Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-13998)
Orden SND/716/2025, de 26 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria para la selección de operaciones «Tardes con Plan», en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90675

Criterio 2. Se valorará el arraigo de otras actuaciones de la entidad en las zonas
locales objetivo. Aquellas entidades que trabajen de manera directa en la zona de
intervención contarán con una puntuación acorde al tiempo, relevancia y/o impacto de
las actuaciones desarrolladas en dicha zona. La zona de referencia de la intervención
(UMI) será el distrito censal tal y como se recoge en el anexo X.
Criterio 3. Se valorará que la actuación se realice en centros educativos vinculados
al desarrollo de políticas públicas de carácter estatal, a través de su participación en los
diferentes mecanismos habilitados para ello desde las diferentes administraciones
públicas. Entre estas: Escuelas Promotoras de Salud, reconocimiento de Centros
Educativos Sostenibles, centros educativos pertenecientes a la Redes Escolares para la
Sostenibilidad (ESenRED), centros educativos con el distintivo Sello Vida Saludable, u
otras iniciativas comprendidas en convocatorias de carácter estatal que incidan en el
cuidado, la promoción y la prevención de la salud en el espacio de intervención, o en el
entorno sobre el que se actúe.
Criterio 4. Se valorará aquellas propuestas en centros educativos públicos
catalogados como centros de difícil desempeño o equivalente, así como la intervención
sobre población no destinataria de programas semejantes.
Bloque 2.

Referidos a plan de trabajo y contenido técnico de la operación
(se valorará con un máximo de 12,5 puntos)

Criterio 5. Se valorará el carácter innovador de las actuaciones, considerando el
valor añadido de aquellas previstas en el marco de la operación, teniendo en cuenta la
descripción efectuada en el anexo III.
Criterio 6. Se valorará la coherencia de las actuaciones propuestas con los objetivos
de la operación, su viabilidad técnica, la adecuación del espacio, y la descripción
metodológica, dentro de la que figurará el análisis de la capacidad de planificación de las
actuaciones propuestas, incluyendo, en su caso, la calendarización propuesta, su
adaptabilidad al entorno y a las personas participantes, su conexión con el trabajo barrial,
con redes de servicios sociales, centros de salud, u otras equivalentes, las estrategias de
fidelización de la participación de la población a la que se dirige, la dinamización del
espacio, la capacidad de aglutinar agentes vivos del entorno, y la evaluación de resultados.
Criterio 7. Se valorará el personal y recursos dedicados a la ejecución de la operación
propuesta: dotación de profesionales; cualificación y experiencia, así como adecuación de
los demás recursos puestos a disposición, así como la formación de equipos
multidisciplinares que además promocionen la igualdad entre hombres y mujeres.
Criterio 8. Se valorará la aplicación de la perspectiva de género en la definición del
plan del trabajo, y el contenido técnico de las actividades, así como en la ejecución,
seguimiento y evaluación de la operación. De igual manera, se valorará la aplicación de
mecanismos de inclusión de diversidades.
Bloque 3. Referidos al impacto potencial de la operación
(se valorará con un máximo de 12,5 puntos)

9.1 Impacto sobre participantes directos; atención a la diversidad e inclusión;
impacto sobre colectivos desfavorecidos por condición social, económica o cultural;
mejoras de las condiciones del entorno; reducción en la brecha de género; inclusión de
la población diana en las estructuras de gestión.
9.2 Organización de las actuaciones y, especialmente, en la dinamización de los
espacios.
Criterio 10. Se valorará presentar cartas de apoyo o adscripción al proyecto por
parte de entidades que intervengan o pertenezcan a la zona o espacio de intervención.

cve: BOE-A-2025-13998
Verificable en https://www.boe.es

Criterio 9. Se valorará el impacto previsto sobre las personas participantes y su
entorno, atendiendo a: