Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13712)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de la fiscalización horizontal de la imposición y el cobro de sanciones en entidades con funciones de regulación y supervisión de mercados, ejercicios 2017 y 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88934
ANEXO I-3/3
RÉGIMEN JURÍDICO BÁSICO DE LAS CUATRO ENTIDADES FISCALIZADAS
CNMV
La CNMV se creó por la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y se rige en la
actualidad por la Ley 6/2023, de 17 de marzo de los Mercados de Valores y de los Servicios de
Inversión y, hasta que se dicten las normas reglamentarias de desarrollo de esta ley, por las normas
vigentes sobre los mercados de valores y los servicios de inversión que no se opongan a lo
establecido en ella. En el ejercicio de sus funciones públicas se rige por aquellas disposiciones que
le sean de aplicación de la LPAC, la LRJSP y la LGP. Es una autoridad administrativa independiente,
con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, encargada de la supervisión
e inspección de los mercados de valores españoles y de la actividad de cuantos intervienen en los
mismos. Su objetivo es velar por la transparencia de los citados mercados y la correcta formación
de precios, así como la protección de los inversores. Ejerce la potestad sancionadora sobre la
actividad de cuantas personas físicas y jurídicas se relacionan en el tráfico de los mercados de
valores en los términos previstos en la normativa señalada anteriormente y está adscrito al MAETD.
Los órganos rectores de la CNMV son el Consejo, el Comité Ejecutivo, el Presidente y el
Vicepresidente. Corresponde al Consejo el ejercicio de todas las competencias que le asigna la Ley
6/2023, incluyendo la potestad sancionadora; y al Comité Ejecutivo la propuesta de incoación de
los expedientes sancionadores, cuya instrucción corresponde a la Dirección General del Servicio
Jurídico de la CNMV.
cve: BOE-A-2025-13712
Verificable en https://www.boe.es
Fuente: Elaboración propia
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88934
ANEXO I-3/3
RÉGIMEN JURÍDICO BÁSICO DE LAS CUATRO ENTIDADES FISCALIZADAS
CNMV
La CNMV se creó por la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y se rige en la
actualidad por la Ley 6/2023, de 17 de marzo de los Mercados de Valores y de los Servicios de
Inversión y, hasta que se dicten las normas reglamentarias de desarrollo de esta ley, por las normas
vigentes sobre los mercados de valores y los servicios de inversión que no se opongan a lo
establecido en ella. En el ejercicio de sus funciones públicas se rige por aquellas disposiciones que
le sean de aplicación de la LPAC, la LRJSP y la LGP. Es una autoridad administrativa independiente,
con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, encargada de la supervisión
e inspección de los mercados de valores españoles y de la actividad de cuantos intervienen en los
mismos. Su objetivo es velar por la transparencia de los citados mercados y la correcta formación
de precios, así como la protección de los inversores. Ejerce la potestad sancionadora sobre la
actividad de cuantas personas físicas y jurídicas se relacionan en el tráfico de los mercados de
valores en los términos previstos en la normativa señalada anteriormente y está adscrito al MAETD.
Los órganos rectores de la CNMV son el Consejo, el Comité Ejecutivo, el Presidente y el
Vicepresidente. Corresponde al Consejo el ejercicio de todas las competencias que le asigna la Ley
6/2023, incluyendo la potestad sancionadora; y al Comité Ejecutivo la propuesta de incoación de
los expedientes sancionadores, cuya instrucción corresponde a la Dirección General del Servicio
Jurídico de la CNMV.
cve: BOE-A-2025-13712
Verificable en https://www.boe.es
Fuente: Elaboración propia