construcción,
actividades, actos y eventos a celebrar en el pabellón durante el tiempo de permanencia
del mismo en el lugar seleccionado, incluidos el montaje y desmontaje del mismo.
k) Garantizar el correcto mantenimiento del pabellón y sus alrededores, haciendo
uso de los servicios internos necesarios para tal fin.
l) Disponer lo necesario para la celebración de posibles reuniones, eventos de
presentación o exposiciones de los trabajos presentados, cediendo para tal fin sus
espacios que reúnan las condiciones necesarias para las actividades propuestas.
m) Dar difusión de las diferentes fases de TAC! Festival de Arquitectura Urbana en
su web corporativa, RRSS y canales de difusión (físicos o digitales) incorporando el
logotipo e imagen corporativa del TAC! y de la Fundación Arquia en todas las acciones
de difusión, anuncio, web corporativa, programación, prensa, publicaciones, imágenes y
cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio.
n) Suministrar a la otra parte firmante, periódicamente, información sobre las
actividades preparatorias y el desarrollo de la actividad programada.
La Fundación Arquia, se compromete a:
a) Gestionar económicamente todas las actuaciones objeto del convenio.
b) Gestionar íntegramente (desde la redacción de las bases hasta la publicidad del
fallo del jurado) el concurso de proyectos «TAC! Festival de Arquitectura Urbana» en su
edición 2025, en colaboración con la Casa Mediterráneo a través de la Dirección Artística
de TAC!
c) Coordinar la producción de la propuesta de instalación efímera que resulte
ganadora del concurso (transporte, montaje, mantenimiento y vigilancia y desmontaje),
en colaboración con el técnico designado por la Casa Mediterráneo a través de la
Dirección Artística de TAC!. La titularidad del mismo y hasta que sea desmontado
corresponde a Casa Mediterráneo.
d) Gestionar y abonar los gastos de viajes y alojamientos del equipo de
coordinación, y autores.
e) Mantener y sufragar el desarrollo de marca y web de TAC! Festival de
Arquitectura Urbana.
f) Hacerse cargo de la producción gráfica de una exposición de los participantes en
el concurso.
g) Dar difusión de la presente colaboración en sus canales de divulgación (físicos o
digitales) así como en sus perfiles de RRSS y en todo el material físico o digital que se
prepare a tal efecto.
h) Incluir el logo facilitado por la Casa Mediterráneo en la web del evento en calidad
de colaborador, así como en sus perfiles de RRSS y en todo el material físico o digital
que se prepare a tal efecto.
i) Ofrecer derechos compartidos del uso de las imágenes de la instalación efímera y
de los materiales audiovisuales y físicos que se generen en el marco de la iniciativa.
j) Cooperar con la Casa Mediterráneo, a través de la Dirección Artística de TAC! en
la elaboración y aplicación del proyecto cultural asociado a la instalación y a la iniciativa
que regula este convenio que incluya programación de actividades, actos y eventos que
aporte de contenido al Pabellón durante el tiempo que permanezca en activo.
k) Apoyar y contribuir a la difusión de las actividades culturales que se desarrollen
en el pabellón temporal resultado de la colaboración.
l) Suministrar a la otra parte firmante, periódicamente, información sobre las
actividades preparatorias y el desarrollo de la actividad programada.
cve: BOE-A-2025-13943
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90246
quedando la Fundación Arquia exenta de cualquier tasa o impuesto derivado del uso de
ese espacio público que cede el Ayuntamiento.
j) Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra la construcción,
actividades, actos y eventos a celebrar en el pabellón durante el tiempo de permanencia
del mismo en el lugar seleccionado, incluidos el montaje y desmontaje del mismo.
k) Garantizar el correcto mantenimiento del pabellón y sus alrededores, haciendo
uso de los servicios internos necesarios para tal fin.
l) Disponer lo necesario para la celebración de posibles reuniones, eventos de
presentación o exposiciones de los trabajos presentados, cediendo para tal fin sus
espacios que reúnan las condiciones necesarias para las actividades propuestas.
m) Dar difusión de las diferentes fases de TAC! Festival de Arquitectura Urbana en
su web corporativa, RRSS y canales de difusión (físicos o digitales) incorporando el
logotipo e imagen corporativa del TAC! y de la Fundación Arquia en todas las acciones
de difusión, anuncio, web corporativa, programación, prensa, publicaciones, imágenes y
cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio.
n) Suministrar a la otra parte firmante, periódicamente, información sobre las
actividades preparatorias y el desarrollo de la actividad programada.
La Fundación Arquia, se compromete a:
a) Gestionar económicamente todas las actuaciones objeto del convenio.
b) Gestionar íntegramente (desde la redacción de las bases hasta la publicidad del
fallo del jurado) el concurso de proyectos «TAC! Festival de Arquitectura Urbana» en su
edición 2025, en colaboración con la Casa Mediterráneo a través de la Dirección Artística
de TAC!
c) Coordinar la producción de la propuesta de instalación efímera que resulte
ganadora del concurso (transporte, montaje, mantenimiento y vigilancia y desmontaje),
en colaboración con el técnico designado por la Casa Mediterráneo a través de la
Dirección Artística de TAC!. La titularidad del mismo y hasta que sea desmontado
corresponde a Casa Mediterráneo.
d) Gestionar y abonar los gastos de viajes y alojamientos del equipo de
coordinación, y autores.
e) Mantener y sufragar el desarrollo de marca y web de TAC! Festival de
Arquitectura Urbana.
f) Hacerse cargo de la producción gráfica de una exposición de los participantes en
el concurso.
g) Dar difusión de la presente colaboración en sus canales de divulgación (físicos o
digitales) así como en sus perfiles de RRSS y en todo el material físico o digital que se
prepare a tal efecto.
h) Incluir el logo facilitado por la Casa Mediterráneo en la web del evento en calidad
de colaborador, así como en sus perfiles de RRSS y en todo el material físico o digital
que se prepare a tal efecto.
i) Ofrecer derechos compartidos del uso de las imágenes de la instalación efímera y
de los materiales audiovisuales y físicos que se generen en el marco de la iniciativa.
j) Cooperar con la Casa Mediterráneo, a través de la Dirección Artística de TAC! en
la elaboración y aplicación del proyecto cultural asociado a la instalación y a la iniciativa
que regula este convenio que incluya programación de actividades, actos y eventos que
aporte de contenido al Pabellón durante el tiempo que permanezca en activo.
k) Apoyar y contribuir a la difusión de las actividades culturales que se desarrollen
en el pabellón temporal resultado de la colaboración.
l) Suministrar a la otra parte firmante, periódicamente, información sobre las
actividades preparatorias y el desarrollo de la actividad programada.
cve: BOE-A-2025-13943
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 162