Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13716)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Reactivación económica y social, Diputación Suma+, de la Diputación Provincial de Badajoz, ejercicios 2020 a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89227
III.1.4. Referidas a los recursos humanos y sistemas informáticos (Epígrafe II.2.5)
8) La DP no dispuso de manuales generales de procedimiento para la gestión de estas
ayudas, por lo que los trabajos fueron desempeñados a partir de los conocimientos y
experiencia previa del equipo encargado. No existía un procedimiento formal que indicase las
actuaciones a realizar, ni una posterior acreditación por escrito de las actuaciones
efectivamente realizadas, ni tampoco constaba por escrito el trabajo de supervisión realizado.
Este procedimiento pudo generar una falta de homogeneidad en las desarrolladas sobre las
solicitudes recibidas, así como deficiencias en las comprobaciones realizadas.
RECOMENDACIÓN N.º 03:
La DP debería dotarse de manuales de procedimiento para la definición y estandarización de
las actuaciones a realizar por su personal para el desarrollo de las tareas de diseño, gestión,
tramitación y control de los planes de ayudas y subvenciones que tiene asignadas.
9) La DP carecía de herramientas informáticas específicas para la gestión y control del
Plan, a pesar de que habitualmente tramitaba este tipo de ayudas.
Además, no dispuso de un sistema de recopilación de la información que permitiera su
tratamiento y explotación automatizada, ni la interconexión de las herramientas informáticas
empleadas. Se utilizó una hoja de cálculo para la gestión que resultaba insuficiente para
la realización de un adecuado seguimiento y control, y presentaba carencias en su
configuración, al no trasladar la totalidad de los datos y realizarse de forma manual, así como
incorporar denominaciones genéricas de las actuaciones, lo que, además de dificultar su
seguimiento y control, permitió que los beneficiarios dispusieran de un mayor margen de
maniobra en la ejecución de las actuaciones, al tener cabida una mayor discrecionalidad.
RECOMENDACIÓN N.º 04:
La DP debería dotarse de herramientas informáticas adecuadas y específicas para la gestión
y control de los planes de ayudas y subvenciones que tiene asignado.
III.1.5. Referidas a la comunicación de las actuaciones a realizar por los beneficiarios (Epígrafe
II.2.6)
La revisión de la DP de la documentación aportada por los beneficiarios de las actuaciones a
realizar fue insuficiente, habiendo aceptado como válida documentación que contenía
deficiencias.
III.1.6. Referidas a la modificación de las resoluciones de concesión (Epígrafe II.2.7)
11) La DP modificó de forma generalizada, a solicitud de los beneficiarios, las resoluciones de
concesión de los recursos, alterando las actuaciones inicialmente comunicadas por estos,
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
10) El modelo para la cumplimentación de la información prevista en las BBRR no recogía la
totalidad de la información exigible, lo que, además de un incumplimiento, impidió disponer
de información necesaria para un mejor control de las actuaciones y la realización de
evaluaciones del impacto de las políticas implementadas y cumplimiento de sus objetivos.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89227
III.1.4. Referidas a los recursos humanos y sistemas informáticos (Epígrafe II.2.5)
8) La DP no dispuso de manuales generales de procedimiento para la gestión de estas
ayudas, por lo que los trabajos fueron desempeñados a partir de los conocimientos y
experiencia previa del equipo encargado. No existía un procedimiento formal que indicase las
actuaciones a realizar, ni una posterior acreditación por escrito de las actuaciones
efectivamente realizadas, ni tampoco constaba por escrito el trabajo de supervisión realizado.
Este procedimiento pudo generar una falta de homogeneidad en las desarrolladas sobre las
solicitudes recibidas, así como deficiencias en las comprobaciones realizadas.
RECOMENDACIÓN N.º 03:
La DP debería dotarse de manuales de procedimiento para la definición y estandarización de
las actuaciones a realizar por su personal para el desarrollo de las tareas de diseño, gestión,
tramitación y control de los planes de ayudas y subvenciones que tiene asignadas.
9) La DP carecía de herramientas informáticas específicas para la gestión y control del
Plan, a pesar de que habitualmente tramitaba este tipo de ayudas.
Además, no dispuso de un sistema de recopilación de la información que permitiera su
tratamiento y explotación automatizada, ni la interconexión de las herramientas informáticas
empleadas. Se utilizó una hoja de cálculo para la gestión que resultaba insuficiente para
la realización de un adecuado seguimiento y control, y presentaba carencias en su
configuración, al no trasladar la totalidad de los datos y realizarse de forma manual, así como
incorporar denominaciones genéricas de las actuaciones, lo que, además de dificultar su
seguimiento y control, permitió que los beneficiarios dispusieran de un mayor margen de
maniobra en la ejecución de las actuaciones, al tener cabida una mayor discrecionalidad.
RECOMENDACIÓN N.º 04:
La DP debería dotarse de herramientas informáticas adecuadas y específicas para la gestión
y control de los planes de ayudas y subvenciones que tiene asignado.
III.1.5. Referidas a la comunicación de las actuaciones a realizar por los beneficiarios (Epígrafe
II.2.6)
La revisión de la DP de la documentación aportada por los beneficiarios de las actuaciones a
realizar fue insuficiente, habiendo aceptado como válida documentación que contenía
deficiencias.
III.1.6. Referidas a la modificación de las resoluciones de concesión (Epígrafe II.2.7)
11) La DP modificó de forma generalizada, a solicitud de los beneficiarios, las resoluciones de
concesión de los recursos, alterando las actuaciones inicialmente comunicadas por estos,
cve: BOE-A-2025-13716
Verificable en https://www.boe.es
10) El modelo para la cumplimentación de la información prevista en las BBRR no recogía la
totalidad de la información exigible, lo que, además de un incumplimiento, impidió disponer
de información necesaria para un mejor control de las actuaciones y la realización de
evaluaciones del impacto de las políticas implementadas y cumplimiento de sus objetivos.